STSJ Cataluña 3458/2007, 11 de Mayo de 2007

PonenteFRANCISCO BOSCH SALAS
ECLIES:TSJCAT:2007:5276
Número de Recurso55/2007
Número de Resolución3458/2007
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 3458/2007

En el recurso de suplicación interpuesto por Gregorio frente a la Sentencia del Juzgado Social 28 Barcelona de fecha 19.09.2006 dictada en el procedimiento nº 301/2006 y siendo recurrido/a RESTAURACION BOFARULL SA y -F.G.S.- Fondo de Garantía Salarial. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. FRANCISCO BOSCH SALAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 2.05.2006 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido disciplinari, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 19.09.2006 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda interpuesta por Gregorio contra RESTAURACIÓN BOFARULL S.A., debo declarar y declaro procedente su despido producido con efectos de fecha de 30 de marzo de 2006, sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

Gregorio prestó sus servicios por cuenta y orden de la Empresa RESTAURACIONBOFARULL, S. A., con Antigüedad de 7 de Octubre de 1.975, con Categoría Profesional de CAMARERO y con un Salario, con inclusión de Prorrata de Pagas Extraordinarias, de 2.375,63 Euros mensuales, en el Restaurante "Los Caracoles", de la Calle Escudillers, de Barcelona.

SEGUNDO

La Empresa le entregó Carta de Despido, fechada en Barcelona, a día 30 / 3 / 06, en esa misma fecha del encabezamiento y de efectos, firmada por el Director del Local Pedro Enrique .

TERCERO

El actor se encuentra en situación de Incapacidad Temporal desde el día 12 de Marzo de

2.006, expedida por el Médico de familia y Comunitaria del Centro de Asistencia Primaria de Drassanes (Barcelona).

CUARTO

Justo. anteriormente a la Carta de Despido, la Empresa le había remitido Carta del tenor literal siguiente:

Barcelona 16 de Marzo de 2006

Desde el domingo día 12 de marzo de 2006 usted no ha venido a trabajar y no se ha puesto en contacto con la Dirección de la Empresa para justificar estas 5 ausencias. La Dirección de la Empresa ha llamado en varias ocasiones al teléfono que usted le facilitó pero nunca contesta nadie y ante la imposibilidad de poder contactar con usted mediante ningún otro medio, le rogamos que en un plazo de 24 horas se ponga en contacto con nosotros, si no la Dirección de la Empresa se verá obligada a cursar su baja voluntaria por abandono del puesto de trabajo, por entender que no tiene interés en prolongar su contrato de trabajo con esta empresa.

QUINTO

Por reposición de la rotura del vidrio aludido en la Carta de Despido, la Empresa abonó una factura de 60,10 Euros.

SEXTO

El actor no ostenta, ni ha ostentado, cargo alguno de representación.

SÉPTIMO

El día 5 de Mayo de 2.002, la Dirección de la Empresa había notificado al actor Carta de su fecha del tenor literal siguiente:

La Dirección de la Empresa, comunica al Productor En. Gregorio , que de un tiempo a esta parte se le ha venido observando un arriamiento de carácter el cual ha ido en aumento últimamente llegando a enfriar totalmente la cordial relación con el resto de sus compañeros, lo cual perjudica seriamente la normal convivencia y desarrollo dentro del ámbito de trabajo.

Ultimamente se ha llegado al extremo que ha mantenido diferentes discusiones con sus propios compañeros llegando a retirarse el norma diálogo para la efectiva actividad de! trabajo, lo que ha motivado que en el último altercado que un compañero de trabajo tuviese que recriminarle la forma excitada y autoritaria de dirigirle la palabra, a lo que respondió golpeándole bruscamente en plena jornada laboral, hecho ocurrido la noche del jueves día 2 de los corrientes, yio que evidentemente es una falta muy grave.

La Dirección de la Empresa, en diversas ocasiones ha mantenido con Ud. diferentes conversaciones con el fin de que procurase suavizar su carácter procurando mantener un cordial trato con el resto de sus compañeros, pero dado que no ha ocurrido así, sino que por el contrario se ha llegado a la agresión, es por lo que la Dirección de esta Empresa ha decidido sancionarle con la suspensión de empleo y sueldo de 30 días, que empezará a cumplir desde el día 8 de los corrientes hasta el día 6 del próximo mes de Junio, con el deseo y la espera de que durante este tiempo recapacite en el ámbito de trabajo, una de las cosas esenciales es la confraternidad y compañerismo con el resto del personal para la buena marcha del trabajo.

OCTAVO

El actor no recurrió esa Sanción de 30 días (según reconoció en el Acto de Juicio) y la cumplió en sus fechas impuestas.

NOVENO

De los Hechos de la Carta de Despido, resultan .acreditados los siguientes:

Día 10 / 3 / 06: Dicho día, en el turno de noche del Restaurante "Los Caracoles", unos clientes tuvieron una discusión con el actor, a propósito de su mesa y de una ventana abierta. Se levantaron y, cuando estaban a punto de irse del Restaurante, fueron encontrados por el Director del local: Pedro Enrique

, quien les pidió excusas y los sentó en otro salón, no atendido por el actor, sino por otros compañeros suyos.El segundo Encargado: Luis Miguel , cuando tuvo conocimiento de este incidente, pidió explicaciones al actor, le rogó que no se repitieran hechos así, fue a cerrar la ventana y el actor le llamó "inútil" e "hijo de puta.".

Día 11 / 3 / 06: Durante el turno de noche del Restaurante "Los Caracoles", el actor se quitó la pajarita, se desabrochó dos botones de la camisa, lo que vieron el Sr. Luis Miguel y el Jefe de Cocina: Leonardo , el Sr. Pedro Enrique le pidió por favor que se vistiera adecuadamente y el actor se adecentó finalmente, tras un espacio de tiempo no concretado.

A las 12 de la noche, el camarero Alfredo dijo al Sr. Luis Miguel , y éste dijo al actor, que su turno estaba totalmente por recoger. El Señor Luis Miguel dijo al actor que fuera a recogerlo. El actor fue al cabo de un rato y amenazó al...

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