STSJ Comunidad Valenciana 1359/2012, 15 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1359/2012
Fecha15 Mayo 2012

2 Rec. C/Sent. Nº 697/12

Recurso contra Sentencia núm. 697 de 2012

Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro

Presidente

Ilma. Sra. Dª María Montes Cebrian

Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz

En Valencia, a quince de mayo de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1359/2012

En el Recurso de Suplicación núm. 697/12, interpuesto contra la sentencia de fecha 18 de octubre de 2011 dictada por el Juzgado de lo Social núm. Nueve de Valencia, en los autos núm. 730/11, seguidos sobre Despido, a instancia de D. Carlos Alberto y D. Juan Ignacio asistidos por el Letrado D. Ricardo Peralta Ortega, contra TECNOLOGÍA Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. asistida por la Letrada Dª María Jesús Buendía Bermúdez, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr.

D. Francisco José Pérez Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 18 de octubre de 2011 dice en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Carlos Alberto y D. Juan Ignacio contra la empresa TECNOLOGÍA Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A, debo absolver y absuelvo a la citada demandada de la pretensión en su contra deducida.- Notifíquese la presente resolución al S.P.E.E.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Los demandantes D. Carlos Alberto, con DNI nº NUM000 y D. Juan Ignacio, con DNI nº NUM001, venían prestando servicios por cuenta y dependencia de la empresa demandada TECNOLOGÍA Y SERVICIOS AGRARIOS, S. A con CIF nº B-A79365821, cuyo capital es íntegramente de titularidad pública, con la categoría profesional de Analista- Programador y salario mensual bruto prorrateado de 2.250 euros, desde el 8-3-2010 y el 15-3-2010, respectivamente.- (Hecho conforme).- SEGUNDO.- Dicha relación laboral se formalizó en las fechas indicadas mediante la suscripción por las partes de un contrato de trabajo por obra o servicio determinado, para prestar sus servicios desde dichas fechas hasta finalización de los trabajos de su especialidad y categoría dentro del servicio objeto del contrato que era para D. Juan Ignacio : " Prestación de servicios para la actualización del sistema de tramitación de ayudas del fondo europeo de pesca(SIT@EP)de la Consellería de Agricultura Pesca y Alimentación" encargo de la capa expediente NUM002 "; y para D. Carlos Alberto : "Realización de tareas de análisis, programación, documentación, pruebas e implantación de los subsistemas que componen el aplicativo, en la AT actualización del sistema de tramitación de ayudas al fondo europeo de pesca, encargo capa de la GV".- En la cláusula séptima del contrato se pactó la aplicación a las partes del Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingenieria y Oficinas de Estudios Técnicos.- (Doc. 1 y 5 aportados por la parte demandada).- TERCERO.- El mismo día 15-3-10 D. Juan Ignacio suscribió inicialmente con la demandada otro contrato temporal "Para la realización de la obra o servicio "Asistencia Técnica para tareas de análisis, programación, documentación, pruebas e implantación de los subsistemas que componen el aplicativo "Agrored fase V", encargo de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación de la Comunidad Valenc"; si bien que, a última hora, la demandada decidió destinar a D. Juan Ignacio a la realización del Programa que constituye el objeto del contrato descrito en el hecho anterior; habiendo prestado sus servicios ambos demandantes únicamente en la realización de dicho programa.- ( Doc. 2 de la parte demandada, alegaciones de ésta e interrogatorio de los actores).-CUARTO.- Que en fecha 16-2-10 la CONSELLERÍA DE AGRICULTURA PESCA I ALIMENTACIÓ, comunicó por escrito a la empresa demandada que, en relación al asunto : "Contratación de la "PRESTACIÓN DE SERVICIOS LA ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE TRAMITACIÓN DE AYUDAS AL FONDO EUROPEO DE PESCA ( SIT@FEP) DE LA CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN), visto el pliego de condiciones técnicas presentado sobre la contratación de una prestación de servicios para el mantenimiento del sistema de tramitación de ayudas al Fondo Europeo de Pesca, y estando en tramitación dicho expediente administrativo, por un importe de TRESCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON TRECE CÉNTIMOS( 302.663#12e) IVA incluido, a cargo de la aplicación presupuestaria 714 y con la siguiente distribución de anualidades (.....) se solicita, que en tanto no se disponga de la

oportuna resolución se inicien los trabajos necesarios para el cumplimiento del mencionado servicio técnico.".-(Doc. 14 de la parte demadada).- QUINTO.- Con fecha de registro de salida 5-5-10, la CONSELLERÍA DE AGRICULTURA PESCA I ALIMENTACIÓ dictó la "RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ORDENA LA EJECUCIÓN DE: "PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE TRAMITACIÓN DE AYUDAS DEL FONDO EUROPEO DE PESCA ( SIT@FEP) DE LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN)" ; acordando dicha ejecución a cargo de la empresa demandada, con un plazo de ejecución hasta el 15 de enero de 2011.- (Doc. 15 de la parte demandada).- SEXTO.- Se da por reproducido el PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS para la contratación de de la prestación de los servicios citados, obrante en autos, en el que constaba que se estimaban necesarios los siguientes recursos: un Titulado, un Jefe de Proyecto, un Analista, un Analista Programador y un Programador Senior ; que para el seguimiento y control de las actividades la CAPA nombraría un Director que velaría por el cumplimiento de las actividades descritas así como su implantación en el periodo establecido; que el cliente designaría un responsable del proyecto, el cual dirigiría o realizaría el seguimiento de los trabajos correspondientes; y que el Responsable Técnico del Proyecto, nombrado por Tragsatec, sería una persona de responsabilidad de la empresa, que ejercería las funciones de supervisión y control, estando el personal contratado bajo su directa responsabilidad.- (Doc. 16 de la parte demandada).- SÉPTIMO.- Mediante escrito de fecha 21 de diciembre de 2010 la CONSELLERÍA DE AGRICULTURA PESCA I ALIMENTACIÓ comunicó a TECNOLOGÍA Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A la admisión de su solicitud de ampliación del plazo de ejecución de la referida prestación de servicios hasta el día 30-4-11; y, mediante escrito fechado el día 29-4-11, le comunicó la admisión de la nueva solicitud de la demandada de ampliación del plazo de ejecución, hasta el 31-5-11, última prórroga.- (Docs 17 y 18 de la parte demandada y testifical de D. Sixto y Dª Antonia ).- OCTAVO.- En fecha 13-5-11 la empresa TECNOLOGÍA Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A comunicó a los actores, mediante escrito...

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