STSJ Galicia 2328/2008, 20 de Junio de 2008

PonenteMARIA ANTONIA REY EIBE
ECLIES:TSJGAL:2008:2500
Número de Recurso1971/2008
Número de Resolución2328/2008
Fecha de Resolución20 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0001971 /2008 interpuesto por BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. contra

la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de A CORUÑA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. MARIA ANTONIA REY EIBE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Juan Enrique en reclamación de DESPIDO DISCIPLINARIO siendo demandado BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000915 /2005 sentencia con fecha quince de Febrero de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: " PRIMERO: El actor viene prestando sus servicios para la demandada desde el 24/11/1975, ostentando la categoría profesional de Técnico, y percibiendo un salario mensual con prorrateo de pagas extras de 6.142 euros. SEGUNDO: Por el departamento de Auditoría del BBVA, se emitió informe tras visita girada en fecha 26/05/05 a la oficina de O Burgo, donde prestaba servicios el demandante y en el que se hacen constar como conclusiones las siguientes: " .... De acuerdo con los análisis realizados y comentados en el presente informe, se ha producido una actuación irregular desarrollada por el director de la Oficina, Sr. Juan Enrique, basada en la financiación encubierta de forma continuada, al Grupo Coslaco. Para ello ha formalizado distintas operaciones de activo, sin efectuar propuestas al Departamento de Riesgos de la DirecciónTerritorial y haciendo caso omiso de las restricciones impuestas por esta Unidad desde el 26.8.04. A título de ejemplo, decir que el riesgo en curso a favor del Grupo Coslaco, al 4-5- 05, aprobado por el Sr. Juan Enrique ascendía a un total de 1.918.654 €(tenia pignorados recursos de Sahama Patrimonial, S.L. por 629.926 €). Asimismo, ha utilizado a un colectivo de 18 titulares presentados por uno de los clientes implicados (Arturo) para incrementar y ocultar la financiación al citado Grupo Coslaco. Dentro de las operaciones de activo asumidas destacan los descuentos de papel de colusión (mediante la puesta en circulación, renovación o aplazamiento reiterado del vencimiento de los giros) y concesión de Cuentas de Crédito, que en todos los casos sus limites eran del orden de 100 M €, cifra máxima delegada al Director en materia de riesgos. Dado el entramado de empresas y elevado número de titulares utilizados para la financiación irregular entendemos que el Director ha sido un colaborador imprescindible para llevar a cabo esta operación anómala, consintiendo todas las operaciones puestas en vigor y que se comentan en los Anexos adjuntos. Todo ello sin que en ningún momento, y a pesar de las restricciones establecidas con el citado Grupo, haya hecho planteamiento alguno a la Dirección Territorial, ni a su Dirección de Zona. Por parte de la Dirección Territorial, con fecha 4.5.05, se recogió de Gestión y Servicios de Promociones de viviendas y Terrenos San Sebastián 2000, S.L. un documento de reconocimiento de deuda de todos los titulares implicados por un total de 3.215,4 M e (se incluyen pagarés por 152.500 e descontados fuera de la Oficina que, al menos, alguno de ellos estaba avalado por el Sr. Juan Enrique). Asimismo, el 5.5.05 se formalizó un Préstamo Hipotecario a nombre de la firma citada anteriormente (titular del inmueble) por un principal de 3.300 M y que la Dirección Territorial se vio obligada a aprobar, para absorber toda la deuda financiada irregularmente. No obstante, cabe señalar que se trata de una segunda hipoteca, figurando en primer lugar la carga del Préstamo de Bancaza por 3.306 M €. Las cifras comprometidas y detalladas en los Grupos comentados ascienden a 3,12 MM €. El quebranto final derivado de esta operativa dependerá básicamente de la cifra por la que se pueda vender el inmueble (BANCAZA utilizó una tasación del 11-11-04, en la que TINSA le asignó un valor de 5.702.000 €e y para la concesión de nuestro préstamo -segunda hipoteca- el cliente aportó una tasación del 13-10-04 realizada por EUROTASA, firma no homologada por BBVA, quien le atribuyó un valor de 7.217.000 €). No obstante, se ha de reseñar que en la deuda reconocida no están incluidos el Préstamo al Consumo a nombre de Braulio, de 18.501 € y al menos dos efectos girados por Sortalde Maquinaria a cargo de Galiasistencia, S.L. por un global de 72.626,48 €. En las entrevistas mantenidas, el Director D. Juan Enrique asume la operativa irregular descrita y manifiesta que lo único que esperaba sacar era incrementar el negocio, ya que el beneficio esperado por Benito (representante del Grupo de empresas de Coslaco), que estimaba en 1,5 MM €, se iba a destinar a formalizar un Depósito en la Oficina.

En dicho informe de auditoria se hace constar, antes de las conclusiones que:

A continuación se refleja el entramado de clientes, que supuestamente fueron presentados por Arturo, utilizados para la financiación encubierta de los riesgos del Grupo COSLACO, así como sus posiciones al

4.5.2005, que han sido reconocidas por el citado grupo. Estas ascienden a 1.554 M e según el detalle siguiente:

TITULAR MODALIDAD RIESGOEN€

Oscar Cartera 99.780

Rodolfo. Cartera 90.000

Descubierto cta. cte. 2.782

Const. y Obras J. Antonio S.L. Cartera 99.822

Edreira Keller, S.L. Cartera 90.000

Descubierto cta. cte. 782

Millán Cartera 74.431

Cuenta de crédito 17.102

Descubierto en cta. cte. 145

Gallega de Rehab. Y Ctnes.S.L. Cuenta de crédito 99.997Automóviles Luck, S.L. (*) Cartera 21.000

Ctnes Melena Trigo, S.L. (*) Cartera 87.000

Grupo Hno. Formigo, S.L. - Jon Cartera 100.902

Arturo Cartera 90.000

Descubierto cta.cte. 200

Alvaro Cartera 91.980

Descubierto cta. cte. 500

Eduardo Cartera 102.000

Pinturas y distrib .. Proinde, S.L. Cartera 100.000

Descubierto cta. cte. 162

Revestimientos Santa Cruz, S.L. Cuenta de crédito 90.396

Fidel Cartera 100.000

Braulio Cartera 75.840

Préstamo consumo 18.501

Marí Juana Cartera 101.090

TOTAL 1.554.412

(*)Grupo con otras posiciones que, en principio, obedecen a sus propios negocios.

TERCERO

En fecha 22 de julio de 2005 el banco demandado, en carta dirigida al actor se remite al informe de mayo de 2005, de auditoria anteriormente referido, y le comunica que: " .... En consecuencia, el Banco ha decidido sancionarle con Pérdida temporal de Nivel, reclasificándole como Técnico-Nivel VI durante un periodo de seis meses, con su correspondiente repercusión económica, por considerarle autor de faltas muy graves de infracción de las Normas de la Empresa, de acuerdo con lo establecido en los artículos 53 y 54 del actual Convenio Colectivo de Banca y 58 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.No se le oculta que su actuación pudo ser merecedora de adoptar una medida más severa, habiéndose atenuado la decisión en la confianza de que en el futuro pondrá el máximo cuidado en el cumplimiento de la normativa- vigente, evitando hechos como el que nos ocupa. CUARTO: Y en informe del mismo departamento de auditoría de fecha 23/09/2005 se dice: ".... De acuerdo con los análisis realizados, operativa de diversas cuentas revisadas y documentos contenidos en los expedientes, se ha puesto de manifiesto diversas actuaciones irregulares, adicionales a las comentadas en el Informe Especial del 26.05.2005, realizadas por el Director Sr. Juan Enrique. Estas se centran en los puntos siguientes: Concesión de extratipos a favor de Jose Pedro. Aprobación de préstamos cuya finalidad, por el destino de los fondos y operativa de sus cuentas, ha sido favorecedor a clientes distintos de los titulares de la financiación. Manipulación de la cuenta de NUCAMI, S.L. para evitar la entrada en Mora de las posiciones de Verónica, titular con el que no existe relación alguna. Aportación de fondos del propio Director Don. Juan Enrique tanto para el pago de extratipos a favor de Jose Pedro, como para recoger cuotas incumplidas de préstamos y/o regularizar descubiertos de Verónica. Asunción de riesgos sin ajustarse a los criterios básicos establecidos por el Banco para decidir sobre operaciones de activo y admisión de papel de colusión en el caso de ML SERVICIOS EUROPEOS DE INTERMEDIACIÓN, S.L. Las cifras comprometidas con estas actuaciones ascienden a 179.341 €, de los que 159.248 € probablemente supondrán quebranto para el Banco, según el detalle siguiente:

TITULAR CONCEPTO IMPORTE BENEFICIARIOJose Pedro Extratipos 1.117 Juan Luis (*) P. Consumo 20.093 Redes de

Telecomunicaciones

de Galicia, S.L.

Verónica P. Consumo 16.605 Automóviles Luck

Jorge Prestamo 22.387 Automóviles Luck

ML Servicios Europeos de C. de Credito 19.698 El mismo

Intermediación C. de Credito 59.765 COSLACO, posiblemente

Papel Colusión 39.676 COSLACO, posiblemente

TOTAL 179.341

(*) Las cuotas, aunque con retraso, hasta la fecha se están atendiendo con ingresos del Sr. Juan Luis.

Dada la casuística de las operaciones realizadas, en su mayoría mediante transacciones de Caja, y la nula colaboración del Director Don. Juan Enrique para esclarecer los hechos, no se descartan que en el futuro puedan surgir nuevas situaciones conflictivas. QUINTO: Como consecuencia de la sanción de Pérdida temporal de Nivel, reclasificándole como Técnico-Nivel VI durante un periodo de seis meses, con su correspondiente repercusión económica, impuesta en fecha 22/07/2005, no volvió a prestar servicios en la oficina de O Burgo. En el mes de octubre se le remite pliego de cargos, y por medio de carta de fecha 03/11/2005, se notificó al demandante la decisión empresarial de poner fin a la relación laboral, habida con el demandante, por medio de despido disciplinario. Dicha carta obra en autos y se da aquí por reproducida. SEXTO: Las posiciones deudoras del GRUPO COSLACO, al 04/05/05, desglosadas...

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