Acuerdo - Compañía Española de Petróleos SAU, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 3 de Mayo de 2013
Fin de Vigencia 3 de Mayo de 2013
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 106 de 03/05/2013

Visto el texto del acuerdo relativo al mantenimiento del plan de acceso a la jubilación parcial previsto en el apartado 13 del capítulo XIII del Convenio colectivo de la empresa «Compañía Española de Petróleos, S.A.U.» (CEPSA) (código de convenio número 90100172122013), en los términos adoptados el día 21 de marzo de 2013, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra, por las secciones sindicales CC.OO., UGT, USO, CGT, CJN y A-T-S, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de abril de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO RELATIVO AL MANTENIMIENTO DEL PLAN DE ACCESO A LA JUBILACIÓN PARCIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA «COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE PETRÓLEOS, S.A.U.»

En Madrid, a 21 de marzo de 2013, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la «Compañía Española de Petróleos, S.A.U.» (CEPSA), compuesta por las personas que se reseñan a continuación:

Por la Dirección de la empresa:

Don Laureano Albán Lorenzo.

Don Jose Alfonso Martínez Cueto.

Por parte de la representación sindical:

Por la sección sindical de CC.OO.:

Don Nicolás Pérez Plasencia.

Por la sección sindical de UGT:

Don José Manuel Oliva Pazos.

Por la sección sindical de USO:

Don Rafael Gómez Gómez.

Por la sección sindical de CGT:

Don Alain Perera López.

Por la sección sindical de CJN:

Don José Antonio Fernández Castillo.

Por la sección sindical A-T-S:

Doña Elena Monroy Ceña.

Ambas partes, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 3.1.c), 88 y 89 del Estatuto de los Trabajadores y en base a sus representaciones respectivas, han alcanzado un acuerdo en materia de jubilación parcial, en los términos que se establecen a continuación:

Primero.

Renovar hasta el 31 de diciembre de 2018 el Plan de...

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