STSJ Comunidad Valenciana 2665/2010, 28 de Septiembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2665/2010
Fecha28 Septiembre 2010

Rec. contra sent nº 2007/10

Recurso contra Sentencia núm. 2007 de 2.010

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Ramón Gallo Llanos

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a veintiocho de septiembre de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2665 de 2.010

En el Recurso de Suplicación núm. 2007/10, interpuesto contra la sentencia de fecha 26-4-10, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Castellón, en los autos núm. 199/10, seguidos sobre DESPIDO, a instancia de D. Gregorio, asistido del Letrado D. José Ramón Montoya Martínez, contra VIVES AZULEJOS Y GRES S.A., representado por el Letrado D. Javier Garriga Navarro, y en los que es recurrente el demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 26-4-10 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que, ESTIMANDO la demanda de despido interpuesta por DON Gregorio contra VIVES AZULEJOS Y GRES SA sobre DESPIDO, debo declarar y declaro la IMPROCEDENCIA del despido del demandante y condeno a la demandada a que, a su opción, le readmita en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones que regían con anterioridad a tal cese, o a que le indemnice con la suma de 132.963,18 euros. ".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "1º.- Don Gregorio comenzó a prestar servicios para la demandada Vives Azulejos y Gres SA el día 1 de julio de 1978, siendo su categoría profesional al tiempo de ser despedido Jefe de Riesgos y Compras y su salario 3.165,79 euros mensuales, con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Al ser despedido prestaba servicios en el centro de trabajo de Alcora (Castellón).La empresa demandada se dedica a la actividad de fabricación de cerámica y azulejos y tiene más de veinticinco trabajadores.2º.- El día 9 de enero de 2010 le fue notificada la iniciativa empresarial de proceder a la extinción de la relación laboral por despido disciplinario, mediante la comunicación escrita, fechada y con efectos del día 7 de enero de 2010. La carta de despido es del siguiente tenor literal: "Muy Sr. nuestro: Desde hace ya algunos meses, hemos venido observando un bajo rendimiento en su trabajo ordinario, y ello a pesar de que, aparentemente, siempre se encuentra en su puesto de trabajo. Por dicho motivo y a la vista de todo ello, iniciamos en octubre de 2009 una pequeña investigación para controlar el trabajo por Ud. realizado, accediendo a la cuenta de correo de la empresa a su nombre, abierta como es lógico al acceso de todos los trabajadores, pudiendo comprobar que desde su cuenta de correo y también a través de internet, repetimos de la empresa, realiza a diario gestiones varias de sus empresas SERVICIOS INDUSTRIALES GRINS 2007, S.L. y TODAQUIMIA, S.L., tales como envío de cartas, ordenes e instrucciones, pagos y cobros, acceso a sus cuentas bancarias para la realización de diversas operaciones, apuntes contables, etc., tareas todas ellas que le llevan a invertir tiempos que van desde los quince minutos a varias horas a lo largo de cada día, lo cual supone un grave detrimento en el cumplimiento de sus obligaciones con nuestra empresa y que el rendimiento no sea el debido. También hemos comprobado que utiliza un "pen driver" para realizar trabajos de sus empresas y otros personales, si bien y por el carácter personal y protegido legalmente, no hemos accedido a estos soportes. En cualquier caso, y durante su jornada laboral, su actividad debe encaminarse a la realización de los trabajos de VIVES AZULEJOS Y GRES, S.A., que es para la que Ud. está contratado y percibe su correspondiente salario, y no dedicado como Ud. hace a la gestión de sus propias empresas, en horario de trabajo y haciendo además uso de los medios puestos a su disposición, como es el correo electrónico de la empresa, Internet, etc..Como Ud. sabe, existen instrucciones de la empresa desde el 19 de diciembre de 2005, por el que se informó a todo el personal de oficina, la puesta en marcha de un programa que permite conocer las web que visita cada trabajador y la hora a la que se accedía a ellas, en donde se prohibía expresamente el uso de internet para funciones que no fueran las propias del trabajo desempeñado, limitándose o impidiéndose el acceso. En este sentido, Ud. dirigió un correo el 13 de noviembre de 2008 al responsable de informática de la empresa,

D. Valentín, en el que le indicaba que como Jefe de Riesgos y Compras, solicitaba que su ordenador tuviera acceso absoluto a internet sin ningún tipo de impedimento, petición a la que accedió la empresa. Por el contrarío, Ud. ha desvirtuado dicha autorización para realizar gestiones propias de sus empresas y en tiempo de trabajo. Incluso en muchas ocasiones utiliza el propio correo de Vives Azulejos y Gres, S.A., para remitir e-mails de sus gestiones privadas, y en ese mismo correo de la empresa también recibe otros ajenas a las gestiones encomendadas, a modo de ejemplo, el 30 de septiembre de 2009, recibió uno de D. Enrique, que se identifica como Responsable del Departamento de Exportación de sus empresas, solicitándole las nóminas de diciembre-2008, enero-2009, mayo-2009 y julio-2009, contestándole Ud. que a ese e-mail (el de Vives Azulejos y Gres, S.A.) no le mande más correos, que se las dejaría encima de la mesa. No obstante, ha seguido recibiendo correos en nuestra cuenta de correo a su nombre, mandando igualmente Ud. otros, a pesar de que tiene una cuenta personal, desconocemos si por razones de rapidez u otras. Aunque como es obvio, Ud. conoce perfectamente los trabajos que realiza a diario ajenos al trabajo de esta empresa, a modo de ejemplo el 2 de octubre de 2009 accede a las 11:48 horas a internet para hacer unas consultas en el BBVA relativas a Servicios Industriales Gruís, S.L., y posteriormente a hojas de estadísticas de ventas de Servicios Industriales Grins, S.L. y Todaquimia, S.L.; el 5 de octubre de 2009 a las 11:02 horas accede a internet para realizar consultas en el Banco Sabadell relativas a Servicios Industriales Grins, S.L., y por la tarde y en el mismo Banco a las 17:37 sobre Todaquimia, S.L.; el 7 de octubre de 2009 a las 14:32, sobre un tema de hojas excel de vencimientos, posteriormente hace consultas al BBVA sobre Servicios Industriales Grins, S.L., y a las 16:03 horas para la remisión de libros de contabilidad de Todaquimia y la otra empresa; el 8 de octubre de 2009, vuelve a acceder a internet a las 12:00 horas para consulta bancaria en el Banco Sabadell sobre Grins; el 13 de octubre de 2009 a las 08:10 horas sobre hojas de vencimientos de clientes de sus empresas; el 14 de octubre de 2009, entra a las 08:27, 9:37, 14:51; 14:56, 15:00, 15:07, para ver hojas de vencimientos de clientes, hojas de pagos y cobros de Todaquimia, hojas excel de vencimientos, consultas bancarias de ambas empresas, etc.; el día 15 de octubre de 2009, a las 15:10 y 16:04 horas entra para realizar gestiones con la Agencia Tributaria sobre Servicios Industriales Grins, S.L, y Todaquimia, S.L., así como hojas de contabilidad; el día 16 de octubre de 2009, entra a las 10:59, 11:13, 15:02 y 15:34 horas, para realizar todo tipo de gestiones de sus empresas, balances de ambas, consultas bancarias y con la Agencia Tributaria; el 19 de octubre de 2009, entra a las 08:23, 09:56, 10:07, 10:16, 14:45 y 17:15 horas, donde continua con gestiones con la Agencia Tributaria, a diarios de facturación de ambas empresas, hojas excel de ventas de Todaquimia, S.L., relación de ventas a Crédito y Caución de ambas empresa, así como diversas consultas bancarias; el 20 de octubre de 2009, a las 08:25 y 14:51 horas, realiza consultas bancarias de sus empresas; el 21 de octubre de 2009 entra en cinco ocasiones en internet y a diversas horas para consultas con bancos, hojas excel de bancos y hojas excel de vencimientos de clientes; el día 23 de octubre de 2009, enero a las 09:32 horas para realizar una consulta de hojas excel de facturas.Habiendo causado baja por Incapacidad Temporal, se interrumpió la investigación, esperando que a su retorno, dichos hechos fueran algo puntual, aunque dada la anterior relación de hechos expuestos, teníamos serias dudas de que así fuera. Y, efectivamente, el día 14 de diciembre de 2009, una vez reincorporado de su baja, a las 11:20 horas entro en internet para hacer consultas bancarias de Servicios Industriales Grins, S.L. y Todaquimia, S.L.; el 15 de diciembre de 2009 entra a las 09:44, 12:50, 15:20 y 15:40 horas para realizar consultas bancarias, hojas excel, hojas de gastos de sus empresas y a un formulario de censo agrario; el 16 de diciembre de 2009, entra a las 10:35 horas para sus habituales consultas bancarias, y a las 18:03 horas para la remisión de prórrogas de Crédito y Caución relativas a Servicios Industriales Grins, S.L.; el 17 de diciembre de 2009, entra a las 12:36, 15:25, 16:57 y 17:00 horas, para consultas bancarias, consultas de hojas excel., remisión de ventas de Crédito y caución y una estadística de ventas; el 18 de diciembre de 2009 entra a las 09:31, 09:36, 12:47 y 16:59 para consultas en los Bancos Sabadell, BBVA y BSCH de ambas empresas, así como hojas de estadísticas de ventas, entre otras; el día 21 de diciembre de 2009, entra en internet en ocho ocasiones a lo largo del día para diversas consultas bancarias, así como para solicitar un justificante de pago de Transunión; el día 22 de diciembre de 2009 tan sólo hace una entrada a las 09:35 para consulta bancaria; y el día 23 de diciembre de 2009, entra a las 09:35, 09:54, 10:20, 12:29 y 2:37, para realizar consultas bancarias en Banco Sabadell,...

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