SAP Murcia 44/2003, 22 de Julio de 2003

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2003:1963
Número de Recurso106/2003
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución44/2003
Fecha de Resolución22 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 44

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Andrés Pacheco Guevara

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a veintidós de julio de dos mil tres.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, rollo nº 106/03, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 3 de Murcia y tramitadas con el nº 83/02 por las normas del Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, por delito de lesiones y faltas de lesiones contra María del Pilar , Esperanza , Olga y Amparo , cuyas circunstancias personales ya constan; en virtud del recurso de apelación interpuesto por las dos últimas que han estado representadas por la Procuradora Sra. Cárceles Alemán y defendidas por el Letrado Sr. Castillo Ramos contra la sentencia de fecha 5/5/03 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Murcia en la causa indicada. Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 3 de Murcia dictó, en las actuaciones de que el presente rollo dimana, sentencia de fecha 5/5/03 declarando probados los siguientes hechos:

ÚNICO.- Apreciando en conciencia la prueba practicada en el acto del Juicio Oral, expresa y terminantemente se declara probado que el día 29-6-2001, sobre las 19 horas, en el carril de Los Felipes de Rincón de Seca, y con motivo de una disputa existente entre María del Pilar y Olga vecinas residentes en númerosos contiguos de dicho carril, acerca de una servidumbre de paso que constituye camino de uso común, se inició entre los miembros de las familias contendientes y en concreto entre Esperanza , María del Pilar , Olga y Amparo , en circunstancias que no han quedado aclaradas, una discusión que degeneró en pelea en el curso de la cual resultaron lesionadas las siguientes:

Amparo , cayó sobre unas macetas causándose lesiones consistentes en fractura no desplazada de clavícula derecha y algunas excoriaciones de las que tardó en curar 182 días, requiriendo para su sanidad, además de la inicial asistencia facultativa tratamiento ortopédico y rehabilitador, estando incapacitada durante 90 días para sus ocupaciones habituales, quedándole como secuelas hombro derecho doloroso con limitación funcional que afecta a la abducción y retroversión.Esperanza , sufrió lesiones consistentes en equimosis que sanaron tras 5 días, sin día alguno de incapacidad. De igual modo, Ana María sufrió idénticas lesiones que la anterior.

Olga , resultó con algunos arañazos de los que curo tras 7 días, con inicial asistencia y 1 día de incapacidad resultando con secuelas consistentes en marca hipercrómica de 1'5 cm. en cara ventral de tercio superior de antebrazo derecho y marcas hipercrómicas tenues de morfología irregular en tercio inferior de brazo derecho.

María del Pilar resultó con contusiones y herida en dedo pulgar derecho que tardaron en curar 14 días, con una sola asistencia, con incapacidad para sus ocupaciones durante 1 día, quedándole como secuela cicatriz en pulpejo de primer dedo de mano derecha de un cm.

SEGUNDO

Como...

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