SAN, 4 de Julio de 2012

PonenteCONCEPCION MONICA MONTERO ELENA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2012:2940
Número de Recurso219/2011

SENTENCIA

Madrid, a cuatro de julio de dos mil doce.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido Vimarva S.L. , . , y en su nombre y representación la Procuradora Sra. Dª Ana Arranz Grande, frente a la Administración del Estado , dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 8 de marzo de 2011 , relativa a IVA, siendo la cuantía del presente recurso de 273.700,34 y 183.952,44 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO : Se interpone recurso contencioso administrativo promovido por promovido Vimarva S.L., y en su nombre y representación la Procuradora Sra. Dª Ana Arranz Grande, frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 8 de marzo de 2011, solicitando a la Sala, declare la nulidad de la Resolución impugnada.

SEGUNDO : Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente para que en plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en el escrito de demanda consta literalmente.

Dentro de plazo legal la administración demandada formuló a su vez escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que a tal fin estimó oportuno.

TERCERO : No habiéndose solicitado recibimiento a prueba, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día tres de julio de dos mil doce.

CUARTO : En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales previstas en la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y en las demás Disposiciones concordantes y supletorias de la misma.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

PRIMERO : Es objeto de impugnación en autos la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 8 de marzo de 2011 que desestima la reclamación interpuesta por la hoy actora relativa a IVA, dictada en revisión de la ejecución del Acto del propio TEAC de 22 de septiembre de 2009.

SEGUNDO : La actora sostiene que el acto del que trae causa la ejecución que es objeto de autos, ha sido anulado por el TSJ de Cataluña, y que por ello la Resolución impugnada ha...

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