STSJ Comunidad de Madrid 809/2013, 6 de Noviembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución809/2013
Fecha06 Noviembre 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Octava

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009750

NIG: 28.079.00.3-2011/0000804

Procedimiento Ordinario 963/2011 X- 01

RECURSO 963/2011

SENTENCIA NÚMERO 809

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.:

Presidente

  1. Doña Inés Huerta Garicano

Magistrados

Don Miguel Ángel Vegas Valiente

Don Francisco Javier González Gragera.

----------------------------------------------- -------------------En la Villa de Madrid, a 6 de noviembre de 2013.

Vistos por la Sala constituida por los Señores referenciados al margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 963/2011, interpuesto por el Procurador de los Tribunales Don Antonio Rafael Rodríguez Muñoz en nombre y representación de la Universidad de Alcalá de Henares, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del requerimiento efectuado por el Rector ante la Presidencia de la Comunidad de Madrid para que le fuese abonada la cantidad que entiende adeudada por esa Administración a la Universidad (que cifra en 43.482.950,87 # por cuantía de principal) más intereses legales, relativo a los ejercicios 2004 a 2010.

Ha sido parte demandada la Comunidad de Madrid defendida y representada por sus servicios jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente se interpuso el presente recurso y, después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso y concluyó con la súplica de que, en su día y previos los trámites legales, se dicte sentencia conforme a lo solicitado en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda a la parte demandada, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente y documentación aportada, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada indebidamente la cuantía del pleito en indeterminada puesto que la cuantía correcta es la suma reclamada de 43.482.950,87 #, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública; se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 31 de enero de 2013, fecha en que tuvo lugar.

Posteriormente, debido a la jubilación de la Magistrada que había sido inicialmente designada como Ponente de la sentencia, fue nuevamente turnada la ponencia para su redacción al Magistrado de la Sección que a continuación se señala, que también asistió a dicha deliberación.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Francisco Javier González Gragera.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se promueve este recurso contencioso-administrativo por el Procurador de los Tribunales Don Antonio Rafael Rodríguez Muñoz en nombre y representación de la Universidad de Alcalá de Henares, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del requerimiento efectuado por el Rector ante la Presidencia de la Comunidad de Madrid para que le fuese abonada la cantidad que entiende adeudada por esa Administración a la Universidad (que cifra en 43.482.950,87 # por cuantía de principal) más intereses legales, relativo a los ejercicios 2004 a 2010.

Con fecha 16.06.11 fue registrado de salida en la Universidad de Alcalá de Henares el citado requerimiento efectuado a la Comunidad de Madrid, donde se solicitaba a ésta el pago de la cantidad solicitada, desglosada con el siguiente detalle recogido en el Anexo I del mismo documento:

  1. CUANTÍA ADEUDADA PLAN DE INVERSIONES

    AÑO CANTIDAD A PAGAR CANTIDAD

    INGRESADA CANTIDAD ADEUDADA

    2008 PARTE FIJA 12.000.000,00 # 4.620.000,00 # 7.380.000,00 #

    P.VARIABLE - # - # - #

    2009 PARTE FIJA 12.000.000,00 # 4.000.000,00 # 8.000.000,00 #

    P.VARIABLE 1.349.454,74 # - # 1.349.454,74 #

    2010 PARTE FIJA 12.500.000,00 # 1.870.000,00 # 10.630.000,00 #

    P.VARIABLE 1.849.287,93 # - # 1.849.287,93 #

    TOTAL 39.698.742,66 # 10.490.000,00 # 29.208.742,67 #

  2. CANTIDADES ADEUDADAS: PLAN DE FINANCIACIÓN 2006-2010 Y ART.25.2 DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO

    AÑO CONCEPTO

    (pagas extraordinarias y trienios) AUMENTO DE GASTO

    CAPITULO I CANTIDADES

    TRANSFERIDAS CANTIDADES

    ADEUDADAS

    2004 C. de destino 783.491,57 # - # 783.491,57 #

    2005 C. de destino 1. 128.579,52 # 841.184,00 # 287.395,52 # 2006 C. de destino 2.313.115,08 # 1. 130.568,70 # 1. 182.546,38 #

    2007 C. de destino y C. específico 3.065.486,96 # 1.521.145,33 # 1.544.341.63 #

    Trienios (desde 13 mayo) 20.112,29 # - # 20.112.29 #

    2008 C. de destino y C. específico 3.960.873,97 # 1.338.516,35 # 2.622.357,62 #

    Trienios 66.458,02 # - # 66.458,02 #

    2009 C. de destino y C. específico 4.615.081,13 # 1.254.429,88 # 3.360.651,25 #

    Trienios 104.785,71 # - # 104.785,71 #

    2010 C. de destino y C. específico 4.039.021,30 # 1.257.388,02 # 2.781.633,28 #

    Trienios 135.651,15 # - # 135.651,15 #

    TOTAL 20.232.656,70 # 7.343.232,28 # 12.889.424,42 #

    CANTIDADES ADEUDADAS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA

    SENTENCIA CONCEPTO TOTAL

    STS 26/11/2008 Antigüedad PDI con contrato temporal laboral 541.880,12 #

    STS 27/05/2008 Parte autonómica del C. específico del PDI

    con dedicación a tiempo parcial (año 2005-2008) 842.903,66 #

    No consta que la Comunidad de Madrid contestase dicho requerimiento, por lo que contra su desestimación presunta por silencio administrativo, la Universidad de Alcalá de Henares promueve el presente recurso contencioso-administrativo el 14.10.11.

SEGUNDO

Alegaciones de la parte recurrente.

La parte actora detalla las cantidades requeridas de la Comunidad de Madrid, desglosada por conceptos, siendo el primero de ellos el que atribuye al incumplimiento del "Plan de inversiones en las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid para el periodo 2007-2011 ", que fue aprobado y suscrito por la Comunidad de Madrid y la totalidad de las Universidades públicas de su ámbito territorial con fecha 22 de diciembre de 2006, que fue publicado en el BOOM de 2 de febrero de 2007.

Alega que, en aplicación de dicho Plan, en el ejercicio 2008 a la Universidad le correspondía la suma total de 12.000.000 euros de parte fija, cuantía que fue expresamente consignada en la Ley 5/2007, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2008. Y que por Orden n° 1266/2008 de la Ilma. Sra. Consejera de Educación de la Comunidad de Madrid, se autoriza y dispone el gasto relativo a las transferencias nominativas para gastos de inversión con destino a las universidades públicas de la Comunidad Madrid. A pesar de tener la cantidad presupuestada para 2008, alega que la Comunidad de Madrid adeuda aun a fecha de hoy a la Universidad de Alcalá la cantidad de 7.380.000 #, según considera debidamente acreditado a la vista de la documentación incluida en el expediente administrativo.

A pesar de lo anterior, afirma que la Universidad de Alcalá dio íntegro cumplimiento a las obligaciones por ella asumidas en el Plan de Inversiones, realizando inversiones y justificando pertinentemente las mismas por los 12.000.000 # comprometidos en él.

En el ejercicio 2009 alega que a la Universidad le correspondía la suma total de 12.000.000 euros de parte fija y 1.349.454,57 euros de parte variable.

A pesar de lo anterior, declara que incumpliendo lo comprometido en el Plan de Inversiones, la Comunidad únicamente consignó en la Ley 2/2008, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2009, la cantidad de 4.000.000 euros (folios 188-189 del expediente administrativo). Afirma que ello obligó a la Universidad a tener que reducir sus inversiones previstas en 2009, al no disponer de los fondos que le correspondían y que la Comunidad de Madrid le había garantizado con la suscripción del Plan. En concreto, la Universidad asumió, y justificó pertinentemente ante la Comunidad, gastos en obras e inversiones en 2009 por importe de 4.354.217,35 euros, según resulta del expediente administrativo.

Como sólo se abonaron los 4.000.000 euros mencionados, por cuenta del Plan de Inversiones del 2009 la Comunidad de Madrid adeuda a la Universidad de Alcalá la cantidad de 9.349.454,74 euros. Siendo irrelevante manifiesta, a estos efectos, la cantidad que la Comunidad de Madrid hubiera consignado en la respectiva Ley de Presupuestos.

Y, por su parte, en el ejercicio 2010, ocurrió lo mismo de forma aun más grave. En ese período a la Universidad le correspondía la suma total de 14.349.287,93 euros: 12.500.000 euros de parte fija y

1.849.287,93 euros de parte variable. En el folio 713 del expediente administrativo figura cuadro justificativo de esta parte variable.

A pesar de ello, alega que volviendo de nuevo a incumplir lo comprometido en el Plan de Inversiones, la Comunidad únicamente consignó en la Ley 9/2009, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2010, la cantidad de 1.870.000.-euros (folios 294 a 295 del expediente administrativo). Ello obligó a la Universidad a tener que reducir sus inversiones previstas en ese año, al no disponer de los fondos. En concreto, la Universidad asumió, y justificó pertinentemente ante la Comunidad, gastos en obras e inversiones en 2010 por importe de 2.270.404,42.-euros. Siendo así que la Comunidad de Madrid tan sólo abonó los

1.870.000.-euros mencionados. Consta en el expediente administrativo, folio 719, certificación sobre ello de la Jefa de Servicio de Gestión Financiera de esta Universidad. Y ello resulta igualmente de los justificantes de pago aportados por la...

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