AAP Valladolid 136/2011, 7 de Noviembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 136/2011 |
Fecha | 07 Noviembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
VALLADOLID
AUTO: 00136/2011
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de VALLADOLID
N10300C.ANGUSTIAS 21
-Tfno.: 983.413486 Fax: 983.413482
N.I.G. 47085 41 1 2009 0100752
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000311 /2011
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de MEDINA DEL CAMPO
Procedimiento de origen: ENAJENACION DE BIENES DE ME NO RES E INCAPACIT. 0000427 /2009
Apelante: Bartolomé, María Esther
Procurador: ISMAEL SANZ MANJARRES, ISMAEL SANZ MANJARRES
Abogado: PEDRO LUIS CONDE RODRIGUEZ, PEDRO LUIS CONDE RODRIGUEZ
Apelado: MINISTERIO FISCAL
Procurador:
Abogado:
ILMA AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCIÓN PRIMERA
Rollo: 311/11
AUTO Nº 136
ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCIÓN PRIMERA
Ilmo. Sr. PRESIDENTE: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN
Ilmos. Sres. MAGISTRADOS:
D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL
D. JOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
En VALLADOLID, a siete de Noviembre de dos mil once.
Visto en grado de apelación el presente incidente dimanante de autos de jurisdicción voluntaria nº 427/09 del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Medina del Campo, seguido entre partes, de una como demandante apelantes D. Bartolomé y Dª María Esther mayores de edad y con domicilio en Olmedo (Valladolid), representados por el Procurador D. Ismael Sanz Manjares y defendidos por el Letrado D. pedro Luis Conde Rodríguez, y de otra como demandado apelado el Ministerio Fiscal, sobre apelación de auto de 10 de Diciembre de 2.010 .
Se aceptan los hechos de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 10 de Diciembre de 2010, se dictó auto cuya parte dispositiva dice así: "SE DENIEGA la ampliación de las autorización solicitada por Bartolomé y María Esther, para gravar el bien inmueble que se describe en helecho segundo, propiedad de sus hijos menores Laura y Leonardo, como garantía del préstamo hipotecario solicitado a la Entidad CAJA MADRID, manteniendo la autorización establecida en el Auto aclaratorio de fecha 12 de enero de 201o, por importe no superior a 150.000 euros."
Notificado a las partes el referido auto, por el Procurador Sr. Sanz Manjares en representación de los demandantes se preparó recurso de apelación, que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos del juicio a este Tribunal y personadas las partes, se señaló para la deliberación, votación, fallo del recurso el día 3 de los corrientes, en que ha tenido lugar lo acordado.
Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL.
D. Bartolomé y Dª María Esther interponen recurso de apelación contra el Auto dictado en el procedimiento de Jurisdicción Voluntaria sobre Solicitud de Autorización para gravar bienes de menores que se ha seguido con el numero 427/2.009 ante el Juzgado de Primera Instancia número Uno de la localidad de Medina del...
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