STSJ Cataluña 4027/2008, 16 de Mayo de 2008

PonenteEMILIO DE COSSIO BLANCO
ECLIES:TSJCAT:2008:5235
Número de Recurso1419/2007
Número de Resolución4027/2008
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 4027/2008

En el recurso de suplicación interpuesto por Cesar y otros frente a la Sentencia del Juzgado Social 26 Barcelona de fecha 1 de diciembre de 2006 dictada en el procedimiento Demandas nº 417/2006 y siendo recurridos Fiscalia de lo Social, Fundació Hospital L'Esperit Sant y -I.C.S.- Institut Català de la Salut. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. EMILIO DE COSSIO BLANCO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 1 de diciembre de 2006 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por el sindicato ASSOCIACIÓ PROFESIONAL DE FACULTATIUS DE L'HOSPITAL DE L' ESPIRIT SANT, en nombre y representación de D. Cesar, D. Francisco, D. Guillermo, D. Inocencio, Dª Verónica, D. Leonardo y D. Matías contra la FUNDACIÓ HOSPITAL L'ESPERIT SANT (FHES), y l'INSTITUT CATALÀ DE LA SALUT (ICS), sobre reconocimiento de derecho, DEBO ABSOLVER y ABSUELVO a las entidades demandadas de las pretensiones contra ellas ejercitadas."SEGUNDO.- En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante, D. Cesar, mayor de edad, con DNI nº NUM000, presta servicios por cuenta de la FHES, con una antigüedad de 8 de febrero de 1983, categoría profesional de médico especialista consultor, y salario mensual bruto de 4017,76 euros mensuales, con prorrata de pagas extras.

El demandante, D. Francisco, mayor de edad, con DNI nº NUM001, presta servicios por cuenta de la FHES, con una antigüedad de 10 de enero de 1983, categoría profesional de médico especialista senior, y salario mensual bruto de 3755 euros mensuales, con prorrata de pagas extras.

El demandante, D. Guillermo, mayor de edad, con DNI nº NUM002, presta servicios por cuenta de la FHES, con una antigüedad de 12 de noviembre de 1984, categoría profesional de médico especialista senior, y salario mensual bruto de 5265,79 euros mensuales, con prorrata de pagas extras.

El demandante, D. Inocencio, mayor de edad, con DNI nº NUM003, presta servicios por cuenta de la FHES, con una antigüedad de 15 de abril de 1978, categoría profesional de Cap Clínic consultor-C, y salario mensual bruto de 5768,32 euros mensuales, con prorrata de pagas extras.

La demandante, Dª. Verónica, mayor de edad, con DNI nº NUM004, presta servicios por cuenta de la FHES, con una antigüedad de 8 de julio de 1982, categoría profesional de médico especialista consultor, y salario mensual bruto de 5535,50 euros mensuales, con prorrata de pagas extras.

El demandante, D. Leonardo, mayor de edad, con DNI nº NUM005, presta servicios por cuenta de la FHES, con una antigüedad de 22 de julio de 1980, categoría profesional de médico especialista senior, y salario mensual bruto de 5320,36 euros mensuales, con prorrata de pagas extras.

El demandante, D. Matías, mayor de edad, con DNI nº NUM006, presta servicios por cuenta de la FHES, con una antigüedad de 10 de julio de 1979, categoría profesional de médico especialista consultor, y salario mensual bruto de 4737,46 euros mensuales, con prorrata de pagas extras.

SEGUNDO

Todos los demandantes pertenecen a la especialidad de cirugía general.

TERCERO

La FHES es una fundación privada sometida a la legislación catalana, que tiene como finalidad la prestación de servicios de asistencia sanitaria y social, docencia e investigación, con orientación cristiana, cuyo domicilio radica en la localidad de Santa Coloma de Gramenet.

Su patronato está formado por 12 miembros (2 designados por el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet; 2 por el Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya; 4 por el Arzobispado de Barcelona; y 4 representativos de la sociedad civil).

CUARTO

La FHES forma parte de la XHUP. La XHUP (Xarxa Hospitalària d'Utilització Pública) integra los centros y establecimientos hospitalarios integrados en el Servei Català de la Salut, y aquellos otros centros que satisfacen regularmente necesidades del sistema sanitario público de Catalunya mediante los convenios pertinentes.

El Servei Català de la Salut es el ente público, dependiente de la Generalitat de Catalunya, encargado de la prestación pública de sanidad.

El Servei Català de la Salut forma parte del Sistema Nacional de Salud.

El Servei Català de la Salut se ordena territorialmente en Regions Sanitaries, de la que forman parte varios Sectors Sanitaris, que a su vez están integrados por Àrees Bàsiques de Salut (ABS).

L'Institut Català de la Salut (ICS) tiene la consideración de entidad gestora de la Seguridad Social en Catalunya, teniendo por objeto la ejecución de las competencias asumidas por la Generalitat de Catalunya en materia de sanidad.

QUINTO

En el balance de la FHES correspondiente al año 2005 la partida del inmovilizado asciende a 32.787.557,21 euros.

En el mes de septiembre de 2006 el número de trabajadores de la FHES era de 644.

SEXTO

En octubre de 1996 se aprobó el Pla Director de Reordenació de l'Atenció Especialitzada del Sector Sanitari Barcelonès Nord (documento nº 1 del ramo de prueba de la FHES).

Con arreglo al mismo, la localidad de Santa Coloma de Gramenet, en la que existen 6 ABS, está integrada en el Sector Sanitari Barcelonès Nord, que a su vez forma parte de la Regió Sanitària Barcelonès Nord i Maresme.

La FHES es el centro hospitalario de referencia de la XHUP para las ABS (Àrea Bàsica de Salut) denominadas Santa Coloma de Gramenet 1, 2, 3, 4, 5, y 6, y Sant Adrià 2 (La Mina).

SÉPTIMO

Por resolución de fecha 16 de septiembre de 1997, del Departament de Sanitat i Seguretat Social de la Generalitat de Catalunya, se acordó la adscripción a la FHES de la atención correspondiente a varias especialidades médicas, entre ellas cirugía, en el ámbito territorial del Sector Sanitari Barcelonès Nord, correspondiente a las ABS denominadas Santa Coloma de Gramenet 1, 2, 3, 4, 5, y 6, y Sant Adrià 2 (documento nº 2 del ramo de prueba de la FHES).

OCTAVO

El 10 de marzo de 2006 el Servei Català de la Salut comunicó a la FHES la ejecución de la anterior resolución respecto a la especialidad de cirugía.

Asimismo, se comunicó expresamente que la secuencia de integración comportaba que la FHES asumiera toda la responsabilidad en relación a la especialidad de cirugía; y que el modelo se fundamentaría en la descentralización, el soporte a los equipos de atención primaria y la mejora de la accesibilidad de los ciudadanos, siendo los CAP el ámbito habitual de atención y coordinación (documento nº 3 del ramo de prueba de la FHES).

NOVENO

El día 7 de abril de 2006, la FHES comunicó a los actores, mediante sendos escritos que se dan aquí por íntegramente reproducidos (documentos nº 4 a 10 del ramo de prueba de la FHES) que a partir del día 8 de mayo de 2006 pasarían a prestar servicios asistenciales, de acuerdo con lo que establezca el Cap de Servei de la FHES, en el CAP Major de santa Coloma de Gramenet.

DÉCIMO

El Servei Català de la Salut y la FHES han suscrito periódicamente convenios para el pago de la atención sanitaria dispensada por la FHES a los usuarios del Sistema Nacional de Salud (documentos nº 57 a 67 del ramo de prueba...

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