STSJ Comunidad de Madrid 279/2008, 20 de Febrero de 2008

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2008:3071
Número de Recurso6/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución279/2008
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº 6/06

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00279/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO nº 6/06

SENTENCIA Nº 279

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

D.ª Mª Jesús Vegas Torres

D. José Félix Martín Corredera

En Madrid, a veinte de febrero de dos mil ocho.

Vistos los autos del recurso número 6/06 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Sra. De Mera González, en nombre y representación de D. Carlos Manuel en representación de la Sociedad Civil Hipermercado Oriental fu Zhou, sobre visado. Ha sido parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante demanda presentada en fecha 4-1-06, acordándose su admisión en fecha 16-1-06, con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 25-9-06, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 25-9-06 en el cual suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

No solicitado el recibimiento a prueba, vista ni conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 14-2-08 en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo resolución de la Embajada en Pekín de fecha 28-9-05 que denegó visado de trabajo por cuenta ajena a la natural de China Dª. Nuria.

SEGUNDO

Con fecha 31-3-05, la empresa Hipermercado Oriental Fu Zhou S.C. presentó ante la Delegación de Gobierno en Aragón solicitud de autorización para residencia y trabajo a favor de la citada extranjera, recayendo con fecha 25-7-05 resolución favorable que fué notificada al solicitante como condicionada a la obtención del visado. Con esta resolución la Sra. Nuria solicitó en la Embajada el visado que le fué denegado por "existir indicios suficientes para dudar de la veracidad de los motivos alegados para solicitar el visado, ya que la interesada, tras la entrevista practicada, no conoce el...

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