STSJ Andalucía 1457/2011, 15 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1457/2011
Fecha15 Abril 2011

SENTENCIA Nº 1457/2011

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MÁLAGA

RECUSO Nº 491/2002

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE

D.JOAQUIN GARCIA BERNALDO DE QUIROS

MAGISTRADOS

Dª TERESA GÓMEZ PASTOR

D.SANTIAGO CRUZ GOMEZ

Sección Funcional 1ª

_____________________________________

En la Ciudad de Málaga a 15 de abril de 2011.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el Recurso Contencioso-Administrativo 491/00, interpuesto por Don Florencio contra la Diputacion de Malaga.

Ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª TERESA GÓMEZ PASTOR, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la referida representación se presentó escrito interponiendo recurso contenciosoadministrativo en relación con Decreto de 17 de Enero de 2002, de la Diputación de Malaga, de desestimación de la solicitud formulada por el recurrente en reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños causados a consecuencia de la utilización de la via de hecho por parte de la Diputación de Málaga.

SEGUNDO

Teniendo por interpuesto el recurso, se acordó su tramitación conforme a las normas establecidas para el procedimiento en primera o única instancia en el Capítulo I del Título IV de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, habiéndose presentado en tiempo y forma la demanda y su contestación, y sin haberse acordado el recibimiento del pleito a prueba, la celebración de vista ni la formulación de conclusiones escritas, quedaron conclusos los autos para sentencia y pendientes de señalamiento para votación y fallo, que ha tenido lugar en el día señalado al efecto.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo el Decreto dictado por la Diputación Provincial de Malaga con fecha 26 de febrero de 2002, que venía a desestimar la petición de responsabilidad patrimonial formulada por la parte, hoy recurrente, es solicitud de indemnización por daños y perjuicios morales producidos por la omisión de tramitación de expediente expropiatorio en la construcción de la carretera MA- 407 de la N -340 (Malaga a Istan).

Fundamenta su pretensión impugnatoria, en esta vía jurisdiccional, la parte actora en venir a mantener que resulta procedente que se fije una indemnización por daños y perjuicios a ascendente a la 291.230,50 # en concepto de responsabilidad patrimonial concurrente en la Administración demandada como consecuencia de la ocupación por parte de la misma de unos terrenos en una parcela de su propiedad para la construcción de una carretera, que fue declarada en via interdictal como vía de hecho . Basando su petición de responsabilidad patrimonial en la circunstancia de que tanto la sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia 6 de Marbella como la de la Audiencia Provincial de Malaga vinieron a declarar que se utilizaron vías de hecho y que se produjo a su consecuencia un daño evidente y real..

Por su parte, la Diputación de Malaga, en su calidad de demandada, mantiene el ajuste derecho del Decreto objeto del presente recurso.

SEGUNDO

Pues bien, una vez centrados los términos del debate hemos de en había partir de que, en contra de lo sostenido por la parte actora, la existencia de vía de hecho no puede anudarse, de forma automática, las consecuencias resarcitorias como elemento consustancial e indisociable de esa actuación material. No es válida, a estos efectos, la invocación que hace la actora, alderredor de la ocupación de fincas en materia de expropiación forzosa prescindiendo del procedimiento expropiatorio, puesto que no nos hallamos ante un supuesto de expropiación forzosa, sino ante una actuación material de la Administración que puede tener...

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