STSJ Cataluña 589/2012, 17 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución589/2012
Fecha17 Septiembre 2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA. BARCELONA

Recurso de apelación contra sentencias nº 713/2011

Partes: Alvaro

C/ SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 589

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Javier Bonet Frigola

Doña Montserrat Figuera Lluch

Don Héctor García Morago

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de septiembre de dos mil doce.

VISTOS POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 713/2011, interpuesto por Alvaro, representado por el Procurador de los Tribunales DANIEL FONT BERKHEMER y asistido de Letrado, contra la SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA, representada y defendida por el ABOGADO ESTADO.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Montserrat Figuera Lluch, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Contencioso Administrativo 14 de Barcelona dictó en el Procedimiento abreviado nº 560/2010, la Sentencia nº 277/2011, de fecha 2 de septiembre de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de

D. Alvaro y en consecuencia anular la sanción de expulsión impuesta en la resolución de21 de septiembre de 2010, dictada por la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, sanción que debe ser sustituida por una de multa en la cuantía que la administración estime procedente de acuerdo con las circunstancias de graduación legalmente establecidas; sin hacer expreso pronunciamiento en cuanto a las costas.

".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, siendo parte apelante Alvaro y apelada SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA.

TERCERO

Desarrollada la apelación se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 13 de septiembre de 2012.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso de apelación la Sentencia dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo num. 14 de Barcelona de fecha 2 de septiembre de 2011 que estima parcialmente el recurso contencioso administrativo formulado por la representación procesal de Alvaro contra la Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona de fecha 21 de septiembre de 2010, por la que se acordó imponer al actor la sanción de expulsión del territorio nacional con prohibición de entrada en España por un período de 5 años, por la comisión de la infracción tipificada en el artículo 53.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social (en adelante LOE).

SEGUNDO

La sentencia apelada acuerda estimar el recurso, anular la resolución impugnada y la sanción de expulsión impuesta que acuerda asimismo deberá ser sustituida por una de multa en la cuantía que la administración estime procedente de acuerdo con las circunstancias de graduación legalmente establecidas.

Frente a la misma se alza la parte actora, al considerar que el Juez de lo Contencioso Administrativo, tras anular la sanción de expulsión impuesta, debió proceder a determinar la sanción pecuniaria que correspondía en su lugar. Al no hacerlo así y remitir la determinación de la misma a la Administración demandada, no habría observado la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la materia que permite tal determinación.

Por su parte, la Abogacía del Estado, se opone al recurso de apelación.

TERCERO

La Sentencia de...

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