SAP Navarra 209/2005, 2 de Diciembre de 2005

PonenteMARIA ESTHER ERICE MARTINEZ
ECLIES:APNA:2005:1029
Número de Recurso23/2005
Número de Resolución209/2005
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 209

Presidente

D. FERMIN ZUBIRI OTEIZA

Magistrados

D. JOSE JULIAN HUARTE LAZARO

Dª. ESTHER ERICE MARTINEZ (Ponente)

En Pamplona/Iruña, a dos de diciembre de 2005.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 23/2005, derivado del Juicio verbal nº 0000481/2004, del Juzgado de Primera Instancia de Aoiz/Agoitz ; siendo parte apelante, el demandado, "SAT EAURTA Nº 436", representado por el Procurador D. Francisco Javier Echauri y asistido por la Letrada Dª. Gaztelu Echauri Artuch, parte apelada, el demandante "MAGAPOR S.L.", representada por el Procurador D. Carlos Hermida Santos y asistida por el Letrado D. David Arbués Aisa.

Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª ESTHER ERICE MARTINEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 25 de Octubre de 2004, el referido Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Aoiz/Agoitz dictó Sentencia en Juicio verball nº. 481/2004 , cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "ESTIMAR INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Unciti, en nombre y representación de MAGAPOR S.L., contra S.A.T. EAURTA Nº 436-NA, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Castellano, sobre reclamación de cantidad, y condeno a la citada demandada a pagar a MAGAPOR S.L. la cantidad de 2.726 euros, más los intereses legales desde la fecha de presentación de la petición inicial del procedimiento monitorio (26 de abril de 2.004) y esos mismos intereses incrementados en dos puntos desde la fecha de esta sentencia hasta su completo pago, así como el pago de las costas procesales del presente procedimiento...".

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de la parte demandada, "SAT EAURTA Nº 436", solicitando se dicte sentencia que revoque la de instancia, estime su recurso y desestime la demanda con condena en costas a cargo de "Magapor, S.L.".

La parte apelada, MAGAPOR S.L., evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia.

CUARTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial,previo reparto, correspondieron a la esta Sección Primera, en donde se formó el Apelaciones juicios verbales nº 23/2005, señalándose día para deliberación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante-demandada alega en su recurso error en la valoración de la prueba efectuada por el Juzgador de instancia, ya que mantiene que de la prueba llevada a cabo se desprende que nos encontramos ante una entrega a prueba y no ante un contrato de compraventa, tal y como se evidencia del comportamiento de los demandados quienes se trasladaron desde su domicilio hasta el de la actora, recogieron la máquina volteadora y se la llevaron a su explotación para probarla, mientras que si se...

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