STSJ Galicia 3122/2013, 14 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3122/2013
Fecha14 Junio 2013

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2008 0001484

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0005415 /2011 // MDM

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000672 /2008 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: CONSELLERIA DO MEDIO RURAL

Abogado/a: LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)

Recurrido/s: Angustia

Abogado/a: ANTÍA MURUZABAL PÉREZ

Recurrido/s: TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL(TRAGSATEC), EMPRESA DE TRANSFORMACION AGRARIA, S.A. (TRAGSA)

Abogado/a: SONIA PEREZ CERECEDO

ILMOS/AS. SRS/AS. MAGISTRADOS

EMILIO FERNÁNDEZ DE MATA

PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR

RAQUEL NAVEIRO SANTOS

En A CORUÑA, a catorce de Junio de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACIÓN 0005415/2011, formalizado por el letrado de la Xunta de Galicia, en nombre y representación de la CONSELLERÍA DO MEDIO RURAL, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DEMANDA 0000672/2008, seguidos a instancia de Dª Angustia frente a la CONSELLERÍA DO MEDIO RURAL y las empresas TECNOLOGÍAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL- (TRAGSATEC) y EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A. (TRAGSA), siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. EMILIO FERNÁNDEZ DE MATA.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª Angustia presentó demanda contra la CONSELLERÍA DO MEDIO RURAL y las empresas TECNOLOGÍAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL- (TRAGSATEC) y EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A. (TRAGSA), siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha uno de Septiembre de dos mil once .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

"Primero: Dª Angustia, ingeniero agrónomo, viene prestando servicios para la CONSELLERÍA DO MEDIO RURAL de la XUNTA DE GALICIA, desde el 26 de julio de 2004 en la Dirección General de Producción Sostenible y Sanidad Vegetal, Dirección General de Producción, Industrias y Calidad Agroalimentaria haciéndolo en las instalaciones de la Xunta de Galicia en edificio sito en San Lázaro.- Segundo: Tal relación aparece fundada en los siguientes contratos de trabajo: Contratos suscritos con TRAGSA: -Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de obra o servicio determinado consistente en "PRODUCCION E SANIDADE AGRÍCOLA 2004", para prestar sus servicios como TITULADO SUPERIOR, con la misma categoría, suscrito por las partes el 26 de julio de 2004, suscribiendo, al término del mismo, documento de liquidación y finiquito. -Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de obra o servicio determinado definido como: "ASISTENCIA TÉCNICA PARA ORDENACIÓN DEL SECTOR PRODUCTIVO AGRARIO", para prestar sus servicios como TITULADO SUPERIOR, con la misma categoría, suscrito por las partes el 3 de enero de 2005, suscribiendo, al término del mismo, documento de liquidación y finiquito. -Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de obra o servicio determinado definido como "A.T. PARA A ORDENACIÓN DO SECTOR PRODUCTIVO AGRARIO E DESENVOLVEMENTO DA PRODUCCIÓN INTEGRADA EN GALICIA. ANUALIDAD 2006.", para prestar sus servicios como TITULADO SUPERIOR, con la misma categoría profesional, suscrito por las partes el 2 de enero de 2006, modificado el 1 de enero de 2007 mediante addenda en la que consta que el contrato se celebra para la realización de obra a servicio: "CONTINUACIÓN "AT. PARA A ORDENACIÓN DO SECTOR PRODUCTIVO AGRARIO E DESENVOLVEMENTO DA PRODUCCIÓN INTEGRADA EN GALICIA", suscribiendo, al término del mismo documento de liquidación y finiquito. Contratos suscritos con TRAGSATEC: -contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, para la realización de obra o servicio determinado definido como "AT. ADAPTACIÓN O FEADER TRABALLOS COMPLEMENTARIOS DE SANIDADE VEXETAL E OUTRAS ASISTENCIAS A S.X. DE P.A.S.F.A POR ENCARGO DE LA CONSELLERÍA DO MEDIO RURAL DA XUNTA DE GALICIA", para prestar sus servicios como ingeniero agrónomo con la categoría de TITULADO DE GRADO SUPERIOR, suscrito el 1 de enero de 2008, modificado por addenda de 1 de julio de 2009 en la que se modifica el objeto del contrato que pasa a ser: "Realización dos traballos de mostrase e control de plagas vexetais en corentena", modificado igualmente el 1 de enero de 2010 mediante addenda que define el objeto del contrato como: "ENCOMENDA DE XESTIÓN PARA A TRAMITACIÓN DAS MEDIDAS DO PROGRAMA DE DESENVOLVEMENTO RURAL DE GALICIA, DESEMPEÑANDO LAS MISMAS FUNCIONES QUE EN EL CONTRAO DE REFERENCIA.".-Tercero: El demandante ha estado dado de alta en la Seguridad Social por cuenta de la empresa TRAGSA en los siguientes periodos: -Del 26 de julio de 2004 al 31 de diciembre de 2004. -Del 3 de enero de 2005 al 31 de diciembre de 2005. -Del 2 de enero de 2006 al 31 de diciembre de 2006. -Del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2007. Y por cuenta de la entidad TRAGSATEC desde el 1 de enero de 2008 hasta, al menos, el 12 de mayo de 2011.- Cuarto: La empresa TRAGSA es una sociedad mercantil estatal que tiene por función la prestación de servicios esenciales en materia de desarrollo rural, conservación del medioambiente, atención a emergencias, y otros ámbitos conexos, teniendo la consideración de medios propios instrumentales y servicios técnicos de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los poderes adjudicadores dependientes de ellas, estando obligadas a realizar, con carácter exclusivo, los trabajos que estos les encomienden. Su régimen aparece regulado en la Disposición adicional 30° de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de contratos del Sector público .- Quinto: La empresa TRAGSATEC, es una filial de TRAGSA y cuyo capital pertenece íntegramente a esta última.- Sexto: Por el Secretario Xeral y el Secretario Xeral Técnico de la Consellería do Media Rural, se dictan las siguientes órdenes de ejecución a TRAGSA primera y luego a TRAGSATEC para la siguientes actuaciones y encomiendas: A TRAGSA: -"Asistencia para a ordenación do sector productivo agrario e desenvolvemento da producción integrada en Galicia no periodo 2004-2005", dada el 21 de septiembre de 2004 con duración hasta el 31 de agosto de 2005 y por importe de 390.000 euros. -"Asistencia para a ordenación do sector productivo agrario e desenvolvemento da producción integrada en Galicia no periodo 2005-2006", por importe de 1.575.000 euros y plazo de ejecución hasta el 31 de agosto de 2006 dada en el año 2005. -"Asistencia para a ordenación do sector productivo agrario e desenvolvemento da producción integrada en Galicia no periodo 2005-2006" por importe de 201.859'60 euros, plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2006, dada el 20 de noviembre de 2006. -"Asistencia para a ordenación do sector productivo agrario e desenvolvemento da producción integrada en Galicia no ano 2007 da medida 7.8 do P.O.I. de Galicia", por importe de 1.106.011'78 euros, plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2007 dada el 6 de julio de 2007. A TRAGSATEC: -"ASISTENCIA TÉCNICA PARA A TRAMITACIÓN DAS MEDIDAS DO PROGRAMA DE DESENVOLVEMENTO RURAL DE GALICIA", por importe de 758.216'03 euros, con plazo de ejecución de 12 meses, dictada en diciembre de 2007. -"Encomenda dun servizo para a tramitación das medidas do Programa de Desenvolvemento Rural de Galicia no periodo 2008", por importe de 1.577.969'29 euros, con plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2008. -"ASISTENCIA TÉCNICA PARA A TRAMITACIÓN DAS MEDIDAS DO PROGRAMA DE DESENVOLVEMENTO RURAL DE GALICIA", por importe de 1.125.123'90 euros, con plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2009, dictada en diciembre de 2008. -"Asistencia Técnica para a tramitación das medidas do Programa de Desenvolvemento Rural de Galicia no periodo 2008", por un importe de 982.841'74 euros, con plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2009. -"ASISTENCIA TÉCNICA PARA A TRAMITACIÓN DAS MEDIDAS DO PROGRAMA DE DESENVOLVEMENTO RURAL DE GALICIA", por importe de 603.549'47 euros, con plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2010, dictada el 1 de junio de 2010. -"Encomenda de xestión para a tramitación das medidas do programa de desenvolvemento rural de Galicia", por importe de 499.641'96 euros y plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2011.- Noveno: La demandante desarrolla actividades propias de su especialidad en relación con el sistema de "PRODUCCIÓN INTEGRADA", así como la elaboración de cuadernos de explotación y estudios de plantas ornamentales. Asimismo realice funciones relacionadas con el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación y sus socios, así como funciones relacionadas con ayudas a agricultores.- Décimo: El horario de la demandante es idéntico al de los funcionarios que prestan sus servicios en la correspondiente Consellería.- Undécimo: Para el disfrute de las vacaciones la demandante se ponía de acuerdo con el resto del personal, si bien eran concedidas por TRAGSA.- Duodécimo: En el desarrollo de sus funciones recibía órdenes e instrucciones del Jefe de Servicio D. Xoán Miguel Concheiro.- Decimotercero: Los medios materiales de que dispone la demandante pare el desarrollo de sus funciones pertenecen a la Xunta de Galicia.- Decimocuarto: La demandante tenía acceso a los sistemas informáticos de la Xunta de Galicia pare...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR