SAP Las Palmas 190/2007, 16 de Julio de 2007

PonenteNICOLAS ACOSTA GONZALEZ
ECLIES:APGC:2007:1485
Número de Recurso147/2006
Número de Resolución190/2007
Fecha de Resolución16 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 2ª

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

Dña. Pilar Parejo Pablos

MAGISTRADOS:

Dña. Yolanda Alcázar Montero

D. Nicolás Acosta González ( ponente)

En Las Palmas de Gran Canaria a 16 de julio de 2007

Visto en esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas el recurso de apelación interpuesto por el/la Procurador/a de los Tribunales, D./Dña. Eva Olmos Bittini, actuando en nombre y representación de Lorenza, contra la sentencia de fecha 20 de febrero de 2006 del Juzgado de lo Penal Número Uno de los de Las Palmas, procedimiento abreviado 217/2003, que ha dado lugar al rollo de Sala 147/2006, en la que aparece como parte apelada Víctor y el Ministerio Fiscal, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Nicolás Acosta González, que expresa el parecer de la Sala

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dicha sentencia se contiene el siguiente fallo: QUE POR EXPRESA APRECIACIÓN DE COSA JUZGADA DEBO ABSOVER Y ABSUELVO A D. Víctor como autor responsables del delito de ABANDONO DE FAMILIA imputado, con todos los pronunciamientos favorables y con declaración de oficio de las costas causadas, todo ello, sin perjuicio de las acciones civiles que a la parte perjudicada pudiera corresponder.

SEGUNDO

Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación, con las alegaciones que constan en el escrito de formalización, sin solicitar nuevas pruebas, que fue admitido en ambos efectos, dando traslado del mismo por diez días a las partes personadas, con el resultado que obra en autos.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia, y no estimándose necesario la celebración de vista, quedaron los mismos pendientes para sentencia.

Se aceptan los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de Lorenza se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en primera instancia en el presente procedimiento interesando la declaración de nulidad de la sentencia dictada, ordenando la celebración de nueva vista y desestimando la concurrencia de la excepción de cosa juzgada.

Y todo ello en razón de que, a su juicio, en el presente procedimiento no concurren los requisitos en cuanto identidad de hecho y de personas, en relación con el procedimiento seguido ante el Juzgado de lo Penal de Palencia, por el que se dictó sentencia el 19 de julio de 2004, dado que en dicha causa únicamente se solicitaba la condena del acusado por el impago de pensiones alimenticias producido a partir del año 2000 mientras que, en las presentes actuaciones, se insta la condena por el impago de las pensiones correspondientes a los meses de agosto, septiembre y octubre de 1998, a razón de 90.000 pesetas al mes, y los de noviembre de 1998 hasta octubre de 2000 a razón de 65.000 pesetas al mes, comportamiento constitutivo de delito dado que el impago se prolonga más allá de dos meses consecutivos.

SEGUNDO

El recurso planteado debe ser desestimado.

Antes de entrar en el fondo del mismo bueno será exponer los hechos tal y como se han sucedido. Así en el mes de noviembre de 2001 la representación procesal de Lorenza interpone una querella criminal por presunto delito de abandono de familia contra Víctor en la que, entre otras cosas, se refiere que éste ha dejado de abonar desde el mes de septiembre de 1998 hasta octubre de ese mismo año la pensión de alimentos de 90.000 pesetas y desde noviembre de 1998 la de sesenta y cinco mil pesetas fijada en la sentencia de separación y ello a pesar de que durante este período de tiempo ha estado trabajando. Dicha querella da lugar al procedimiento de diligencias previas 4754/2001 del Juzgado de Instrucción Número Seis de los de Las Palmas de Gran Canaria que termina transformándose en PA 217/2003 del...

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