STSJ Comunidad de Madrid 749/2012, 10 de Mayo de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 749/2012 |
Fecha | 10 Mayo 2012 |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda
C/ General Castaños, 1 - 28004
33009730
NIG: 28.079.33.3-2008/0112232
RECURSO 1.449/2008
SENTENCIA NÚMERO 749
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
----- Ilustrísimos señores :
Presidente.
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez
Magistrados:
D. José Daniel Sanz Heredero
Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí
D. Miguel Ángel García Alonso
D. Francisco Bosch Barber
------------------- En la Villa de Madrid, a diez de mayo de dos mil doce.
Vistos por la Sala, constituida por los Señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.449/2008, interpuesto por la entidad COMITÉ OLÍMPICO ESPAÑOL, representada por el Procurador Dª. Cristina Matud Juristo, contra la resolución dictada el 22 de septiembre de 2008 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución dictada el 3 de junio de 2008, por la que se accedía a la inscripción de la marca 2.791.998 " OLIMPICA FM ". Ha sido parte demandada la OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, representada por el Abogado del Estado.
Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito presentado el 20 de noviembre de 2009, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte demandada, para contestación a la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 27 de mayo de 2010, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la desestimación de las pretensiones deducidas en la demanda.
Con fecha 10 de mayo de 2012 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Daniel Sanz Heredero.
El presente recurso tiene por objeto la impugnación de la resolución dictada el 22 de septiembre de 2008 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución dictada el 3 de junio de 2008, por la que se accedía a la inscripción de la marca
2.791.998 " OLIMPICA FM ", para distinguir productos y servicios de la clase 38 ª: "Telecomunicaciones".
La precitada resolución estima que no concurre la causa de prohibición de registro contenida en el artículo 6.1 de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre, así como tampoco la prevista en el artículo 5.1.f) de la citada Ley de Marcas en relación con el artículo 49 de la Ley del Deporte, al no utilizarse ninguna de las denominaciones en dicho precepto recogidas, ni se trata de un signo que pueda prestarse a confusión con las marcas oponentes OLIMPIADA, COMITÉ OLÍMPICO y JUEGOS OLÍMPICOS.
La mercantil recurrente muestra su disconformidad con las resoluciones impugnadas aduciendo, en síntesis, la indisponibilidad del término OLIMPICA al estar incurso en la prohibición contenida en el artículo 49 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte . Además sostiene la concurrencia de la prohibición relativa contemplada en el artículo 6.1.b) de la ya citada Ley de Marcas . Y por último, resalta la notoriedad, reputación y prestigio de las marcas obstaculizantes del Comité Olímpico Español, y ello a los efectos del artículo 8.1 de la ya referida Ley de Marcas .
El Abogado del Estado, en la representación en que actúa, se muestra conforme con el criterio expuesto en la resolución impugnada, por lo que solicita la desestimación del recurso contencioso-administrativo objeto del presente procedimiento.
Examinado el contenido de las resoluciones impugnadas, así como las alegaciones vertidas por las partes personadas, para la correcta resolución de la cuestión litigiosa objeto del...
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