SAP Zaragoza 269/2013, 21 de Mayo de 2013

PonenteFRANCISCO ACIN GAROS
ECLIES:APZ:2013:1014
Número de Recurso4/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución269/2013
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00269/2013

SENTENCIA NÚMERO 269-13

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Iltmos. Señores:

Presidente :

  1. JULIÁN CARLOS ARQUÉ BESCÓS

    Magistrados:

  2. FRANCISCO ACÍN GARÓS

    Dª. MARÍA ELIA MATA ALBERT

    En Zaragoza, a veintiuno de mayo de dos mil trece.

    VISTOS por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario nº 1027/11, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA nº 20 de los Zaragoza, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACION nº 4/2013, siendo apelantes " IRON PROYECT S.L.", representada por la Procuradora de los Tribunales Dña Nuria Ayerra Duesca y asistida por la Letrada Dña Silvia Duato Lozano, e "INSTALACIONES Y CONTRATAS TENDEÑERA S.L.", representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Ivana Dehesa Ibarra y asistida por el Letrado D. Miguel Tejada Gallardo, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los que figuran en la sentencia apelada, y

PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 20, de los de Zaragoza, se dictó el 22 octubre 2012 sentencia que contiene el siguiente fallo:

"1.- Se estima en parte la demanda interpuesta por "Iron Proyect S.L." y se condena a "Instalaciones y Contratas Tendeñera S.L." a que abone a la indicada parte atora la cantidad de 9766,01 euros, mas los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de esta resolución.

  1. ) Se desestima la reconvención interpuesta por "Instalaciones y Contratas Tendeñera S.L." y se absuelve a "Iron Proyect S.L.".

  2. - Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Las respectivas representaciones de actor y demandada presentaron sendos escritos de recurso de apelación, de los que se dieron los correspondientes traslados, presentando en cada caso la contraria escrito de oposición.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sala y no habiéndose considerado necesaria la celebración de vista, se señaló día para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don FRANCISCO ACÍN GARÓS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

"Iron Proyect S.L.", subcontratada por "Instalaciones y Contratas Tendeñera S.L." (en adelante "Incoten"), que a su vez lo fue por "Conavinsa" para la ejecución de la fachada metálica del Colegio "Cándido Domingo", en Zaragoza, solicitó en su demanda la condena de "Incoten" al pago de 18.188,16 #, importe del 5 % que esta ultima retuvo como garantía en las facturas 50083 y 50084 -1948,40 # y 998,31 # respectivamente- y del total de la factura 50085 -15.242,14 #-.

Respecto de los conceptos de esta ultima factura opuso "Incoten" que se pactó un precio cerrado, quedando excluidos los precios por administración, y que en todo caso no procedía su abono por estar incluidos en las anteriormente abonadas, excepción hecha de los 2276 # diferencia entre los 6525,00 # del "forrado pilares" y los 4248,79 # del "remate cabecero ventanas" de la factura 50084-. Y respecto de las retenciones que, habiendo sido por su parte subcontratada por "Iron Proyect S.L." para la ejecución de una obra en "Plaza", tenia frente a ella un crédito de 10.983,21 #, suma de las cantidades retenidas en concepto de garantía por la ejecución de los trabajos -5 % de las facturas aportadas como docs 3, 4, 5 y 6 de la reconvención (folios 190 a 193)-. Por lo que, teniendo en cuenta los citados 2276,21 # pendientes de facturar y los 1948,40 # y 998,31 # por retenciones, resultaba a su favor un saldo de 5396,10 #, objeto de la reconvención formulada.

La sentencia de instancia estima en parte la demanda de "Iron Proyect S.L." y desestima la reconvención de "Incoten", condenando a esta a pagar a la primera 9766,01 #, más los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de la sentencia, teniendo en cuenta para ello a) que las partidas "remates verticales ventanas y cierres premarcos" y "remates extras" están incluidas en el concepto "revestimiento de chapa de acero", CA 10 del Anexo 1; b) que de los 6525 # más IVA del "forrado pilares" debían descontarse los 4278,79 # que se habían facturado y abonado indebidamente en la factura 50084 por "remate cabecero ventanas", pues tal partida está realmente incluida en el concepto "revestimiento de chapa de acero"; c) que "Iron Proyect" sí tiene derecho a cobrar los 1680 # e IVA facturados por "corte y rebajes proyectado fachada", inicialmente incluidos en la partida CA 10 "revestimiento placa lacado" y CA 29 "revestimiento chapa acero lacado pilares", al tratarse de una partida -alisado y recortado del proyectado de poliuretano- que debió realizar para cumplir debidamente con la parte de contrato a su cargo.

Recurren ambas partes:

"Iron Proyect S.L." solicita se estime íntegramente su demanda y se incluyan en la condena las partidas que no lo han sido en la primera instancia ("remates verticales ventanas y cierres premarcos", "remates extras" y "remate cabecero ventanas").

"Incoten", por su parte, considera que la cantidad total a la que tendría derecho la actora sería la de 6506,41 # -1948,40 # retención del 5 % en la factura 50083 + 998,31 # retención del 5 % en la factura 50084 + 2276,21 # por "forrado pilares" menos el "remate cabecero ventanas" en su día cobrado indebidamente en la factura 50084 + 792,50 # por "Aislante IBR"-, pero que, teniendo "Incoten" frente a "Iron Proyect S.L." un crédito a su favor por importe de 10.983,22 #, resulta a su favor un saldo de 4476,81 #, al pago de cuya cantidad solicita se condene a "Iron Proyect S.L.".

SEGUNDO

Recurso de Iron Proyect S.L. ".- Se dirige exclusivamente frente a la exclusión de la condena de las tres partidas de "remates verticales ventanas y cierres premarcos" y "remates extras" de la factura 50085 y "remate cabecero ventanas" de la factura 50084.

El Juez consideró a) que las partidas "remates verticales ventanas y cierres premarcos" y "remates extras" están incluidas en el concepto "revestimiento de chapa de acero", CA 10 del Anexo 1; b) que el hecho de que en la factura 50084 aparezca un "remate cabecero ventanas" y que los 4248,79 # a que asciende ya...

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