STSJ Galicia 3604/2012, 19 de Junio de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Junio 2012
Número de resolución3604/2012

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15078 44 4 2011 0000898

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001569 /2012 GA

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 608/2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 3 de SANTIAGO DE COMPOSTELA

Recurrente/s: CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE, Florencio

Abogado/a: LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL), MARIA MILAGROS VERDE CRESPO

Procurador/a:,

Graduado/a Social:,

Recurrido/s: TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL(TRAGSATEC)

Abogado/a: ESTHER SANCHEZ DEL CUETO LOSADA

Procurador/a: JORGE BEJERANO PEREZ

Graduado/a Social:

ILMOS/AS SRES/AS MAGISTRADOS D/Dª

ANTONIO J. GARCIA AMOR

BEATRIZ RAMA INSUA

RICARDO RON LATAS

En A CORUÑA, a diecinueve de Junio de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACIÓN 1569/2012, formalizado por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA, y la LETRADA Dª MILAGROS VERDE CRESPO, en nombre y representación de la CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, y de D. Florencio, respectivamente, contra la sentencia dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de SANTIAGO DE COMPOSTELA en el procedimiento DEMANDA 608/2011, seguidos a instancia de D. Florencio frente a TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL- (TRAGSATEC), y la CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. RICARDO RON LATAS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Florencio presentó demanda contra TECNOLOGIAS Y SERVICIOS AGRARIOS, S.A. -SDAD. UNIPERSONAL- (TRAGSATEC), y la CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha catorce de Julio de dos mil once, siendo aclarada por auto de fecha 22 de agosto de 2011.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "PRIMERO.- D. Florencio mayor de edad, con DNI número NUM000 prestó servicios, últimamente por cuenta de la entidad mercantil Transformación Agraria, SA -Tragsa-, desde el día 22 de Febrero de 2002 con la categoría profesional de titulado de grado superior como Licenciado en Ciencias Físicas con un salario mensual de 2.082'21 Euros incluido el prorrateo de pagas extraordinarias un contrato TEMPORAL por obra o servicio determinado que tenía coma objeto la Encomienda de la gestión para la predicción del clima, el seguimiento del estado ecológico de las aguas, el control de la calidad del aire y el sistema de información ambiental y predicción del clima./ SEGUNDO.-Que desde el inicio de su relación prestó servicio en el Departamento de Predicción Numérica e Investigación de Meteorológica perteneciente a la Conselleria de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia cuyo Subdirector es Juan Alberto, que a la vez es Director de Meteogalicia le ordenó pasar a trabajar e n el departamento de Predicción operativa./ Que el trabajo realizado en este departamento de Predicción numérica: Mantenimiento de la operativa de los modelos meteorológicos con los que se trabaja en METEOGALICIA./ Soporte Control del funcionamiento de áreas de elaboración de productos gráficos y numéricos..

-Soporte y apoyo e las tareas de predicción operativa de Meteogalicia antes de ser trasladado al Departamento de Predicción numérica.

-Participación en las reuniones de coordinación del departamento anterior.

-Tareas múltiples de Investigación desarrollo e innovación.

-Tareas de diversa naturaleza por encargo de la Dirección Técnica de Meteogalicia/ TERCERO-Que en fecha de 27 de junio de 2011recibe mensaje del Sr. Juan Alberto ofreciéndole una plaza en METEOGALICIA como personal laboral grupo 1 Categoría 37./ CUARTO- El día 9 de Marzo de 2011 el trabajador presenta una solicitud de servicio de almacenamiento al Centro de Supercomputación de Galicia para el proyecto de Meteogalicia - Xunta de Galicia./ QUINTO.- Que en la misma fecha presentó solicitud de acceso a Recurso Especiales del mismo Centro justificando dicha solicitud en que los recursos serán utilizados para la ejecución de un modelo meteorológico dentro de las actividades del Departamento de Predición Númerica e Investigación de Meteogalicia./ SEXTO-Que el trabajador solicita y obtiene autorización del Sr. Juan Alberto para participar en el Proyecto titulado " Repercusión de los factores climáticos en el desarrollo de los modelos para la prevención de incendios en el Noroeste de España./ SEPTIMO.-Que el Sr. Juan Alberto dirige mensaje a Florencio . Balseiro de Meteolgalicia recordando que las facturas, gastos, permisos y vacaciones deben pasar por la Administración de Meteogalicia./ OCTAVO.- Que todas las facturas de de los diferentes gastos como mobiliario de oficina o de instalación de equipos son abonadas por la Xunta./ NOVENO- Que el titular de del dominio METEOGALICIA.ES es la Comunidad Autónoma gallega./ DECIMO.-Que en fecha de 6 de Julio de 2010 se firma un convenio entre la Conselleria del Medio ambiente y el CESGA en el que se hace constar que la Secretaria General de Calidad y valoración ambiental para la gestión y desenvolvimiento del sistema d predicción meteorológica de Galicia cuenta con un servicio público METEOGALICIA dentro de su estructura orgánica./ UNDECIMO.-Que en el listado de teléfonos del edificio Meteogalicia y Subdirección Xeral de Investigación cambio climático e información ambiental aparece como perteneciente al departamento de de Predicción operativa el demandante SR. Florencio / DECIMOSEGUNDO.-Que en el organigrama dela secretaria General de Calidad y y evaluación ambiental aparece como Subdirector de Investigación, cambio climático información ambiental el Sr. Juan Alberto / DECIMOTERCERO.- Que desde la Xunta y respecto a la solicitud de informes meteorológicos se da a conocer que puede hacerse a través de la página web medioambiente.xunta .es/ DECIMOCUARTO.- Que se publicita en el local perteneciente o mejor donde se sitúa Meteogalicia como Conselleria de Medio Ambiente de la Xunta./ DECIMOQUINTO.- Que en fecha de 8 de febrero de 2010 se firmo un convenio entre los Conselleiros de Medio Ambiente y el del Medio Rural un Convenio para unificar como único gestor a Meteogalicia./ DECIMOSEXTO.-Que en el plan Territorial de contingencias aprobado por la Xunta respecto a la contaminación marina integra a Meteogalicia como centro oficial dependiente de la Xunta de Galicia./ DECIMOSEPTIMO.- Que la Xunta cedió las instalaciones del EGAP a Meteogalicia mediante resolución de 23 de Abril de 209./ DECIMO OCTAVO.-Que a tenor del Convenio Colectivo Único de la Xunta de Galicia el salario fijado para TITULADOS SUPERIORES ES DE 1.785'87 euros MAS LA PP Pagas extras de 439'70 Euros mas 490 Euros en concepto de complemento especifico cnfigurandose los trienios den 28'53 Euros al mes./ DECIMONOVENO.- Que con fecha de 11 de Marzo de 2011 La empresa TRAGSATEC envía al demandante una carta comunicándole que que en su nombramiento había un error puesto que no era para ser por servicio determinado sino para sustituir la vacante de Dña. Micaela por embarazo y a la vez COMUNICANDOLE EL CESE por incorporación de esta a su puesto de trabajo. En este documento se le anuncia qua causara baja en la empresa el día 14 de Marzo de 2011 ; en dicho documento la empresa reconoce la improcedencia del despido y pone a su disposición la cantidad de

3.337'43 Euros en concepto de indemnización,/ En razon a la prueba documental de la codemandada TRAGSA (sociedad estatal mercantil anónima de las previstas en el art. 6.1.a) de la Ley General Presupuestaria, que cumple servicios esenciales en materia de desarrollo rural y conservación del medio ambiente, regulada por el artículo 8 de la Ley 66/97, de 20 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de la orden social y por el Real Decreto 371/1999, de 5 de marzo). resulta cierto:/ VIGESIMO.- Qua el Trabajador trabajo para TRAGSATEC perteneciente al Grupo TRAGSA desde el 22 de Febrero de 2008 al 1 de Febrero de 2011, participando en los trabajos qua en fecha de 23 de Diciembre de 2010 por la Xunta de Galicia se comunican a la empresa TRAGSATEC:

Encomienda de Gestión para el Control y calidad del aire. Encomienda de gestión para la predicción del clima, seguimiento del estado ecológico de las aguas,el sistema de información ambiental y el cambio climático .

Encomienda de la gestión para-aque desarrolla la Secretaria General de Calidad y evaluación ambiental.

Encomienda de Gestión para el control, gestión y análisis de Proyectos y actividades relacionadas con los procedimientos de evaluación ambiental y con la autorización ambiental integrada el análisis, gestión y control de expedientes de productores y gestores de residuos. Encomienda de la gestión para la prestación del apoyo jurídico y técnico y administrativo de los trabajos./ VIGESIMOPRIMERO.- Que con fecha de 3 de Enero de 20011 se ordena ala empresa TRAGSATEC la gestión de los trabajos de la Encomienda de Gestión para seguimiento del estado ecológico de las aguas y el sistema de información ambiental y el cambio climático en relación con el Convenio de 31 de Agosto de 1985 firmado por la Xunta y la empresa TRAGSA./ Que en esa Orden de ejecución de trabajos se establece que dichos trabajos se consideraran efectuados con medios propios de la administración./ El representante de la empresa TRAGSATEC Sr. ANSIAS BACELAR acepta expresamente la orden de ejecución de los trabajos./ VIGESIMOSEGUNDO- Que la citada...

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