Prólogo

AutorLucrecio Rebollo Delgado/Carlos Eduardo Saltor
Páginas15-17

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Las tecnologías de la información y de las comunicaciones han demostrado ser aptas para el procesamiento y tratamiento de grandes volúmenes de información, pero los efectos del tratamiento informático y telemático de los datos de carácter personal sin control, afectan perjudicialmente a las personas en su privacidad e intimidad.

Cierto es que los Estados, las organizaciones e instituciones del mundo contemporáneo necesitan de las modernas tecnologías informáticas y de las redes de comunicación para adquirir, valorar y clasificar la información que les permita tomar decisiones orientadas a los fines y objetivos del bienestar general para los cuales fueron creados.

Estas tecnologías permiten interconectar diferentes archivos de datos y obtener de ellos información personal que trace un detallado perfil de las personas, que sirva de instrumento al poder tanto público como privado, al cual el sistema jurídico debe poner límites para que sus abusos no dañen el derecho a la intimidad y a la autodeterminación informativa de las personas.

En este escenario la protección de datos se constituye hoy en un elemento central de todo ordenamiento jurídico. Forma parte esencial del conjunto de los derechos constitucionales, a la vez que tiene una directa incidencia en el ciudadano, no ya solo con carácter nacional, sino también internacional. Las denominadas TIC (Tecnologías de la Información y Comunicación) son herramientas básicas del desarrollo social y económico, así como un ámbito necesario de regulación por el derecho.

Desde la perspectiva jurídica la protección de datos presenta un volumen de casuística impropio de sus áreas de conocimiento. A ello hay que

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añadir una vertiginosa necesidad de adaptación a las evoluciones y posibilidades técnicas.

Hace más complejo aún el estudio de la protección de datos la necesaria regulación internacional o regional dado que las fronteras de los Estados no existen para la tecnología. Por último hay que añadir un uso masivo de las tecnologías, lo que supone también un nuevo reto para el derecho.

Dada esta realidad, el jurista debe realizar un considerable esfuerzo que no se concreta exclusivamente en el estudio y crítica del derecho escrito, se hace necesario un buen bagaje doctrinal, una aproximación constante a la jurisprudencia, y ser conocedor de las múltiples posibilidades tecnológicas. Ir constatando, pormenorizando sus análisis y ofrecer soluciones jurídicas, debe ser la primera...

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