SAP Murcia 71/2014, 27 de Febrero de 2014
Ponente | MATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS |
ECLI | ES:APMU:2014:456 |
Número de Recurso | 53/2013 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 71/2014 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
CARTAGENA
SENTENCIA: 00071/2014
- C/ ANGEL BRUNA, 21-8ª PLANTA (CARTAGENA)
Teléfono: 968.32.62.92.
530550
N.I.G.: 30016 37 2 2013 0502566
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000053 /2013
Delito/falta: SOBRE SUSTANCIAS NOCIVAS PARA LA SALUD
Denunciante/querellante: MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª
Abogado/a: D/Dª
Contra: Carlos María
Procurador/a: D/Dª CARLOS RODRIGUEZ SAURA
Abogado/a: D/Dª MARIA JOSE ROLDAN MAZON
ROLLO Nº 53/13
PROCEDIMEINTO ABREVIADO 50/13
Juzgado Instructor Nº 3 de Cartagena
Ilmos. Sres.
Don Miguel Ángel Larrosa Amante
Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas
Don José Francisco López Pujante
Magistrados
SENTENCIA Nº 71
En la Ciudad de Cartagena, a veintisiete de febrero de dos mil catorce.
Vista en juicio oral y público, en trámite de conformidad, ante la Sección de Cartagena de esta Audiencia Provincial, con sede en Cartagena, la causa a que se refiere el presente Rollo nº 53/13 dimanante del Procedimiento Abreviado iniciado por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Cartagena con el nº 50/13, por delito contra la salud pública, en la que es acusado Carlos María, nacido el NUM000 /79, hijo de Alfonso y Elisabeth, natural vecino de Cartagena, con Documento Nacional de Identidad número NUM001, con instrucción, sin antecedentes penales, de ignorada solvencia y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. Carlos M. Rodríguez Saura y defendido por la Letrada Dª. Mª José Roldán Mazón, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y ponente el Ilmo. Sr. Don Matías Manuel Soria Fernández Mayoralas, que expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Instrucción antes referido se dictó auto en cuya virtud acordó seguir
el trámite establecido en el Capítulo II del título III, Libro IV, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, dando traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal, que solicitó la apertura de juicio oral acompañando escrito de acusación, a lo que accedió el instructor con adopción de las medidas cautelares oportunas, dando traslado de todo ello al designado como acusado a fin de que, en plazo legal, presentara escrito de defensa; y, una vez efectuado, remitió las actuaciones a esta Audiencia Provincial, dictándose auto resolutorio sobre admisión y práctica de las pruebas propuestas por las partes, en el que se señaló día para el comienzo de las sesiones del juicio oral, acto que ha tenido lugar el día de la fecha, con cumplimiento de las prescripciones legales.
Antes de iniciarse la práctica de la prueba, el Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones provisionales solicitando se condenara al acusado como autor penalmente responsable de un delito contra la salud pública, previsto y penado en los arts. 368 del Código Penal, con concurrencia de circunstancias...
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