SAP Salamanca 110/2013, 21 de Noviembre de 2013

PonenteANGEL SALVADOR CARABIAS GRACIA
ECLIES:APSA:2013:664
Número de Recurso83/2013
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución110/2013
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00110/2013

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de SALAMANCA

Domicilio: GRAN VIA, 37-39

Telf: 923.12.67.20

Fax: 923.26.07.34

Modelo: N54550

N.I.G.: 37274 43 2 2012 0103533

ROLLO: APELACION JUICIO DE FALTAS 0000083 /2013

Juzgado procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCION.N.1 de SALAMANCA

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0001674 /2012

RECURRENTE: Benedicto

Procurador/a: MARIA ANGELES PEREZ ROJO

Letrado/a: MANUEL-ALFONSO SANCHEZ BENITEZ DE SOTO

RECURRIDO/A: Juliana, Fausto, Sonsoles, Pedro Miguel, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: MARIA HERRERA DIAZ AGUADO, MARIA HERRERA DIAZ AGUADO, MARIA HERRERA DIAZ AGUADO, MARIA HERRERA DIAZ AGUADO,

Letrado/a: JAVIER ZATO NUÑO-BEATO, JAVIER ZATO NUÑO-BEATO, JAVIER ZATO NUÑOBEATO, JAVIER ZATO NUÑO- BEATO,

Procedimiento: APELACION JUICIO DE FALTAS 83/2013

SENTENCIA Nº 110/13

Ilmo./a. Sr./a MAGISTRADO D/Dña.ÁNGEL SALVADOR CARABIAS GRACIA.

En SALAMANCA, a veintiuno de Noviembre de dos mil trece.

La Sala 001 de la Audiencia Provincial de SALAMANCA ha visto en grado de apelación el presente procedimiento penal de Juicio de Faltas 1674/2012 seguido en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Salamanca, en el que ha intervenido como denunciantes Sonsoles, con D.N.I. nº NUM000 y Juliana, con D.N.I. nº NUM001, que comparecieron al acto del juicio asistidas por el Letrado Sr. Javier Zato Nuño Beato, y Benedicto, con D.N.I. nº NUM002, que compareció al acto del juicio asistido por el Letrado Sr. Manuel Sánchez Benítez de Soto; y como denunciados Fausto con D.N.I. nº NUM003 y Pedro Miguel, con D.N.I. nº NUM004, que comparecieron al acto del juicio defendidos por el Letrado Sr. Javier Zato Nuño Beato. En el juicio intervino el Mº FISCAL, en ejercicio de la acción pública. Fueron partes en esta segunda instancia, como apelante : Benedicto, representado por la Procuradora Sra. María Ángeles Pérez Rojo y con la asistencia letrada ya circunstanciada; y como apelados : Sonsoles, Juliana, Fausto, y Pedro Miguel, representados por la Procuradora Sra. María Herrera Díaz Aguado y con la asistencia del Letrado Sr. Javier Zato Nuño Beato, y el Mº FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo. Sr. Magistrado- Juez del JDO. INSTRUCCIÓN nº 1 de SALAMANCA, con fecha 17 de Mayo de 2013, dictó sentencia en el Juicio de Faltas del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los que consignados en referida sentencia.

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:

"Condeno al acusado Benedicto, ya circunstanciado, como autor penalmente responsable de una falta de LESIONES, a la pena de UN MES de MULTA a razón de 8 euros por día (240 euros en total), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y al pago de una sexta parte de las costas procesales, debiendo indemnizar a Juliana en la cantidad de 3.031,60 euros.

Condeno al acusado Fausto, ya circunstanciado, como autor penalmente responsable de una falta de AMENAZAS, a la pena de DIEZ DÍAS de MULTA a razón de 8 euros por día (80 euros en total), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y al pago de una sexta parte de las costas procesales.

Condeno al acusado Pedro Miguel, ya circunstanciado, como autor penalmente responsable de una falta de AMENAZAS, a la pena de VEINTE DÍAS de MULTA a razón de 8 euros por día (160 euros en total), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y al pago de una sexta parte de las costas procesales.

Absuelvo a Sonsoles, ya circunstanciada, de la falta de maltrato que se le imputaba, al concurrir la eximente de legítima defensa, declarando de oficio una sexta parte de las costas procesales.

Absuelvo a Benedicto, ya circunstanciado de las dos faltas de amenazas que se le imputaban, al concurrir la eximente de legítima defensa, declarando de oficio dos sextas partes de las costas procesales."

TERCERO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por la Procuradora de Benedicto, Sra. María Ángeles Pérez Rojo, quien tras realizar las alegaciones que estimó oportunas terminó solicitando que, con estimación del recurso interpuesto, se acuerde la absolución de su representado de la falta de lesiones por la que ha sido condenado, con declaración de las costas de oficio o, subsidiariamente, sea estimado el recurso en el apartado de la responsabilidad civil, declarando no probada ni la existencia de nexo causal de la secuela de trastorno neurótico, y se fije en consecuencia la responsabilidad civil en la suma de 783,08 #, como asimismo que se condene a Fausto como responsable civil derivado de la falta a la que ha sido condenado y que indemnice a Benedicto en la suma de 1 euro; que igualmente se condene a Pedro Miguel, como responsable civil derivado de la falta de amenazas y vejación del art. 620.2 del Código Penal, y que indemnice a Benedicto en la suma de 3.000 euros. Por su parte, por la Procuradora de Sonsoles, Juliana, Fausto, y Pedro Miguel, Sra. María Herrera Díaz-Aguado, se presentó escrito de impugnación del recurso de apelación interpuesto de contrario y, tras las alegaciones que tuvo por conveniente, terminó solicitando la desestimación del mismo y la confirmación íntegra de la sentencia de instancia. Igualmente, el Mº FISCAL solicitó que con desestimación del recurso, fuese confirmada la sentencia de instancia y la condena en costas del apelante.

CUARTO

. Admitido que fue el recurso en ambos efectos y, practicadas las diligencias oportunas, las mismas fueron elevadas a este órgano judicial, donde se registraron y se formó el oportuno rollo de apelación.

QUINTO

No habiendo sido solicitada la práctica de prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista, quedaron los autos vistos para sentencia.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se admiten los de la sentencia apelada incluido el de hechos probados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten y da por reproducidos los de igual clase de la resolución recurrida.

PRIMERO

Dictada sentencia en juicio de faltas en la que se condena a Benedicto como autor de una falta de lesiones, a Fausto como autor de una falta de amenazas y a Pedro Miguel como autor de una falta de amenazas, por parte de la representación procesal de Benedicto se interpone recurso de apelación cuyo primer motivo no enuncia al estilo tradicional, pero de su motivación se desprende que estima existe error en la valoración de la prueba por parte del Juez a quo;...

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