SAP Barcelona 545/2012, 12 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución545/2012
Fecha12 Julio 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSEXTA

ROLLO Nº. 575/2011-DM

JUICIO VERBAL NÚM. 1259/2010

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 3 BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 545/2012

Ilmo. Sr. Magistrado

DON PASCUAL MARTIN VILLA

En la ciudad de Barcelona, a doce de julio de dos mil doce.

VISTOS, por la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial constituida por un solo Magistrado en aplicación del art. 82.2, L.O.P.J . reformada por L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, los presentes autos de Juicio verbal, número 1259/2010 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 3 Barcelona, a instancia de FINCONSUM, E.F.C., S.A. representado por el Procurador D. Francisco Javier Manjarín Albert, contra Paulina representada por el Procurador Dª. Gracia Soler García, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la Sentencia dictada el día veintisiete de enero de dos mil once por el Sr. Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"

FALLO

Desestimar la demanda formulada por el procurador Fco javier Manjarin Albert en representación de FINCONSUM contra Paulina representada por la procuradora Gracia Soler Garcia absolviendo a la demandada de los pedimentos de la actora con costas a ésta ".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Finconsum, E.F.C., S.A. mediante su escrito motivado, dándose traslado a la parte contraria que se opuso en tiempo y forma legal. Elevados los autos a esta Audiencia Provincial se procedió a dar el trámite pertinente.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de Derecho contenidos en la resolución recurrida, y

PRIMERO

Por la Sra. Magistrada-Juez en sustitución del Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de los de Barcelona se dictó sentencia en fecha 27 de enero de 2011 en un juicio verbal sobre reclamación de cantidad mediante la que se desestimó íntegramente la demanda formulada por una entidad financiera al no haber quedado acreditada la realidad de la deuda exigida en este procedimiento a través de la correspondiente prueba documental; por lo que le fueron impuestas las costas procesales de la primera instancia.

Frente al contenido de dicha resolución se alza ahora la entidad financiera reclamante por medio de un recurso de apelación por infracción procesal, al no haber permitido la Sra. Magistrada-Juez del primer grado unas alegaciones complementarias al escrito de demanda inicial ni haberle permitido la aportación de una prueba documental en la que sustentaba su pretensión de resarcimiento. A este recurso se ha opuesto la demandada.

SEGUNDO

El recurso por infracción procesal posee unas características singulares dentro de la apelación en la que se haya inserto. Efectivamente, conforme a lo preceptuado en el art. 459 de la LEC, requiere las citas de las normas que se consideren infringidas y la alegación, en su caso, de la indefensión sufrida. El apelante, además, deberá acreditar que denunció oportunamente la infracción si hubiera tenido oportunidad procesal para ello. En el caso que nos ocupa, como a continuación se razonará, el presente recurso por infracción procesal deberá ser acogido.

Es doctrina de la denominada jurisprudencia menor (por todas, SAP Valencia, Sección 11ª, de 26 Mayo 2008 ) que cuando el procedimiento a seguir en caso de oposición al procedimiento monitorio sea el verbal (como acontece en el presente supuesto), el juicio declarativo subsiguiente se halla mediatizado tanto por la petición inicial como por la oposición frente a...

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