Prólogo

AutorD. Pedro González Trevijano
Cargo del AutorExcmo. Magfco. Sr. Rector de la Universidad Rey Juan Carlos
Páginas11-14

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Pedro GONZÁLEZ-TREVIJANO Catedrático de Derecho Constitucional. Rector de la Universidad Rey Juan Carlos

Ríos de tinta se han vertido sobre nuestro modelo de organización territorial, desde que el 29 de diciembre de 1978, el Título VIII de la Constitución española de 1978 habilitara un profundo, intenso y extenso proceso de descentralización política: el Estado Autonómico, también llamado Estado de las Autonomías. Por más que es, seguramente, a partir de 2006, si dejamos al margen los inicios del proceso de iniciativa autonómica, y los primeros estudios dogmáticos sobre la naturaleza, caracterización y desarrollo del modelo autonómico, cuando mayor atención ha recibido por parte de la doctrina. Yo mismo tuve la oportunidad de elaborar, bajo la dirección del profesor Jorge de Esteban, las páginas dedicadas al Estado de las Autonomías en nuestro Tratado de Derecho Constitucional y más tarde hasta escribí, en colaboración con el profesor Cayetano Núñez Rivero una monografía que llevaba por título, precisamente, El Estado Autonómico. Sea como fuere, la controvertida reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña y la Sentencia 31/2010, de 28 de junio, del Tribunal Constitucional, han provocado la lógica aparición de nuevas e incesantes monografías e investigaciones varias.

En efecto, mucho se ha debatido y desbrozado dialécticamente por espacio de algo más de seis años, tanto en los medios de comunicación como en ámbitos políticos y jurídicos, desde que el 9 de febrero de 2004 se iniciase la redacción del nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña. Una redacción, sin duda, accidentada y controvertida, que finalizó el 19 de julio con la promulgación del Estatut de Autonomia de Catalunya.

El por qué de tanto revuelo, quizás se deba, en primer lugar, a lo que suponía de arranque de una nueva fase de conformación de un modelo de descentralización del poder político abierto, indeterminado y en permanente evolución. Se ha afirmado así, y no sin razón, que con los nuevos Estatutos de Valencia y Cataluña (y los que les siguieron: Andalucía, Baleares, Aragón, Navarra y Extremadura) podríamos estar, literalmente, ante una "nueva fase de conformación del modelo autonómico español". Y esto, a pesar de que parecía haberse puesto un cierto "punto y final", el tan traído cierre del modelo autonómico, con ocasión de los importantes Acuerdos de 28 de febrero de 1992, en los que se procedía a una

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homogeneización estatuaria entre las distintas Comunidades Autónomas...

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