ATS, 18 de Octubre de 2011

PonenteJUAN ANTONIO XIOL RIOS
ECLIES:TS:2011:10005A
Número de Recurso630/2011
ProcedimientoCASACIóN
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2011
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Octubre de dos mil once. I. HECHOS

  1. - Por la representación procesal de "OROZCOSANZ 2003, S.L." se presentó el día 22 de febrero de 2011 escrito de interposición del recurso de casación contra la Sentencia dictada con fecha 13 de diciembre de 2010 por la Audiencia Provincial de Granada (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 505/2010, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 392/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Granada.

  2. - Por Diligencia de Ordenación de fecha 4 de marzo de 2011 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado la misma a las partes litigantes con fecha 8 y 10 de marzo de 2011.

  3. - La Procuradora Dª Belén Jiménez Torrecillas, en nombre y representación de "OROZCOSANZ 2003, S.L.", presentó escrito ante esta Sala con fecha 18 de marzo de 2011, personándose en concepto de recurrente . La Procuradora Dª María Jesús González Díez, en nombre y representación de "INVERSIÓN Y RENTABILIDAD, GRUPO INMOBILIARIO, S.L." presentó escrito ante esta Sala con fecha 22 de marzo de 2011, personándose en calidad de parte recurrida .

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Juan Antonio Xiol Rios, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "OROZCOSANZ 2003, S.L." al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC 2000

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  1. PARTE DISPOSITIVA LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de "OROZCOSANZ 2003, S.L." contra la Sentencia dictada con fecha 13 de diciembre de 2010 por la Audiencia Provincial de Granada (Sección Cuarta), en el rollo de apelación nº 505/2010, dimanante de los autos de juicio ordinario nº 392/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Granada. 2º) De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000, entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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