STSJ Cantabria 405/2012, 15 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución405/2012
Fecha15 Mayo 2012

S E N T E N C I A nº 000405/2012

Iltmo Sr. Presidente

D. Rafael Losada Armada

Iltmos. Sres. Magistrados

Dª Esther Castanedo Garcia

D. Juan Piqueras Valls

------------------------------------ En la Ciudad de Santander, a quince de mayo de dos mil doce. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recursode apelación nº 416/11, interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº Uno de Santander, de fecha 21 de octubre de 2011 por Dª Casilda representada por el procurador D. Enrique Pando Mollá y defendido por el Letrado D. Juan José Portilla Fariña siendo la parte apelada EL AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE BEZANA representada por el Procurador Dª Verónica Monar González y defendido por la Letrada D. Félix Pardo Fernández. Es ponente el Ilmo. Sr. D. Juan Piqueras Valls, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación se interpuso el día 10 de noviembre de 2011 por la representación de la parte apelante contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº Uno de Santander, dictada en fecha 21 de octubre de 2011, que en el fallo dice: "Se desestima íntegramente la demanda interpuesta por el procurador Sñr. Pando Mollá, en nombre y representación de doña Casilda contra la resolución del Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana de fecha 6/3/2009 por el que se desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 12-11-2008.

SEGUNDO

Del recurso de apelación se dio traslado a la parte demandada solicitando la misma se dicte sentencia por la que se confirme la sentencia dictada por el Juzgado de Instancia en su integridad, ello con expresa imposición de costas.

TERCERO

En fecha 16 de diciembre de 2011 se elevaron las actuaciones a esta Sala y no habiéndose solicitado la apertura de período probatorio, ni celebración de vista o conclusiones por escrito, se declaró el recurso concluso para sentencia, y señalándose para la votación y fallo el día 25 de abril de 2012, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los antecedentes y los Fundamentos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a los siguientes y

PRIMERO

Dª Casilda interpuso recurso de apelación frente a la sentencia dictada en fecha 21 de octubre de 2011, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de los de Santander y solicita que se dicte Sentencia anulando la sentencia apelada por ser disconforme a derecho y resolviendo conforme al suplico de la demanda. La parte apelante articula las pretensiones que formula a la Sala a través del presente recurso de apelación sobre los motivos siguientes:

  1. ) Incorrecta valoración de la prueba practicada y

  2. ) Inaplicación del principio de proporcionalidad.

SEGUNDO

EL Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana se opone al recurso de apelación y solicita que se dicte Sentencia desestimándolo, confirmando la Sentencia de instancia e imponiendo las costas a la parte recurrente.

El Ayuntamiento apelado articula su oposición a las pretensiones formuladas por la parte apelante sobre los motivos siguientes:

La Sentencia apelada valora correctamente la prueba obrante en el expediente y la practicada en los autos y

La Sentencia apelada no infringe el principio de proporcionalidad, puesto que la resolución administrativa no se integra en el derecho sancionador.

TERCERO

El presente recurso de apelación se integra en una controversia que, en la primera instancia, quedó planteada y fue resuelta en los siguientes términos:

Doña Casilda interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Excmo Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana de fecha 6 de marzo de 2.009 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de 12 de noviembre de 2008 por la que se ordenó, entre otras, la demolición de las obras por edificar una vivienda de dos plantas en la CALLE000 NUM000 NUM001 de Soto de la Marína".

La recurrente solicitó que se declarase nulo el acto impugnado y con imposición de costas, por entender que la resolución impugnada no es conforme a Derecho, pues aunque "no niega en modo alguno el que se hayan efectuado obras que por necesidades técnicas y constructivas difieren de la Licencia de pintado de fachada otorgada por el Ayuntamiento" resulta que:

-Dichas obras no pueden ser calificadas de nueva planta, a tenor de lo dispuesto en el art. 46.4 de las NUR.

-Son obras legalizables en una edificación fuera de ordenación, pues afectan a la salubridad y ornato de la misma (art. 88 de la LOTRUSCA y 47 de las NUR), ya que no ha habido aumento de volumen y se infringe el principio de proporcionalidad.

3) El Ayuntamiento de Bezana se opuso al recurso contencioso-administrativo y solicitó su desestimación con costas, por entender que la resolución impugnada es conforme a Derecho, ya que:

-La actora obtuvo licencia para el pintado de la fachada, de una cabaña sita en suelo no urbanizable de Protección Absoluta ubicado en la zona de Protección Litoral.

-La actora ha realizado, sin embargo, obras que afectan a la estructura y a la cubierta completa de la cabaña, a obras no legalizables a tenor de las Normas Subsidiarias de Santa Cruz de Bezana ( arts 5.13.4.6 y 3.9.3.h) y del art. 34 de la Ley 2/2004 del Plan de Ordenación del Litoral y

-No cabe invocar el principio de proporcionalidad frente a infracciones de esta entidad, por lo que la demolición es ajustada a Derecho y

4) El Juzgado de Instancia desestimó íntegramente la demanda, mediante la sentencia apelada, por entender que:

"Son hechos probados y no controvertidos que"

-La actora ha realizado una serie de obras en la parcela de su propiedad calificada como suelo no urbanizable de protección absoluta y en zona de protección de litoral.

-Tales obras no estaban amparadas por licencia pues solo se solicitó licencia para pintura de fachada de una cabaña.

-No se discute y queda acreditado que en esa parcela existía una cabaña de madera, edificio en situación de...

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