SAP Barcelona 105/2012, 21 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución105/2012
Fecha21 Febrero 2012

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN: Decimo tercera

ROLLO. 275/2011 -5ª

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 86/2010

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 4 HOSPITALET DE LLOBREGAT

(ANT.CI-8)

SENTENCIA: Núm. 105

Ilmos. Sres.

D. JOAN CREMADES MORANT

Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN

Dª. M. ANGELS GOMIS MASQUE

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de febrero de dos mil doce.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 86/2010 seguidos por el Juzgado: Primera Instancia 4 Hospitalet de Llobregat (ant CI-8), a instancia de FINCAS BLANCO ESPLUGUES, S.L. contra BANCO DE SANTANDER S.A, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de; apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de diciembre de 2010, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada, es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Desestimo la demanda interpuse por el procurador Ramón Feixó en representación de FINCAS BLANCO ESPLUGUES SL contra BANCO SANTANDERCENTRAL HISPANO SA. Se imponen las costas del procedimiento a la parte actora.

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 21 de febrero de 2011.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Apela la demandante Fincas Blanco Espulgues, S.L la sentencia de primera instancia desestimatoria de la demanda en ejercicio de la acción de nulidad, por error en el consentimiento, del contrato de permuta financiera de tipos de interés ("Swap Bonificado Reversible Media"), concertado, con fecha 29 de diciembre de 2006, con demandado Banco de Santander, S.A., reiterado la apelante en la segunda instancia la existencia de error en el consentimiento, solicitando la nulidad del contrato, con la restitución por la demandante de las cantidades percibidas, y el reitegro por la demandada de las cantidades cargadas en la cuenta de la demandante durante la vigencia del contrato

Centrada así la cuestión discutida, es doctrina comúnmente admitida la que, de acuerdo con el principio de conservación del negocio, recogido en preceptos dispersos del ordenamiento jurídico, como es el artículo 1284 del Código Civil, y acogido claramente por la doctrina (Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 16 de marzo de 1990; RJA 2302/1990, y Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de octubre de 1992, RJA 8594/1992 ), viene exigiendo para la nulidad contractual, pro la concurrencia de error o dolo, que pueda ser apreciada una equivocación sustancial al contratar.

En este sentido, estando caracterizado el dolo civil por ser producto de la astucia, maquinación o artificio, incidente en el motivo esencial determinante de la decisión de otorgar el contrato, abarcando no sólo la insidia o maquinación directa, sino también la reticencia del que callao no advierte debidamente a la otra parte ( Sentencias del Tribunal Supremo de 26 de octubre de 1981, 15 de julio de 1987, y 27 de septiembre de 1990 ), es doctrina reiterada ( Sentencias del Tribunal Supremo de 23 de julio de 1998 y 29 de diciembre de 1999 ; RJA 6199/1998 y 9380/1999 ), la que viene exigiendo, en el caso de dolo, la inducción del error por maquinaciones graves que formen un mecanismo engañoso captatorio de la voluntad del contratante, por suponer el dolo la conjunción de dos elementos, el subjetivo, o ánimo de perjudicar, y el objetivo, consistente en el acto o medio externo, debiendo en todo caso quedar probada inequívocamente dicha actividad dolosa, sin que basten meras conjeturas o indicios ( Sentencias del Tribunal Supremo de 13 de mayo de 1991; RJA 3664/1991 ), pues el dolo no se presume ( Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de julio de 1998; RJA 6199/1998 ).

En cuanto al error, es doctrina reiterada ( Sentencias del Tribunal Supremo de 18 de abril de 1978 y 14 de febrero y 29 de marzo de 1994 ) que para que el error en el consentimiento tenga relevancia jurídica, conforme a lo dispuesto en los artículo 1265 y 1266 del Código Civil, ha de reunir los dos fundamentales requisitos de ser esencial y excusable, es decir que es indispensable que recaiga sobre la sustancia de la cosa que constituye su objeto o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubieren dado lugar a su celebración, y que,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
9 sentencias
  • STS 633/2015, 13 de Noviembre de 2015
    • España
    • Tribunal Supremo, sala primera, (Civil)
    • 13 Noviembre 2015
    ...esta Sala por el procurador D. Argimiro Vázquez Guillén y asistido por el letrado D. Juan Ignacio Navas Marqués, contra la sentencia núm. 105/2012, dictada el veintiuno de febrero de dos mil doce, por la Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el recurso de apelaci......
  • SAP Barcelona 243/2012, 3 de Mayo de 2012
    • España
    • 3 Mayo 2012
    ...en relació amb el contracte de permuta financera vinculat amb una hipoteca (SAP, Civil sección 13 del 21 de Febrero del 2012 (ROJ: SAP B 1297/2012) i SAP, Civil sección 13 del 14 de Febrero del 2012 (ROJ: SAP B Específicament, respecte a productes Bankinter, alguna resolució considera que a......
  • SAP Barcelona 361/2012, 18 de Junio de 2012
    • España
    • 18 Junio 2012
    ...en relación con el contrato de permuta financiera vinculado con una hipoteca (SAP, Civil sección 13 del 21 de Febrero del 2012 (ROJ: SAP B 1297/2012) y SAP, Civil sección 13 del 14 de Febrero del 2012 (ROJ: SAP B Específicamente, respecto a productos de permuta tipo clip de swap, la mayor p......
  • SAP Barcelona 235/2013, 23 de Abril de 2013
    • España
    • 23 Abril 2013
    ...en relación con el contrato de permuta financiera vinculado con una hipoteca (SAP, Civil sección 13 del 21 de Febrero del 2012 (ROJ: SAP B 1297/2012) i SAP, Civil sección 13 del 14 de Febrero del 2012 (ROJ: SAP B Específicamente, respecto a productos de permuta tipo clip de swap, la mayor p......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR