SAP Valencia 53/2013, 28 de Enero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución53/2013
Fecha28 Enero 2013

ROLLO Nº 000962/2012

SECCIÓN 10ª

SENTENCIA Nº 53/13

SECCIÓN DÉCIMA :

Ilustrísimos Sres .:

Presidente:

D.JOSE ENRIQUE DE MOTTA GARCIA ESPAÑA

Magistrados/as:

Dª Mª PILAR MANZANA LAGUARDA

D.CARLOS ESPARZA OLCINA

En Valencia, a veintiocho de enero de dos mil trece

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Liquidación del Régimen Economico Matrimonial nº 001058/2011, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ALZIRA, entre partes, de una como demandante, Antonieta representada por el Procurador D. ALBERTO MALLEA CATALA y defendido por la Letrada Mª ROSA SANZ PUEERTO y de otra como demandado, Domingo, representado por el Procurador D. DANIEL PRATS GRACIA y defendido por la Letrado Dª AMPARO ILLUECA FERRER.

Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª PILAR MANZANA LAGUARDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE ALZIRA, en fecha 20-3-12, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:"ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. María Climent Castillo en nombre y representación de Antonieta contra Domingo, siendo el inventario de la sociedad de gananciales existente entre ambos el siguiente :ACTIVO :el 14,31 por ciento de la vivienda sita en la CALLE000 inscrita en el Registro de la Propiedad de Alzira, al tomo NUM000, libro NUM001, folio NUM002 finca NUM003 e Inscripción NUM004 .Vivienda sita en AVENIDA000 número NUM005, CALLE001 número NUM006 de Carcaixent. PASIVO:1)Un crédito del SR. Domingo contra la sociedad de gananciales por importe de

10.771,65 euros, por el valor de las obras de mejoras realizadas en la vivienda de la CALLE000 .2)Un crédito del Sr. Domingo contra la sociedad de gananciales por importe de 210,37 por las contribuciones pagadas sobre la vivienda de la CALLE000 .Un crédito del Sr. Domingo contra la sociedad de gananciales por importe de 61.544 euros por el importe pendiente de pago en el momento de la disolución del régimen económico matrimonial de la vivienda de la CALLE001 .Un crédito del Sr. Domingo contra la sociedad de gananciales por importe de 1.029,31 euros por lo pagado en concepto de IBI sobre la vivienda de la CALLE001 .5) Un crédito del Sr. Domingo contra la sociedad de gananciales por valor de 1.922,21 euros por los gastos de notaria por la compra de la vivienda de la CALLE001 .No se hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia debiendo abonar cada unos las causadas a su instancia y las comunes por mitad."

En fecha 17 de mayo se dictó auto, por el que en el fundamento de derecho segundo y en el fallo añade "un crédito del Sr. Domingo contra la sociedad de fananciales por importe de 4.308, 08 euros por los impuestos pagados por la adquisición de la vivienda y un crédito del Sr. Domingo por importe de 4.678.02 euros contra la sociedad de gananciales por la cantidad de pagada por la entrega de llaves."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día de hoy para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado prueba.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la dirección letrada de la parte recurrente se impugna la proporcionalidad ganancial de la vivienda que constituía el domicilio familiar que se ha expresado en el activo del inventario; y en cuanto al pasivo, 1) el crédito a favor de la contraparte de 1.922,21 euros por los gastos de Notaria y adquisición del inmueble ganancial sito en la CALLE001 ; 2) el crédito a su favor por importe de 10.771,65 euros por las obras de rehabilitación d ella vivienda y 3) el crédito de 210 euros de él frente a la sociedad de gananciales por el importe de los IBIS abonados con posterioridad a la disolución#ñon de la sociedad.

La sociedad de gananciales objeto del presente inventario,...

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