SAP Ciudad Real 15/2012, 28 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución15/2012
Fecha28 Junio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00015/2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de CIUDAD REAL

- Domicilio: C/ CABALLEROS, 11 PRIMERA PLANTA

Telf: 926 29 55 00

Fax: 926-253260

Modelo: 213100

N.I.G.: 13034 77 2 2011 0101513

ROLLO: R.APELACION ST MENORES 0000017 /2012

Juzgado procedencia: FISCALIA MENORES de CIUDAD REAL

Procedimiento de origen: EXPEDIENTE DE REFORMA 0000169 /2011

RECURRENTE: SENT3NCI

SE

curador/a:

SEE S SSS SENTENCI

S Le SENTENCIA NUM. 15

ILMOS./AS. SRES./SRAS

Presidenta

DÑA.MARIA JESUS ALARCON BARCOS

Magistrados

DÑA. PILAR ASTRAY CHACON

D. ALFONSO MORENO CARDOSO

En CIUDAD REAL, a veintiocho de junio del de dos mil doce.

VISTO, por esta Sección 1 de esta Audiencia Provincial en la causa arriba referenciada, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador SRA. OSSORIO GONZALEZ, en representación de Rodolfo, y otro, contra Sentencia dictada en el procedimiento EXR : 169/2011 del JDO. DE MENORES nº: 1 ; habiendo sido parte en él, como apelante el mencionado recurrente, y como apelados Luis Antonio y Artemio, representado por el Letrado D. JUAN MANUEL LUMBRERAS HERRERO, y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como Ponente la Ilma. Sra. Dña. MARIA JESUS ALARCON BARCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia con fecha 23.2.2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Que procede acordar respecto de cada uno de los menores Luis Antonio y Artemio, por la comisión de un delito de lesiones, la medida de 6 meses de Tareas Socio Educativas, a sustituir en caso de incumplimiento, por 4 fines de semana de permanencia en centro de reforma.

Absuelvo a los menores Luis Antonio y Artemio de las infracciones del delito de daños y falta de lesiones que se les imputaba.

Condeno a ambos menores Luis Antonio y Artemio a abonar solidariamente entre sí y junto con sus padres a los perjudicados las siguientes cuantías:

Indemnizar a la parte perjudicada, Rodolfo, con la cantidad de 2.580 euros por las lesiones caudas.

Indemnizar a Fulgencio, con 615 euros por la lesiones causadas."

HECHOS PROBADOS

No se acepta el relato de hechos probados que queda redactado en los siguientes términos:

PRIMERO

Entre las 7:00 h y las 8:00 h ESTELACORROTO se encontraba en la discoteca PINK, concretamente en la parte en la que están situados los servicios de la referida discoteca, se acerca a ella Fulgencio dando lugar ello a un incidente que no es objeto de enjuiciamiento en este procedimiento.

SEGUNDO

Entre las 7:00 h y las 8.00 h, Luis Antonio, al ver el incidente anterior intervino para a continuación Artemio y Luis Antonio agredir a Rodolfo y Fulgencio, les golpean llegando a tirarles al suelo, ambos llegaron a perder el conocimiento.

Rodolfo tuvo lesiones consistentes en fractura sin desplazar de tercio proximal de peroné derecho, traumatismo craneoencefálico leve, abrasiones, hemorragia conjuntival leve en ojo derecho y herida en labio superior, precisó para su curación, además de una primera asistencia facultativa tratamiento médico y estuvo impedido para sus ocupaciones habituales un total de 45 días, los 37 primeros impeditivos. Ha curado sin secuelas.

Fulgencio tuvo lesiones consistentes en policontusiones con inflamación en zona malar izquierda, dorso nasal y erosiones en frente, dorso nasal y rodillas, también hematoma discreto palpebral inferior bilateral, precisó para su curación, además de una primera asistencia facultativa tratamiento médico y estuvo impedido para sus ocupaciones habituales un total de 13 días, los 2 primeros impeditivos. Ha curado sin secuelas.

Artemio tuvo lesiones consistentes en contusión en pómulo derecho, contusión en parte posterior hombro derecho, contusión y erosión en muslo derecho.

Luis Antonio tuvo lesiones consistentes en abrasión lineal en región intraocular derecha, abrasión lineal de 3 cm. En región izquierda del cuello, equimosis leve en dorso de falange proximal de cuarto dedo de mano derecha, abrasión circular de 2 cm. En rodilla izquierda, dolor en hipocondrio derecho a la palpación de última costilla.

TERCERO

La reparación del vehículo Renault Clío matrícula KG-.... . Y ha ascendido a un total de

2.178,58 euros. En dicha tasación se distinguen solo dos concepto, uno de piezas, recambios y materiales de pintura y otro de mano de obra.

En reportaje fotográfico aparece el vehículo con los cristales rotos, el parachoques y varios desconchones de pintura.

Rodolfo admite que los desconchones de la pintura del vehículo son anteriores al día de autos. No ha quedado acreditado que los autores de los daños hubiesen sido los expedientados.

CUARTO

Los expedientados, Luis Antonio y Artemio, tras la agresión a Rodolfo y Fulgencio . se fueron a casa del primero, tras ellos fueron Rodolfo y Fulgencio . En las inmediaciones de la vivienda de Luis Antonio se produce un nuevo altercado entre los cuatros implicados, los dos menores, expedientados y los dos denunciantes, en el mismo median, entre los menores y los denunciantes, insultos y agresiones, de

menor entidad que las anteriores."

URRIDO/

Procurr/a: trado/a:

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada por el Juzgado de Menores de Ciudad Real ha sido objeto de recurso tanto por la representación procesal de la acusación particular, como por otro lado los menores condenados en la instancia.

Por razones de sistemática analizaremos en primer lugar el recurso formulado por la representación procesal de la acusación particular, quien solicita se revoque la resolución de instancia en el sentido de excluir de los hechos probados cualquier declaración o imputación referente a aquellos que se encuentran incursos en un procedimiento penal ante la jurisdicción de mayores, en cuanto que supone prejuzgar la causa que se sigue en la misma.

No falta razón a la parte recurrente, dado que el relato de hechos probados, recoge pormenorizadamente la intervención de cada uno de los presuntos participes en el incidente acaecido 13 de marzo de 2011, sin exclusión de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR