STSJ Comunidad de Madrid 191/2013, 9 de Abril de 2013
Jurisdicción | España |
Emisor | Tribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala social |
Fecha | 09 Abril 2013 |
Número de resolución | 191/2013 |
NIG : 28.079.34.4-2013/0058898
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIALSECCIÓN 4ª- (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 4 0051862 /2012
Demandante/s: CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO CGT, FEDERACIÓN DE SERVICIOS A LA CIUDADANÍA DE COMISIONES OBRERAS CCOO, FEDERACIÓN REGIONAL DE SERVICIOS UGTMADRID FES-MADRID
Demandado/s: ENTE PÚBLICO RADIO TELEVISIÓN MADRID TELEMADRID, TELEVISIÓN AUTONOMÍA MADRID, S.A. TELEMADRID, RADIO AUTONOMÍA MADRID, S.A., COMITÉS DE EMPRESA DEL ENTE PÚBLICO Y SUS SOCIEDADES, FOGASA
DEMANDA nº 18/2013 y 23 y 24/2013 acumulados
Sentencia número: 191/2013
Ilmos. Sres.
-
JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO
Dª MARÍA LUZ GARCÍA PAREDES
Dª MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ
En Madrid, a nueve de abril dos mil trece. Habiendo visto las presentes actuaciones, seguidas en la modalidad procesal de impugnación de despidos colectivos, la Sección 4ª de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y
POR LA AUTORIDAD
QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En la demanda registrada bajo el nº 18/2013 y 23 y 24/2013 acumulados, interpuestas respectivamente por la FEDERACIÓN REGIONAL DE SERVICIOS UGT-MADRID, representada y asistida por el Letrado
-
José Antonio Serrano Martínez, FEDERACIÓN DE SERVICIOS A LA CIUDADANÍA DE COMISIONES OBRERAS CCOO, representada y asistida por el Letrado D. Enrique Lillo Pérez y la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO CGT, representada por el Secretario General D. Pedro Francisco y asistida por los Letrados D. Francisco Saúl Talavera y D. Jacinto Morano González, contra ENTE PÚBLICO RADIO TELEVISIÓN MADRID, representado por D. Luis Angel, Director General del mismo y asistido por el Letrado D. Armando, TELEVISIÓN AUTONOMÍA MADRID, S.A. y RADIO AUTONOMÍA MADRID, S.A., representados y asistidos por el Letrado D. Jonatan Molano Navarro y contra los COMITÉS DE EMPRESA DEL ENTE PÚBLICO RADIO TELEVISIÓN MADRID, TELEVISIÓN AUTONOMÍA MADRID, S.A. y RADIO AUTONOMÍA MADRID, S.A. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, en materia de despido colectivo, habiendo actuado como Ponente la Ilma. Sra . Dª MARÍA DEL CARMEN PRIETO FERNÁNDEZ .
En fecha 28 de enero de 2013 se presentó escrito de demanda en el Registro de este Tribunal por el Letrado D. José Antonio Serrano Martínez, en representación de Federación Regional de Servicios UGT-Madrid FES-Madrid, sobre despido colectivo, con entrada en esta Sección de Sala en 29 de enero de 2013.
Admitida la demanda a trámite, por Decreto de la Secretaria Judicial de fecha 1 de febrero de este año se señalaron las audiencias de los días 1 y 4 de marzo para la celebración del juicio.
En fecha 4 de febrero de 2013 se presentó demanda por D. Enrique Lillo Pérez, en representación de la Federación de Servicios para la Ciudadanía de Comisiones Obreras CCOO y en fecha 5 de febrero siguiente se presentó demanda por el Secretario General de la Federación Gráfica Estatal de la Confederación General del Trabajo CGT, D. Pedro Francisco, en representación de la Confederación General del Trabajo, ambas demandas sobre despido colectivo y al igual que la primera de ellas contra las empresas, Ente Público Radio Televisión Madrid, Televisión Autonomía Madrid, S.A. y Radio Autonomía Madrid, S.A., dictándose Decretos núm. 3 y 4/2013, de fecha 6 de febrero, señalándose juicio para los mismo días 1 y 4 de marzo.
Con fecha 6 de febrero de 2013 se dictó Auto acumulando las tres demandas presentadas, celebrándose el juicio oral en el día fijado, con el resultado que consta en el acta, que al efecto se practicó, y en el que la parte actora se afirmaron y ratificaron en sus demandas, oponiéndose las empresas codemandadas.
Por la representación del Sindicato CCOO se desiste en el Acto del Juicio Oral de la pretensión consistente en que "se declare nulo el despido colectivo por lesión de derechos fundamentales, en conexión con los hechos que expone en su demanda sobre la afectación de dichos derechos fundamentales a los representantes de los trabajadores incluidos en el expediente.
Practicándose en el Acto las pruebas propuestas por las partes asistentes, previa declaración de pertinencia y en trámite de conclusiones, todas las partes elevaron a definitivas sus peticiones, quedando el juicio concluso y visto para sentencia.
HECHOS PROBADOS
Con fecha 28 de enero de 2013 se presentó ante esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, demanda de Despido Colectivo por el Letrado D. José Antonio Serrano Martínez, en representación de Federación Regional de Servicios UGT-Madrid FES-Madrid, contra Ente Público Radio Televisión Madrid, Televisión Autonomía Madrid, S.A., Radio Autonomía Madrid, S.A., Comités de Empresa de las tres Sociedades, sobre despido colectivo, a la que se han acumulado las demandas interpuestas por
-
Enrique Lillo Pérez, en representación de la Federación de Servicios para la Ciudadanía de Comisiones Obreras CCOO y por Secretario General de la Federación Gráfica Estatal de la Confederación General del Trabajo CGT, D. Pedro Francisco, en representación de la Confederación General del Trabajo, igualmente por despido colectivo, en las que se solicita se declaren nulos los despidos llevados a cabo el Ente y sus Sociedades, y, subsidiariamente no ajustados a derecho.
Sobre la Naturaleza Jurídica del Ente y sus Sociedades.
El Ente Público Radiotelevisión Madrid, tiene atribuida por la Ley 13/1984, que lo creó, la función de gestionar el servicio público de radiodifusión y televisión en la Comunidad de Madrid. Se define como Ente Público sometido en su relaciones Jurídicas externas al Derecho privado. El Ente público, de conformidad con su Ley fundacional, desarrolla su actividad por medio de dos sociedades anónimas: Telemadrid y Radio Autonomía Madrid. Telemadrid, se puso en marcha el 2 de mayo de 1989 como empresa pública de Televisión, por Decreto 123/1984, de 27 de diciembre y 122/1982, de 22 de diciembre. La sociedad está administrada por un Administrador único. Las relaciones de trabajo de los trabajadores de ambas sociedades se rigen por la Legislación laboral y un Convenio Colectivo del Ente Público y sus Sociedades.
El Ente y sus dos sociedades se financian con aportaciones consignadas en los presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, por la comercialización y venta de sus productos y por la participación en el mercado de la publicidad. A fecha 30 de noviembre de dos mil doce la plantilla del Ente y sus sociedades Dependientes (Telemadrid y Radio Autonomía Madrid) estaba compuesta por 1161 trabajadores de los cuales 193 tienen un contrato temporal. Los 1161 trabajadores se desglosan de la siguiente forma:
-Ente Público Radio Televisión Madrid: 114 trabajadores. -Televisión Autonomía Madrid. S.A.: 967 trabajadores. -Radio Autonomía Madrid. SA.: 80 trabajadores.
El Plan económico Financiero 2012-2014 de la Comunidad de Madrid, establece una propuesta de medidas de austeridad aplicables al sector público de dicha Comunidad, con una reducción de un 5% en las aportaciones a los Entes y Empresas del Sector Público de la Comunidad de Madrid, excepto los Entes Públicos Hospitalarios, esta medida se concreta en una reducción presupuestaria en la Ley 7/2012, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad de Madrid, para el año 2013, que asigna a las demandadas la cantidad de 70.974.600 euros.
Tramitación del Despido Colectivo.
El cinco de diciembre de dos mil doce, el Ente Público Radio Televisión Madrid y sus Sociedades dependientes iniciaron los trámites legales para la tramitación del Despido Colectivo de 925 trabajadores, con comunicación, del inicio formal del correspondiente periodo de consultas, a los representantes legales de los trabajadores en del Centro de trabajo afectado, y a sus secciones sindicales, situado en el Paseo del Príncipe 3, 28223 de la Ciudad de la Imagen de Pozuelo de Alarcón (Madrid).
La Comunicación también se dirige a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad Autónoma de Madrid, habida cuenta de que el despido colectivo afecta a trabajadores que desarrollan su actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid.
A la reunión del cinco de diciembre asiste el Notario Don Juan Ramón Ortega Vidal, a requerimiento empresarial, con el objeto de tomar nota de los asistentes y recoger sus manifestaciones. A posteriormente reuniones asiste una Inspectora de trabajo.
Tribunal Superior de Justicia de Madrid -Sección nº 04 de lo Social- Despidos colectivos 18/2013
El periodo de consultas se inicia el 5 de diciembre 2012 y termina el día 4 de enero 2013; SIN ACUERDO.
Sobre la documentación aportada.
En el Expediente se ha examinado la documentación que se expone a continuación.
A)- Documentación presentada con la comunicación de inicio del expediente a la autoridad laboral.
Nombramiento de D. Luis Angel como Director General del Ente Público Radio Televisión Madrid y escrituras de nombramiento como administrador único de las sociedades dependientes del Ente.
Número y clasificación profesional de los trabajadores afectados por el despido, desglosados por direcciones organizativas.
Número y clasificación profesional de todos los trabajadores empleados habitualmente durante el último año por las...
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