ATS, 22 de Abril de 2014
Ponente | SEBASTIAN SASTRE PAPIOL |
ECLI | ES:TS:2014:3277A |
Número de Recurso | 2762/2013 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintidós de Abril de dos mil catorce.
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- Por la LETRADA DE LA XUNTA DE GALICIA se presentó escrito con fecha de 22 de noviembre de 2013 interponiendo recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 15 de octubre de 2013 por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 406/2013 , dimanante del juicio de oposición de medida administrativa de protección de menores nº 650/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 5 de Pontevedra.
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- Mediante Diligencia de Ordenación de 3 de diciembre de 2013 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a las partes.
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- Por la LETRADA DE LA XUNTA DE GALICIA se presentó escrito con fecha de 20 de enero de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por la Procuradora Doña Silvia Vázquez Senin, en nombre y representación de DON Remigio Y DOÑA Crescencia , presentó escrito con fecha de 21 de enero de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal.
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- Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la LETRADA DE LA XUNTA DE GALICIA al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.
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- De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala y al MINISTERIO FISCAL, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA
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) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la LETRADA DE LA XUNTA DE GALICIA contra la sentencia dictada con fecha de 15 de octubre de 2013 por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 1ª), en el rollo de apelación nº 406/2013 , dimanante del juicio de oposición de medida administrativa de protección de menores nº 650/2012 del Juzgado de Primera instancia nº 5 de Pontevedra.
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) Y entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala y al MINISTERIO FISCAL para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.