SAP Granada 166/2012, 13 de Abril de 2012
Ponente | ANGELICA AGUADO MAESTRO |
ECLI | ES:APGR:2012:353 |
Número de Recurso | 7/2012 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 166/2012 |
Fecha de Resolución | 13 de Abril de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO Nº 7/2012
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE LO MERCANTIL DE GRANADA
ASUNTO: JUICIO ORDINARIO N º 238/2010
PONENTE: SRA. ANGÉLICA AGUADO MAESTRO
S E N T E N C I A N º 166
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. JOSÉ REQUENA PAREDES
MAGISTRADOS
Dª ANGÉLICA AGUADO MAESTRO
D. KLAUS JOCHEN ALBIEZ DOHRMANN
En la Ciudad de Granada, a 13 de abril de 2012.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 7/2012- los autos de Juicio Ordinario nº 238/2010, del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de lo Mercantil de Granada, seguidos en virtud de demanda de Kuwait Petroleum España, S.A., representado por la procuradora doña Aurelia García-Valdecasas Luque y defendido por el letrado don José Mª Bento San Román; contra don Melchor, representado por la procuradora doña Mª Luisa Labella Medina y defendido por por el letrado don Eduardo Poyatos Jiménez; contra Estación de Servicio Gójar, S.L., declarado en situación de rebeldía procesal.
Por el mencionado Juzgado se dictó sentencia en fecha 6 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por la representación de KUWAIT PETROLEUM ESPAÑA S.A. contra ESTACIÓN DE SERVICIO GÓJAR S.L.:
Debo condenar y condeno a la demanda a que pague a la actora la suma de 37.786,14 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde el vencmiento de la factura.
Condeno igualmente a la compañía demandada al pago de las costas causadas en esta instancia.
Y desestimando la demanda interpuesta por la actora contra D. Melchor, absuelvo al demandado de la pretensión ejercitada en su contra, con imposición de las costas causadas a la demandante". SEGUNDO: Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso; una vez remitidas las actuaciones a la Audiencia Provincial fueron turnadas a esta Sección Tercera el pasado día 10 de enero de 2012; señalándose para votación y fallo el día 12 de abril de 2012.
Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. ANGÉLICA AGUADO MAESTRO.
La representación de Kuwait Pretroleum España, S.A., interpone recurso de apelación frente a la sentencia dictada en primera instancia que le condena a pagar las costas ocasionadas al codemandado absuelto, don Melchor, contra el que ejercitaba de manera acumulada una acción de reclamación de cantidad como administrador único de la mercantil Estación de Servicio Gójar, S.L., que sí ha sido condenada a pagar la suma de 37.786,14 euros por el combustible que se le suministró en su día, intereses legales y costas.
Considera la parte recurrente que la sentencia dictada en primera instancia infringe el art. 394 de la LEC, al concurrir en el caso de autos dudas de hecho y de derecho que justifican la no imposición de costas a la parte actora, teniendo en cuenta que el administrador no había presentado las cuentas anuales de la sociedad desde el año 2005 en que se constituyó. Frente a ello la defensa del Sr. Melchor entiende que no existen las dudas planteadas de contrario, pues de la simple existencia de una deuda no puede deducirse de manera automática la responsabilidad del administrador, salvo que concurran los requisitos fijados por la jurisprudencia que no acontecen en el caso de autos. Responsabilidad que no se deduce por el hecho de no haber depositado las cuentas anuales ante el Registro Mercantil, circunstancia que es reconocida por el Sr. Melchor y acreditada con el documento nº 2 aportado con el escrito de demanda (fol. 24), sin que el administrador haya explicado los motivos de este incumplimiento de sus obligaciones.
Como indica la sentencia dictada en primera instancia, la no presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil no...
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