STSJ Galicia , 21 de Noviembre de 1996

PonenteRICARDO RON CURIEL
ECLIES:TSJGAL:1996:3
Número de Recurso4794/1996
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 1996
EmisorSala de lo Social

RICARDO RON CURIEL

MIGUEL ANGEL CADENAS SOBREIRA

ANTONIO JOSE GARCIA AMOR

Recurso núm. 4794/96

ARV. ILMO. SR. D. RICARDO RON CURIEL

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. MIGUEL CADENAS SOBREIRA

ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA ANOR

La Coruña, a veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior ele Justicia de Galicia, compuesta por las Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación Núm. 4794/96 interpuesto por LA REGIÓN S.A. contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3

PRIMERO

Que según consta en autos nº 660/95 se presentó demanda por DON Enrique en reclamación de despido siendo, demandado el recurrente en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 1 de agosto de 1996 por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"Primero.- Probado que el demandante Enrique viene prestando servicios a la empresa demandada desde el día 1-7-65 con la categoría de Jefe de sección y percibiendo un salario mensual de 282.827 pesetas- Segundo.- Con fecha 6-7-95 recibió de la demandada, carta que literalmente dice: "Muy Sr. nuestro: La Dirección de esta Empresa ha tomado la decisión de extinguir su contrato de trabajo debido a la necesidad, objetivamente acreditada, de amortizar su puesto por causas económicas y organizativas, de acuerdo con lo establecido en el apartado C del artículo 52 del vigente Estatuto de los Trabajadores .- Entendemos que concurren en el supuesto presente las causas organizativas y económicas a que se refiere la norma citada, pues la adopción de esta decisión, que se toma conjuntamente con otras, contribuirá necesariamente a la viabilidad de la empresa y del empleo de la misma al resolver un problema de adecuar, organizativamente los recursos de la empresa.- Como usted sabe, la empresa ha tenido en el año 93, unas pérdidas auditadas, de .155.515.000 pesetas y. en el 94 ya constan preauditadas 315.209.000 pesetas de pérdidas. El Plan de Viabilidad que la empresa está realizando A CINCO AÑOS contempla alcanzar una rentabilidad, entre otras alternativas con amortización de puestos de trabajo entre los que se encuentra el suyo, como Jefe de cobros que venía realizando, actividad que. en un 90% se ejerce. y ejercerá con una Agencia de Cobros y con cobradores, y por tanto sin necesidad de sustitución alguna.- Así mismo le comunicamos que, con fecha de la presente carta, tiene a su disposición en nuestras oficinas el importe de 20 días por año de servicios prestado, con el máximo de una anualidad, lo que asciende a la cuantía de 2.394.000 pesetas (DOS MILLONES TRESCIENTAS NOVENTA Y CUATRO MIL PESETAS).- La fecha en que surtirá efectos la extinción de su contrato de trabajo será de 30 días a partir de la recepción de la presente, período durante el cual tendrá Ud. derecho, sin pérdida de su retribución, a una licencia de 6 horas semanales, con el fin de buscar nuevo empleo.- Una copia de este escrito se le comunica también hoy al Comité de Empresa para, su conocimiento. Una vez que llegue la fecha de extinción, tendrá asimismo en las oficinas de la Empresa, a su disposición, la liquidación que:. le corresponda.- Tenga la seguridad de que la empresa le agradece su colaboración leal durante el tiempo que prestó: sus servicios, pero en es este momento y por desgracia, no queda otra alternativa que tomar esta decisión no deseada en aras de la viabilidad de la empresa.- Orense, 4 de Julio de mil novecientos noventa y cinco. Fde. Everardo. DIRECTOR ECONÓMICO-FINANCIERO".

Tercero

con fecha 3-7-95 se emitió informe de Auditoría practicada por "Arthur Andersen" sobre la empresa demandada y en el que figura como medida a adoptar, entre otras, para garantizar la viabilidad de la empresa la reducción de la plantilla de 161 a 138 trabajadores, y cuyo contenido se da aquí por reproducido.-. Cuarto.- En el momento de recibir la carta arriba referenciada el demandante se hallaba en situación de Incapacidad Temporal.- Quinto.- Desde el 31-1-95 a 11-9-95 se produjeron 25 extinciones de relaciones laborales en la empresa demandada que tenía el día 31-l-95 161 trabajadores. Dichas, extinciones de relaciones laborales tuvieron las siguientes causas:

TRABAJADOR FECHA DE BAJA CAUSA DE LA BAJA

María Dolores 24 03-95 Fin de servicio

Darío 31-08-95 Despido objetivo Art. 52 .c

Juan Pablo 30-08-95 Despido objetivo Art. 52 .c

Jose Enrique 30-04-95 Despido objetivo Art.52 .c

Octavio 31-07-95 Despido objetivo Art.52 .c

Gloria 10-05 95 Despido

Sara 31-05-95 Despido

Iván 04-08-95 Despido objetivo Art. 52 .

Cecilia 30-04-95Despido objetivo Art.52 .c

Maribel 30-04-95 Despido objetivo Art.52 .c

Alicia 04-08-95 Despido objetivo Art.52 .c

Gaspar 31-07-95 Fin de servicio.

Juana 30-06-95 Despido objetivo Art.52 .c

María Cristina 31-05-95 Despido

Olga 30-04-95 Despido objetivo Art.52 .c

Carla 24-07-95 Fin de contrato

José 05-07-95 Fin de contrato

Eduardo 04-08-95 Despido objetivo Art. 52

Victoria 31-01-95 Despido

Augusto 05-08-95 Despido

Isidro 06-08-95 Fin de contrato

Jesús Manuel 30-06-95 Fin de servicio

Isabel 04-02-95 Fin de contrato

Carlos Ramón 30-09-95 Despido objetivo Art.52 .c

Silvio 30-09-95 Despido objetivo Art.52 .c

Pedro Jesús 30-09-95 Despido objetivo Art.52 .c

Rosario 19-09-95 Fin de servicio

Erica 24-11-95 Fin de contrato.

Juan Alberto 28-09-95 Fin de contrato

Everardo. 31-10-95 Despido

Ariadna 25-01-95 Fin de contrato

Teresa 19-05-95 Fin de contrato

TRABAJADOR FECHA DE BAJA CAUSA DE LA BAJA

Marco Antonio 21-09-95 No superar periodo prueba

Luz 17-10-95 Fin de contrato

Claudia 09-11-95 Fin de servicio

Sexto

Durante el año 1.995 se produjeron en la empresa demandada las siguientes Altas:

TRABAJADOR Nº AFILIACION FECHA ALTA

La Región S.A. Código Cuenta Cotización 32/0000375/75

María Dolores NUM000 27-02-95

Ismael NUM001 18-03-95

Juan Ramón NUM002 21-09-95

María Cristina NUM003 01-06-95

Augusto NUM004 06-08-95

María del Pilar NUM005 10-02-95

Jesús Manuel NUM006- 18-03-95

Angelina NUM007- 04-12-95

Juan María NUM008 05-12-95

La Región S.A Código Cuenta Cotización 32/0013300002

Benito NUM009 13-05-95

Marco Antonio NUM010 29-07-95

Nuria NUM011 10-11-95

Sonia NUM012 16-03-95

Gerardo. NUM013 27-11-95

Paulino NUM014 25-01-95

Jose Francisco. NUM015 12-05-95

Jose Francisco. NUM015 25-01-95

Claudia NUM016 10-11-95

Braulio NUM017 04-12-95

Ana María NUM018 21-11-95

Ana María NUM018 26-01-95

Rogelio NUM019 07-05-95

Lina NUM020 09-11-95

Javier NUM021 13-11-95

Daniel. NUM022 18-12-95

Séptimo

Con fecha 5-9-95 se celebró sin avenencia acto de conciliación ante el SMAC".

TERCERO

Que la parte diapositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"Que estimando la demanda formulada por Enrique contra LA REGIÓN, S.A. debo declarar y declaro la nulidad del despido del demandante y, en consecuencia, debo condenar y condenó a la demandada a que readmita de forma inmediata al demandante y a que abone los salarios dejados de percibir, a razón de 9.427 pts/día, con la limitación establecida en el art. 56.5 del Estatuto de los Trabajadores ".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.

PRIMERO

La sentencia de instancia estima la demanda, declarando La nulidad del despido del demandante y condena a la demandada a que lo readmita de forma inmediata y a que le abone los salarios dejados de percibir a razón de nueve mil cuatrocientas veintisiete pesetas día, con la limitación establecida en el art. 56.5 del Estatuto de los Trabajadores . Y este pronunciamiento se impugna por la empresa demandada haciendo en el primero de los motivos de su recurso, que ampara en el art. 191, letra b), de la Ley Procesal Laboral, las dos peticiones siguientes:

  1. Que a continuación del hecho probado Tercero se adicione un párrafo que diga: "La Empresa ha presentado unas pérdidas de 155.515.000 pts. en el año 1993 y en el año 1994 constan preauditados 315 Millones de Pesetas en pérdidas. Al objeto de solucionar tal estado económico, la empresa acudió a un préstamo de 700 Millones de Pesetas por un lado y 3 préstamos por importe de 1.100 Millones de Pesetas por otro, todo ello...

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