STSJ Murcia 316/2008, 5 de Mayo de 2008

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2008:588
Número de Recurso193/2008
Número de Resolución316/2008
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Iván, contra la sentencia número 415 del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 18 de octubre de 2007, dictada en proceso número 356/2007, sobre contrato de trabajo, y entablado por don Iván frente a Estructuras Merino SL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. - El actor don Iván, nacido el 27/3/1950, con DNI n° NUM000, ha venido prestando sus servicios desde el 2/12/2005 por cuenta y bajo la dependencia de la empresa "Murcia Cálida del Levante, S.L.", dedicada ala actividad de la construcción, con la categoría profesional de Encargado de Obra, al amparo de un contrato de trabajo para obra o servicio determinado, cuyo objeto lo constituía la obra de doce viviendas en la CALLE000, edificio DIRECCION000, La Alberca (Murcia). SEGUNDO. - En el Juzgado de lo Social núm. 3 de Murcia se han seguido los autos núm. 645/2006 promovidos por el hoy demandante contra "Murcia Cálida del Levante,S.L." y "Promotora Merino", en virtud de demanda en la que se reclamaba 8.787 euros más el interés moratorio del 10 por 100, en concepto de salarios de marzo (2.800 euros), abril (2.800 euros) y 24 días de mayo (2.240 euros) del año 2.006, así como vacaciones no disfrutadas (947 euros). El día señalado para la celebración del juicio, 14/5/2007, el actor y la empresa "Murcia Cálida del Levante, S.L." suscribieron el siguiente acuerdo adoptado en conciliación judicial: "La actora previamente desiste de la demanda formulada frente a la empresa Promotora Merino. La empresa reconoce adeudar la cantidad de 8.787 euros de la demanda sin que reconozca la deuda del interés del 10%, y ofrece al actor su abono el próximo diecisiete de mayo en metálico en el despacho profesional del Letrado Sr Espinosa Jaén, asumiendo don Luis Miguel la responsabilidad personal y solidaria del cumplimiento de este acuerdo. El actor acepta el ofrecimiento y una vez reciba la cantidad expresada se dará por satisfecho con respecto a esta reclamación. TERCERO.- Iniciada ejecución de la anterior conciliación, el 29/6/2007 el mencionado Juzgado dictó auto declarando la insolvencia de "Murcia Cálida del Levante, SL". CUARTO.- El 12/7/2006 se celebró ante el SMAC acto de conciliación, con el resultado de intentado sin efecto"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que rechazando la excepción de cosa juzgada y desestimando asimismo la demanda formulada por don Iván contra Estructuras Merino, S.L., debo absolver y absuelvo a la referida demandada de la pretensión deducida en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el letrado don Enrique Espinosa Jaén, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor, don Iván, presentó demanda, solicitando que: "admita este escrito con sus copias y tenga por interpuesta en tiempo y forma demanda en reclamación de salarios contra la empresa Promotora Merino (Promoción y Construcción) y tras los trámites legales procedentes mande citar a las partes para la celebración de los actos de conciliación y...

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