STSJ Castilla-La Mancha 19/2011, 17 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución19/2011
Fecha17 Enero 2011

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1

ALBACETE

SENTENCIA: 00019/2011

Recurso nº 1096/07

CIUDAD REAL

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Ricardo Estévez Goytre.

SENTENCIA Nº 19

En Albacete, a diecisiete de Enero de dos mil once.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1096/07 del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de D. Erasmo, representado por la Procuradora Dª Manuela Cuartero Rodríguez y dirigido por el Letrado D. Antonio Fernández Salgado, contra el Tribunal Económico-Administrativo Regional de CastillaLa Mancha, representado y dirigido por el Sr. Abogado del Estado, en materia de Impuesto sobre el Valor Añadido. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Ricardo Estévez Goytre.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 30 de Octubre de 2007, recurso contencioso- administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, de fecha 23 de julio de 2007.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia de conformidad con lo interesado en el suplico de dicho escrito procesal.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 13 de Enero de 2011, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Mediante la resolución recurrida, el Tribunal Económico-Administrativo Regional de CastillaLa Mancha estimó parcialmente la reclamación formulada por la parte actora frente a la liquidación provisional practicada en acuerdo de 4 de febrero de 2005 por la Agencia Tributaria-Delegación de Ciudad Real por el Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicio 2001, Clave de Liquidación NUM000, con un total a ingresar de

6.716 euros (cuota de 5.801,01 euros e intereses de demora de 915 euros), determinándose la procedencia de: a) Incrementar la base imponible en 63.340,33 # procedentes de la transmisión del patrimonio empresarial al patrimonio particular como consecuencia del cese de la actividad económica el 31 de diciembre de 2002 de los siguientes bienes: construcción, ordenador y mobiliario, por entender que se ha producido una operación de autoconsumo sometida al IVA (art. 29.1º de la LIVA ). Y b)...

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