Resolución nº 00/973/2007 de Tribunal Económico-Administrativo Central, 11 de Junio de 2008

Fecha de Resolución11 de Junio de 2008
ConceptoOtros Tributos y Exacciones
Unidad ResolutoriaTribunal Económico-Administrativo Central

RESOLUCIÓN:

En la Villa de Madrid en la fecha arriba señalada, en la reclamación que pende ante este Tribunal Económico-Administrativo Central interpuesta en nombre y representación de ..., por su presidente D. ..., con domicilio a efectos de notificaciones en ..., contra la resolución de 19 de diciembre de 2006 de la Diputación Provincial de ..., por la que se desestiman diversos recursos de reposición interpuestos contra liquidaciones en concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

ANTECEDENTESDEHECHO

PRIMERO: El Presidente de la Diputación Provincial de ... dictó la resolución desestimatoria indicada, haciendo constar al final de la misma que "De conformidad con lo previsto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación. No obstante, si lo considera conveniente, puede utilizar y ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente".

SEGUNDO: El Presidente del ... interpone mediante escrito de 1 de febrero de 2007 dirigido a este Tribunal Central, lo que denomina requerimiento contra el acuerdo anterior, alegando cuanto considera conveniente, y solicitando la anulación de las liquidaciones tributarias notificadas y de ser el caso, de otras emitidas, así como la baja en el Padrón de las referencias a favor de ... de ...

FUNDAMENTOSDEDERECHO

úNICO: Esta impugnación suscita una cuestión previa de carácter procesal cual es la relativa a la competencia de este Tribunal Económico-Administrativo Central para conocer de la misma, al tener por objeto un acto dictado por la Diputación Provincial de ... en materia de liquidación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, que conforme se hizo constar en su notificación puso pone fin a la vía administrativa, y siendo pertinente el recurso contencioso-administrativo, debe declararse inadmisible la presente reclamación.

Por lo expuesto,

ESTE TRIBUNAL ECONóMICO-ADMINISTRATIVO CENTRAL, EN SALA, como resolución de la presente reclamación ACUERDA: declararla inadmisible.

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