SAP Zaragoza 517/2005, 19 de Octubre de 2005

PonenteJULIAN CARLOS ARQUE BESCOS
ECLIES:APZ:2005:2523
Número de Recurso346/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución517/2005
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO 517/05

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos. Señores:

Presidente:

D. JULIÁN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

Magistrados:

D. FRANCISCO ACÍN GARÓS

Dª. MARÍA ELIA MATA ALBERT

En ZARAGOZA, a diecinueve de Octubre de dos mil cinco.

VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 52/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de ZARAGOZA , a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 346/2005, en los que aparece como parte apelante "LIBRERÍA CENTRAL, S.A." representada por la procuradora Dª. BEGOÑA URIARTE GONZÁLEZ, y asistido por el Letrado D. FRANCISCO-JAVIER HERNÁNDEZ GARCÍA, y como apelado "LIBRERÍA GENERAL, S.A." representada por la procuradora Dª. MARÍA- JOSÉ ÁLVAREZ DE TOLEDO MARINA, y asistida por el Letrado D. FERNANDO ÁLVAREZ DE TOLEDO MARINA; en cuyos autos en fecha 7 de Mayo de 2005 recayó Sentencia que desestimó la demanda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Dª. BEGOÑA URIARTE GONZALEZ, en representación de LIBRERÍA CENTRAL S.A.,, debo declarar y declaro no haber lugar a la misma y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones de la demanda contra ella entablada, con imposición de las costas procesales a la actora.-".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la parte demandante presentó escrito de preparación del recurso de apelación, y dentro del término de emplazamiento, escrito de interposición de dicho recurso, delque se dio traslado a la parte demandada que dentro del término de emplazamiento presentó escrito de oposición. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.

TERCERO

Habiéndose aportado prueba documental por la parte apelante "Librería Central, S.A.", se acordó por Auto de esta Sala de fecha 7 de Septiembre de 2005 su admisión, y, no siendo necesaria la celebración de Vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 11 de Octubre de 2005.

CUARTO

Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art. 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al pender de resolución ante esta Sala un elevado número de recursos.

Habiendo sido ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIÁN CARLOS ARQUÉ BESCÓS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia de 1ª. Instancia desestima la reclamación de la actora (sociedad dominante) frente a la demandada integrante de un grupo de sociedades que tributaban mediante el sistema de Consolidación Fiscal, al considerar que es la actora la obligada tributaria y sujeto pasivo del impuesto de sociedades de los ejercicios 1997 a 2000, y venirlo así indicado por el Artº. 65 de la Ley de Impuesto de Sociedades .

SEGUNDO

Considera la demandante en su recurso ( Artº. 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ), que el Grupo de...

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