ATS, 10 de Diciembre de 2013
Jurisdicción | España |
Fecha | 10 Diciembre 2013 |
AUTO
En la Villa de Madrid, a diez de Diciembre de dos mil trece.
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- La representación procesal de la entidad "Liberbank S.A." presentó el día 18 de enero de 2013 escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 14 de diciembre de 2012, por la Audiencia Provincial de Cáceres (Sección 1ª), en el rollo de apelación n.º 623/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 262/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 y Mercantil de Cáceres.
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- La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
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- Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora Dª Silvia Casielles Morán en nombre y representación de la entidad "Liberbank S.A.", como parte recurrente y la procuradora Dª María José Rodríguez Teijeiro, en nombre y representación de D. Alberto , como parte recurrida.
HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Marin Castan, a los solos efectos de este trámite.
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- Examinado el escrito de interposición, procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la entidad "Liberbank S.A." dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso
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- Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición con sus documentos adjuntos a la parte recurrida comparecida ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala.
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- De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA
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ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad "Liberbank S.A." contra la sentencia dictada, el día 14 de diciembre de 2012, por la Audiencia Provincial de Cáceres (Sección 1ª), en el rollo de apelación n.º 623/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 262/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 y Mercantil de Cáceres.
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Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala .
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
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