SAP Valencia 114/2012, 22 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución114/2012
Fecha22 Febrero 2012

ap-vlc, secc. 3ª, apa 57/12 - 1

AUDIENCIA PROVINCIAL

VALENCIA

- - -SECCIÓN TERCERA

APA 57/12

PA 130/11

JPenal nº 10

PA 47/10

JInstr nº 1

Carlet

SENTENCIA

Nº 114/2012

En la ciudad de Valencia, a veintidós de febrero de dos mil doce.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, compuesta por don Carlos Climent Durán, como Presidente, y doña Lucía Sanz Díaz y doña Regina Marrades Gómez, como Magistrados, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia dictada en el procedimiento cuyos datos identificativos obran al margen.

Han intervenido en el recurso, como apelante Romualdo, representado por el Procurador don Fernando Modesto Alapont y defendido por el Letrado don Rafael Espert Antón, y como apelado el Ministerio Fiscal, representado por doña Rosa María Ruiz Ruiz, y ha sido Ponente el Magistrado don Carlos Climent Durán, quien expresa el parecer del Tribunal.

Antecedentes de hecho
Primero

La sentencia recurrida, número 435, de fecha 3 de octubre de 2011, declaró probados los hechos siguientes: El acusado Romualdo, de nacionalidad rusa, mayor de edad y sin antecedentes penales, en virtud de sentencia de divorcio dictada en fecha 1 de febrero de 2.007 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Alzira en su procedimiento número 594/2006, venía obligado a pagar a la que fuera su esposa Ana, en concepto de contribución a las cargas del matrimonio y alimentos para el hijo menor de edad del matrimonio, que actualmente cuenta con 8 años de edad, una cantidad de 150 euros mensuales pagaderos dentro de los cinco primeros días de cada mes mediante ingreso en la cuenta corriente que se designare por la madre, debiendo actualizarse anualmente dicha suma de acuerdo con las variaciones que experimentara el IPC. Así las cosas el acusado, pese a ser conocedor de su obligación de pago, y sin que mediara causa justificada para ello, no abonó las pensiones correspondientes a los meses de julio de 2.008 y agosto de 2.009, coincidiendo con periodos vacacionales en que el menor estaba con él. Posteriormente, en el mes de diciembre de 2.009 dejó de abonar la referida pensión; situación que se ha prolongado hasta la fecha de celebración del juicio oral. Ana, que interpuso en nombre de su hijo menor denuncia en fecha 18 de enero de 2.010, reclama las cantidades dejadas de abonar en concepto de pensión. El acusado está diagnosticado de trastorno de pánico con agorafobia.

Segundo

El fallo de la sentencia apelada dice: DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado Romualdo

, como autor de un delito de abandono de familia por impago de pensiones del art. 227.1º del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DOCE MESES DE MULTA, a razón de DIEZ EUROS (10,00 #) como cuota diaria, con la correspondiente responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 440/2013, 20 de Mayo de 2013
    • España
    • 20 Mayo 2013
    ...Sala, compuesta como se hace constar, ha visto el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, Sección Tercera, de fecha 22 de febrero de 2012 . Han intervenido el Ministerio Fiscal; como recurrentes Alonso David representado por la Procuradora......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR