STSJ Andalucía 1184/2007, 27 de Marzo de 2007

PonenteMARIA ELENA DIAZ ALONSO
ECLIES:TSJAND:2007:2399
Número de Recurso3196/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1184/2007
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

1184/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Recurso nº.- 3196/06 -JJ

Autos nº.- 893/05.- SEVILLA-8

Ldo.- D. JUAN M. GONZALEZ SANCHEZ POR Dª. Valentina

Ldo.- Dª. MARIA SERRANO GOMEZ POR IBERPHONE SAU

ILTMOS.SRES.

D. JOAQUIN LUIS SANCHEZ CARRION, PRESIDENTE

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO

D. JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a 27 de marzo de 2007.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NUM. 1184 /2.007

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de IBERPHONE SAU, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 8 de Sevilla, Autos nº 893/05; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. Valentina contra IBERPHONE SAU, se celebró el juicio y se dictó sentencia, por el Juzgado de referencia, en la que se estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1º.- La actora ha venido prestando servicios para la entidad demandada desde el 20.01.03, en el centro de trabajo sito en Edificio Viapol-C/ Balbino Marrón portal 6-A-B, con categoría de Teleoperadora especialista, con jornada de 30 horas semanales y con un salario diario a efectos de despido de 25,61 euros, pagas extras incluidas.

Se rige la relación laboral por el Convenio Colectivo Estatal del Sector de Telemarketing (BOE 05.05.05.)

  1. - La actora suscribió un primer contrato de duración determinada el 20.01.03 para "Recepción y gestión de llamadas de clientes reales de Auna en sus modalidades de información y contratación de productos y servicios, así como la emisión de campañas de encuestas, televenta, información y contratación tanto a clientes como clientes potenciales".

    Con fecha 08.03.04 suscribe un segundo contrato de duración determinada, inicialmente para "Atención del canal de comercialización y venta de productos de auna a través de la oferta sucesiva de promociones y servicios del cliente", modificado el 28.10.04 conviniendo que la obra y servicio a realizar será "Servicios Caíble-Ampliaciones Cable contratado por nuestro cliente Auna-Telecomunicaciones"

  2. - Con fecha 04.10.05 la empresa demandada le ha hecho entrega de carta del tenor literal siguiente:

    "Por la presente le comunicamos que la campaña denominada "Servicio Cable -ampliaciones cable" contratada por nuestro cliente AUNA TELECOMUNICACIONES, ha reducido el volumen de Servicios.

    Por esta razón y en base el art. 17 de Convenio de Telemárketing nos vemos obligados a comunicarle que su contrato de Obra o Servicio quedará rescindido a la finalización de la jornada laboral del día 18/10/2005.

    Le agradecemos su dedicación durante el tiempo de permanencia en la empresa y le rogamos firme la copia del presente documento como acreditación de su recepción".

  3. - El día 10.10.05 la empresa entregó al Comité de Empresa escrito del siguiente tenor literal:

    "Por medio de la presente ponemos en su conocimiento la necesidad de proceder a la aplicación de la medida prevista en el art. 17 del vigente Convenio Colectivo en el servicio "Cable Ampliaciones Cable" prestado al cliente Auna Telecomunicaciones.

    El objetivo de esta campaña es de carácter comercial, constituyendo el núcleo de su actividad la emisión de llamadas a clientes que ya disponen de productos de cable para ofrecerles la ampliación de alguno de los servicios de Televisión, Teléfono e Internet, ofertados por Auna Telecomunicaciones, con el objeto de conseguir el mayor número de contactos útiles posibles, así como la emisión de encuestas. Tal y como se refleja en los datos adjuntos, se ha producido desde el mes de junio una reducción en los registros facilitados por el cliente, así como un descenso en los contactos útiles y ventas realizadas por el equipo de mañana que tienen como fin ampliar algunos de los servicios ofertados por Auna. Además de un incremento mensual de las horas de operación de las franjas horarias correspondientes al turno de mañana.

    La documentación adjunta, acreditativa de la necesidad de proceder a la reducción en la jornada de mañana y partida a fin de ajustar el número de agentes que desarrollan su prestación laboral en la campaña al volumen real de la obra, al objeto de garantizar la rentabilidad y viabilidad del mismo, es la siguiente:

    -Comparativa mensual horas de teleoperación desde Junio hasta Septiembre por franjas horarias.

    -Informe de los registros facilitados por el cliente desde el mes de junio de 2005. El número de registros en el mes de junio fue de 45231, descendiendo a 25876 en el mes de julio, 50712 en el mes de septiembre y situándose en 21723 en el mes de octubre.

    -Comparativa de contactos útiles contactos útiles positivos en el turno de mañana respecto al turno de tarde. De los gráficos adjuntos se desprende que el número de contactos útiles es claramente superior en el turno de tarde, oscilando entre 0,67 y 2,91 en el tu4rno de mañana y entre 3,10 y 5,80 en el turno de tarde.

    -Comunicación por parte del cliente por la que nos notifica la reducción de hasta un 50% el volumen de registros mensuales, así como la reducción de los objetivos del Servicio de Ampliaciones.

    -Relación de trabajadores afectados y su antigüedad en la empresa.

    De acuerdo con los datos aportados, la reducción ha afectado a 30 puestos, significando la extinción de la relación de 30 agentes, que conforme a los criterios del art. 17 del Convenio Colectivo son los siguientes:

    -Con fecha de antigüedad de 7 de febrero de 2005: Inmaculada.

    -Con fecha de antigüedad de 31 de enero de 2005: Elvira.

    -Con fecha de antigüedad de 19 de enero de 2005: Carmela.

    -Con fecha de antigüedad de 17 de enero de 2005: Marcelino.

    -Con fecha de antigüedad de 27 de julio de 2004: Aurora.

    -Con fecha de antigüedad de 30 de junio de 2004: Alicia.

    -Con fecha de antigüedad de 16 de junio de 2004: María Cristina.

    -Con fecha de antigüedad de 7 de junio de 2004: Susana.

    -Con fecha de antigüedad de 10 de mayo de 2004: Silvia.

    -Con fecha de antigüedad de 8 de marzo de 2004: Gema y Filomena.

    -Con fecha de antigüedad de 18 de noviembre de 2003: Flor.

    -Con fecha de antigüedad de 3 de noviembre: Guadalupe.

    -Con fecha de antigüedad de 21 de octubre: Julia.

    -Con fecha de antigüedad de 18 de agosto: Raquel.

    -Con fecha de antigüedad de 30 de junio de 2003: Rosa.

    -Con fecha de antigüedad de 5 de junio de 2003: Teresa.

    -Con fecha de antigüedad de 4 de junio de 2003: Marí Juana.

    -Con fecha de antigüedad de 3 de junio de 2O03: María Virtudes.

    -Con fecha de antigüedad de 2 de junio de 2003: Angelina.

    -Con fecha de antigüedad de 22 de Mayo de 2003: Cecilia.

    -Con fecha de antigüedad de 20 de Febrero de 2003: Estefanía.

    -Con fecha de antigüedad de 20 de Enero de 2003:...

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