SAP Badajoz 189/2003, 30 de Julio de 2003

PonenteMIGUEL ANGEL NARVAEZ BERMEJO
ECLIES:APBA:2003:1118
Número de Recurso5/2003
Número de Resolución189/2003
Fecha de Resolución30 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

SENTENCIA nº 189/2003

Iltmos/as. Sres/as.

P residente :

DOÑA MARINA MUÑOZ ACERO

M agistrados :

DON MIGUEL ÁNGEL NARVÁEZ BERMEJO (Ponente)

DON JESÚS MARÍA GÓMEZ FLORES

Rollo Penal nº 5/03

Procedimiento origen: P.A. nº 11/02

Ó3rgano procedencia: Juzgado de Instrucción nº 1 de Villanueva de la Serena

En la Ciudad de Mérida, a treinta de julio de dos mil tres.

En nombre de S.M. EL REY y en virtud de la autoridad que nos es conferida por la Constitución aprobada por el pueblo español, esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz, con sede en Mérida, ha visto en juicio oral y público, el Rollo nº 5/03, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 11/02 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Villanueva de la Serena , sobre un delito contra la salud pública, contra:

· Tomás , mayor de edad, nacido en Don Benito(Badajoz), el día 14/01/75, hijo de Francisco y de Isabel, vecino de Navalvillar de Pela, con domicilio en c/ DIRECCION000 nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM001 con antecedentes penales no computables en esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Esteban Piquero y defendido por el letrado Sr. García García;

· Penélope , mayor de edad, nacida el día 01/02/70, vecina de de Navalvillar de Pela (Badajoz), con domicilio en c/ ALAMEDA000 ,nº NUM002 , con D.N.I nº : NUM003 , con antecedentes penales nocomputables en esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Cardona Olivares y

defendido por el letrado Sr. Moreno Nieto.

· Jose Ignacio , nacido el día 28/01/64, vecino de Navalvillar de Pela (Badajoz) con domicilio en c/ DIRECCION001 , nº NUM004 , con D.N.I nº NUM005 , sin antecedentes penales, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Mena Velasco y defendido por el letrado Sr. Custodio Sánchez.

· Constantino , nacido el día 05/05/53, , vecino de Navalvillar de Pela (Badajoz) con domicilio en Club DIRECCION002 , sito en km. NUM006 de la N-430, con D.N.I nº NUM007 , sin antecedentes penales, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Esteban Piquero y defendido por el letrado Sr. Garay Boch.

· Jose Miguel , nacido el día 07/05/59, vecino de La Haba (Badajoz)con domicilio en c/ DIRECCION003 nº NUM008 , con D.N.I nº NUM009 , sin antecedentes penales, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Fuentes del Puerto y defendido por el letrado Sr. Mansilla.

· Lucas , nacido el día 22/01/76, vecino de Navalvillar de Pela (Badajoz)con domicilio en Avd. DIRECCION004 nº NUM010 , con D.N.I nº NUM011 , sin antecedentes penales, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Pérez Sánchez Moreno y defendido por el letrado Sr. De Torres Cabanillas.

· Adolfo , nacido el día 07/05/79 , vecino de Navalvillar de Pela (Badajoz)con domicilio en C/ DIRECCION005 ,nº NUM012 , con D.N.I nº NUM013 , sin antecedentes penales, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Corchero García y defendido por el letrado Sr.Arroyo Fernández.

· Plácido , nacido el día 06/06/75,hijo vecino de Cañamero (Cáceres)con domicilio en C/ DIRECCION006 nº NUM014 , con D.N.I nº NUM015 , representado por el Procurador de los Tribunales Sr. García Gordillo y defendido por el letrado Sr. Torres Pineda.

· David , nacido el día 30/05/61,hijo de vecino de Orellana la Vieja (Badajoz)con domicilio en C/ DIRECCION007 nº NUM016 - NUM002 , con D.N.I nº NUM017 , representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Bazaga y defendido por el letrado Sr. Gallardo Masa .

· Carlos Miguel , nacido el día 04/11/70, vecino de Navalvillar de Pela (Badajoz)con domicilio en C/ HOSPITAL000 nº NUM000 , con D.N.I nº NUM018 , representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Viera Ariza y defendido por el letrado Sr. Romero Porro.

Habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, y siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON MIGUEL ÁNGEL NARVÁEZ BERMEJO, que expresa el parecer unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

En la sesión de fecha 30 de Junio de 2003 el Ministerio Fiscal llega a un acuerdo con las defensas de Tomás , Penélope y Constantino , Jose Miguel y Lucas , en los que concurre la circunstancia de atenuante de drogadicción del apartado 2º del art. 21 del Codigo Penal ; interesando se le imponga a Tomás , la pena de 4 años de prisión y multa de 30.000 euros; a Penélope , la pena de prisión de 3 años y multa de 6.000 euros;a Constantino , pena de 3 años de prisión y multa de 6.000 euros; a Jose Miguel , pena de 2 años de prisión y multa de 12.000 euros y a Lucas , pena de 3 años de prisión , manteniéndose inalterables los demás pronunciamientos.

Y en la sesión de fecha 14 de julio de 2003, el Ministerio Fiscal solicitó la modificación de las conclusiones provisionales en el sentido de solicitar para Jose Ignacio la pena de tres años de prisión y la multa que se solicitó en su escrito de conclusiones provisionales.

Respecto a David rebajar la pena a un año y seis meses de prisión, la misma multa.

Respecto a Carlos Miguel interesa una pena de dos años de prisión con la misma multa.

Finalmente respecto a Plácido interesó la retirada de la acusación toda vez que cuando se incautaron las siete pastillas de éxtasis y cuando existen sospechas que traficaba con sustancias estupefacientes con Tomás , esas conjeturas no han alcanzado los caracteres de delito.

SEGUNDO

Las defensas de los encausados, en trámite de calificación elevaron a definitivas susconclusiones. Y la letrada Sra. Torres Pineda se adhirió a la petición del Ministerio Fiscal respecto a la petición de retirada de la acusación contra Plácido .

H E C H O S P R O BA D O S

PRIMERO

Durante los meses de diciembre de 2000 a febrero de 2001 el acusado Tomás , alias " Pelos ", nacido el 14-1-75, con antecedentes penales no computables en esta causa, venía dedicándose en la localidad de Navalvillar de Pela y otras cercanas, a la venta y distribución a cambio de dinero de cocaína, éxtasis y otras drogas entre terceras personas. Para el desarrollo de dicha actividad se servía de la colaboración de otras personas como de la acusada Penélope , nacida el 1-4-77, con antecedentes penales no computables en la presente causa, quien se dedicaba a guardar la droga y a la adquisición de determinadas sustancias con las que "cortar" la cocaína, mezclándola con ellas. Igualmente le prestaba apoyo en el tráfico de la droga el acusado, Jose Ignacio , alias " Rata ", nacido el 21-8-64, sin antecedentes penales y taxista de profesión, quien se dedicaba al transporte de la droga adquirida por Tomás y, en otras ocasiones se la llevaba a los clientes de éste, empleando el taxi de su propiedad, al mismo tiempo que se encargaba de recoger las cantidades que dichos consumidores pagaban por la compra de la droga para entregárselas a Tomás .

En dicho comercio de la droga Tomás también se servia de otras personas que se encargaban de su venta a terceros, quienes contactaban directamente con dichos vendedores o a través de Tomás quien les facilitaba el encuentro para la venta. Estos vendedores eran los siguientes: Constantino , Jose Miguel , Lucas , alias " Chato ", Adolfo , alias " Cabezón "; todos ellos mayores de edad y sin antecedentes penales.

SEGUNDO

Como prueba de dicho tráfico de sustancias estupefacientes son las siguientes aprehensiones realizadas por la Policía Judicial:

  1. Sobre las 12,30 horas del día 23-2-2001, Constantino se hallaba en posesión con la finalidad de entregarla a terceras personas de diversos envoltorios que contenían un total de 48,3 gramos de cocaína con los siguientes índices de riqueza:

    - un primer trozo envuelto en un plástico, con un peso de 10,62 gramos, con una riqueza en cocaína base del 65,94%.

    - un envoltorio de plástico blanco termosellado conteniendo 31,13 gramos, con una riqueza en cocaína base del 38,00%.

    - catorce envoltorios de plástico conteniendo un total de 6,55 gramos, con una riqueza en cocaína base del 47,11%.

    Estas sustancias le habían sido previamente entregadas a Constantino por Tomás para su distribución a terceros, y fueron incautadas en el registro efectuado en el domicilio del primero, sito en el club " DIRECCION002 ", km. NUM006 de la carretera N-430, término municipal de Navalvillar de Pela. En este mismo registro se incautaron también una balanza de precisión digital, marca "Tanita", un frasco conteniendo arroz y tiza, una etiqueta de Ciclofalina 800, un teléfono móvil y 13.000 ptas. de dinero en metálico, objetos todos ellos vinculados a la actividad de tráfico de estupefacientes. El valor de mercado de la sustancia incautada asciende a 3.907,99 euros.

  2. Sobre las 15,50 horas del día 23-2-2001, Jose Miguel se hallaba en posesión, con la finalidad de entregarla a terceras personas, de diversos envoltorios conteniendo un total de 75,55 gramos de cocaína, que debidamente analizados arrojaron los siguientes índices de riqueza:

    - un primer envoltorio de plástico conteniendo 26,91 gramos, con una riqueza en cocaína base del 33,70%.

    - una papelina conteniendo 0,37 gramos, con una riqueza en cocaína base del 25,92 %

    - una bolsa de plástico conteniendo 48,27 gramos, con una riqueza en cocaína base del 38,44%.

    Estas sustancias le habían sido previamente entregadas a Jose Miguel por Tomás para su distribución a terceros, y las contenidas en los dos primeros envoltorios fueron incautadas en el registro efectuado en el domicilio del primero, sito en el número NUM008 de la DIRECCION003 de la localidad de La Haba, ocupándose también en ese mismo registro una bolsa de arroz y una caja de pastillas Gluco Sport,objetos todos ellos vinculados al tráfico de estupefacientes. La tercera bolsa fue entregada por Jose Miguel tres días después de efectuado el registro y una vez en las dependencias de la Guardia Civil, colaborando de esta manera activamente a la reparación o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR