SAP Tarragona 377/2011, 22 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha22 Julio 2011
Número de resolución377/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE TARRAGONA

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación nº 377/2011-AT

Juicio Rápido núm.:40/2011 del Juzgado Penal 5 de Tarragona

S E N T E N C I A número 377 /2011

Tribunal.

Magistrados,

Javier Hernández García (Presidente)

Francisco José Revuelta Muñoz

Mª Ángeles Barcenilla Visús

En Tarragona, a veintidós de julio de dos mil once.

Visto ante la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por Fermín, representadas por la Procuradora Sra. Buñuel Gual y defendido por el Letrado Sra. Vallverdú del Olmo, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 5 de Tarragona con fecha de 16 de febrero de 2011 en el Juicio Rápido seguido por delito de maltrato y amenazas contra la mujer, en el que figura como acusado Fermín, siendo parte acusadora Azucena y el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Magistrado Francisco José Revuelta Muñoz.

ANTECEDENTES PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

Primero

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

" Ha quedado probado y así se declara expresamente que en fecha 31 de Enero de 2.011, sobre las 20:30 horas, Fermín, del que no consta esté legalmente en España, encontrándose en la puerta de su domicilio, Calle Vedrell de Salou, al que había acudido su ex compañera sentimental Azucena para recoger a l hijo de ambos, menor de edad, en el curso de una discusión con la misma y en presencia del menor, le propinó un golpe en la cara, con la intención de atentar contra su integridad física y le estiró del pelo, a la vez que le decía "Puta, perra, vienes de follar, me las vas a pagar, voy a ir por ti"

De igual manera, sobre las 0:00 horas de un sábado de dos semanas anteriores, encontrándose en la proximidad de la Discoteca Cachito, sita en Salou, en el curso de una discusión Fermín cogió a Azucena, con fuerza, del brazo y le propinó diversos golpes con manos y pies por el cuerpo. Azucena no fue atendida médicamente en ninguna de las dos ocasiones

Segundo

Dicha sentencia contiene el siguiente fallo: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a. Fermín, como autor criminalmente responsable de DOS DELITOS de malos tratos sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, interesando la imposición de dos penas: por el primer delito, a la pena de 11 meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, privación del derecho a tenencia y porte de armas por termino de tres años, y prohibición de aproximarse a Azucena, al domicilio de esta y a su lugar de trabajo si lo tuviere, a una distancia inferior a 500 metros, y de comunicarse con ella por cualquier medio por periodo de dos años. Y, por el segundo delito la pena de ocho meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, privación del derecho a tenencia y porte de armas por termino de dos años, y prohibición de aproximarse a Azucena, al domicilio de esta y a su lugar de trabajo si lo tuviere, a una distancia inferior a 500 metros, y de comunicarse con ella por cualquier medio en conformidad con el art. 57 del C. Penal por periodo de dos años. Y, de conformidad con lo dispuesto en el art. 89 del Código Penal, interesó la sustitución de la prisión por la de expulsión del territorio nacional y prohibición de entrada en España durante cinco años. Todo ello con imposición de costas procesales.

En cuanto a las medidas cautelares adoptadas en el presente rollo, es decir, la...

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