Resumen

AutorGemma Rubio Gimeno
Páginas13-13
RESUMEN
Son heterogéneos los fundamentos de los distintos derechos de naturaleza
económica reconocidos a los cónyuges para el caso de ruptura de la pareja y
que, en su caso, constituirán el objeto de los pactos que pretendan organizar los
efectos de la crisis. La previsión legal que se haga de estos derechos permite
descifrar un concreto modelo de matrimonio elegido por el legislador; a partir
de ahí, podrá dilucidarse la función primordial que cumplirán los pactos entre
los cónjuges respecto de dicho modelo.
El presente estudio centra su atención en la utilidad y regulación de los
pactos que, en ejercicio de su autonomía de la voluntad, permitan a los cónyu-
ges o a los convivientes construir un modelo alternativo al legal que se ajuste
a su particular e individual concepción de cómo se tendrían que organizar las
relaciones económicas entre ellos en caso de ruptura, a partir de un amplio
reconocimiento legal de su capacidad de autorregulación.
El legislador catalán, a raíz de la aprobación del Libro II del Código civil de
Cataluña, ha querido dar un paso adelante en cuanto a la previsión de instrumen-
tos de autorregulación de la crisis de pareja mediante la introducción, pionera
en el entorno del Estado español, de los prenuptial agreements. Asimismo, ha
aprovechado la ocasión para reconocer la legalidad de los pactos no homolo-
gados judicialmente sobre ruptura actual, exigiendo determinados requisitos,
y como herramienta de autorregulación que puede convivir de manera idónea
con el instrumento paradigmático de autorregulación que constituye el convenio
regulador.

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