SAP Guipúzcoa 501/2010, 2 de Diciembre de 2010

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Diciembre 2010
Número de resolución501/2010

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA

GIPUZKOAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa : 1ª/1.

Calle SAN MARTIN 41,1ªPLANTA,DONOSTIA - SAN SEBASTIAN / SAN MARTIN Kalea 41,1ªPLANTA,DONOSTIA - SAN

SEBASTIAN

Tel.: 943-000711

Fax / Faxa: 943-000701

N.I.G. / IZO : 20.05.1-08/016416

Rollo penal / Penaleko erroilua 1104/2009

Atestado nº./ Atestatu zk. :

Hecho denunciado / Salatutako egitatea : AGRESION SEXUAL /

O.Judicial origen / Jatorriko epaitegia : Jdo.de Instrucción nº5(Donostia)

Procedimiento / Prozedura : Sumario / 3/2009

Contra / Noren aurka : Estanislao

Procurador/a / Prokuradorea : EIDER MUJIKA AGIRRE

Abogado/a / Abokatua : JESÚS GURPEGUI SERRANO

Acusación particular / Akusazio partikularra: Sabina

Procurador/a / Prokuradorea : JUAN RAMON ALVAREZ URIA

Abogado/a / Abokatua : JUAN MANUEL ALVAREZ LAMELAS

SENTENCIA Nº 501/2010

ILMOS. SRES.

D. IGNACIO JOSÉ SUBIJANA ZUNZUNEGUI

Dña. Mª JOSÉ BARBARIN URQUIAGA

Dña. ANA ISABEL MORENO GALINDO

En DONOSTIA - SAN SEBASTIAN, a dos de diciembre de dos mil diez.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, constituida por los Magistrados que al margen se expresan, habiendo visto en juicio oral y público el Rollo Penal nº 1104/09 dimanante del Sumario nº 3/09 del Juzgado de Instrucción nº 5 de Donostia-San Sebastián, seguido por un delito de AGRESION SEXUAL, una falta de LESIONES y un delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN, en el que figura como procesado D. Estanislao, nacido en Ecuador el día 13 de Febrero de 1986, hijo de Fausto Aurelio y Rosario, con N.I.E. NUM000, representado por la Procuradora Sra. Mújika Aguirre y defendido por el Letrado Sr. Gurpegui Serrano. Habiendo sido parte como acusación particular Dª Sabina, representada por el Procurador Sr. Alvarez Uría y defendida por el Letrado Sr. Alvarez Lamelas, así como el Ministerio Fiscal representado por la Ilma. Sra. Dª Mª José Rúa.

Siendo Ponente de esta causa la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA ISABEL MORENO GALINDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en su escrito de conclusiones provisionales, calificó los hechos como constitutivos de un delito de agresión sexual con penetración vaginal, violación, previsto y penado en los artículos 178 y 179 del Código Penal, así como de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal y de un delito de robo con violencia e intimidación del artículo 242.1 del Código Penal . Estimaba responsable de dichos delitos y falta al procesado en concepto de autor, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, y solicitaba la imposición al mismo por el delito de agresión sexual, de la pena de diez años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas y, para el caso de que el acusado careciera de residencia legal en España, interesaba la sustitución de la pena por expulsión de España para el caso de que se acceda al tercer grado penitenciario; por la falta solicitaba la imposición de la pena de diez días de localización permanente y la condena al pago de las costas; y por el delito de robo con violencia e intimidación interesaba la condena a dos años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el abono de las costas.

Interesaba, asimismo, por vía de responsabilidad civil, la condena del procesado a indemnizar a Dª Sabina en la suma de 50.000 euros, más los intereses legales de dicha cantidad por el daño moral de la agresión sexual sufrida, en la cantidad de 200 euros más los intereses legales por las lesiones en el cuello y la restitución de la cantidad de 300 euros y 80 dólares americanos, así como la cantidad que se acreditara en juicio oral o en ejecución de sentencia, por el valor de las dos piedras de esmeralda sustraídas, más los...

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