Presentación

AutorJosé Ramón Polo Sabau
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Eclesiástico del Estado
Páginas21-22

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El libro que el lector tiene ahora en sus manos recopila y presenta de manera conjunta algunos de los trabajos que son el fruto de mi tarea investigadora en esta materia básicamente en los últimos dos años, de modo que, aun contando con la notable velocidad a la que actualmente tienen lugar los cambios normativos en nuestro Estado constitucional, se trata de una serie de estudios relativamente recientes y que, por tanto, salvo quizás en algún aspecto puntual, mantienen en lo esencial su vigencia en el momento presente. Todos los estudios que componen este volumen han aparecido ya publicados en distintas sedes editoriales, concretamente en diversas revistas científicas y uno de ellos en una obra colectiva dedicada al régimen de las libertades educativas, y de ello se da cuenta al comienzo de cada uno de los capítulos con las correspondientes referencias bibliográficas.

Por otra parte, el título mismo que encabeza esta obra compilatoria tal vez requiera de una breve aclaración: como es notorio, mi concepción del significado que debe otorgarse al contenido del art.16 de la Constitución es la de que esta norma reconoce un solo derecho fundamental, de carácter omnicomprensivo en la medida en la que comporta un régimen común de protección para la libre manifestación social de las convicciones, cualquiera que sea su particular naturaleza, política, filosófica, religiosa, etc. A este derecho nuestra ley fundamental lo llama libertad ideológica y religiosa, pero igualmente puede designarse recurriendo a otras diversas denominaciones como, de hecho, así lo hacen los textos internacionales suscritos por España en la materia y a los que, bien se sabe, resulta obligado acudir en la búsqueda del contenido constitucionalmente declarado de aquel precepto, merced a lo dispuesto en el canon hermenéutico del art.10.2 CE. Libertad de creencias; libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; libertad de religión o de convicciones, entre otras, son todas ellas fórmulas normativas con las que, en el ámbito de los tratados internacionales en la materia, se ha designado a esta libertad matriz o, si se prefiere, genética, que está en el origen del reco-

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nocimiento de otras tantas libertades públicas especializadas de contenido intelectual. E igualmente podrán hallarse sin dificultad, ya en el plano de la doctrina científica, diversas expresiones con las que, desde perspectivas metodológicas que a menudo difieren en algunos aspectos...

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