SAN, 23 de Febrero de 2011

PonenteANA MARIA SANGÜESA CABEZUDO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:2011:780
Número de Recurso506/2010

SENTENCIA EN APELACION

Madrid, a veintitres de febrero de dos mil once.

Visto por la Sección Cuarta de esta Sala de lo Contencioso-Administrativo el Recurso de Apelación número 506/2010, seguido a

instancia de Don Carlos Daniel , quien actúa representado por la procuradora Doña Sonia Casqueiro Álvarez y dirigido por

la letrada de Doña Piedad Pardo Carmona, contra Sentencia de 2 de julio de 2010 dictada por el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo número 2 en los autos de Procedimiento Abreviado 82/09, siendo parte apelada la Administración del

Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, sobre inadmisión a trámite de petición de asilo

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 2, en el Procedimiento Abreviado 82/09, dictó Sentencia de fecha 2 de julio de 2010 , por la que desestimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por DON Carlos Daniel contra resolución del Ministro del Interior de 3 de febrero de 2009, dictada por delegación por el Director General de Política Interior, por la que inadmitía a trámite la petición de asilo de Carlos Daniel , nacional de Costa de Marfil, por concurrir la causa establecida en la letra d) del artículo 5.6 de la Ley 5/1984, de 26 de marzo , reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado; sin imposición de las costas causadas.

La resolución originariamente impugnada acordó la inadmisión a trámite de la petición de asilo al concurrir la circunstancia contemplada en el artículo 5.6 letra d) de la Ley 5/1984 , "por cuanto la solicitud está basada en alegaciones carentes de vigencia actual, habida cuenta que la evolución en Costa de Marfil ha dado paso a una situación de inestabilidad que, según la información disponible y las circunstancias concretas del interesado, no justifica una necesidad de protección actual".

SEGUNDO.- El recurrente expresado presentó escrito interponiendo recurso de Apelación contra la Sentencia mencionada alegando lo que estimó conveniente a su derecho para terminar suplicando que se tuviera por interpuesto recurso de apelación y previos los trámites legales, se dejara sin efecto la resolución impugnada, acordando la admisión a trámite la petición de asilo .

TERCERO.- La Abogacía del Estado presentó escrito en el que se opuso al recurso de apelación interpuesto por la recurrente, solicitando la confirmación de la sentencia impugnada, por considerarla ajustada a derecho.

CUARTO.- Recibidas las actuaciones se formó rollo de apelación, y se señaló el recurso para votación y fallo, el cual tuvo lugar día 16 de febrero de 2011, en el que el recurso de apelación se deliberó, votó y fallo, expresando la magistrado ponente, Ilma. Sra. Doña ANA MARIA SANGUESA CABEZUDO, el parecer de la Sala,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- La sentencia que es objeto del presente recurso de apelación analiza el acto administrativo impugnado a la luz de la legislación y la jurisprudencia aplicable al caso, estableciendo la conformidad a derecho de la resolución recurrida, toda vez que la situación de Costa de Marfil no exigía la protección demandada. Así, explica " El recurrente manifiesta ser de Costa de Marfil, de Sinfra, aunque no está documentado, manifiesta que la salida de su país el 25 de diciembre de 2004 se debió a enfrentamientos entre los goro que formaban parte del Gobierno del Presidente Claudio y los miembros de etnia dioula, etnia de la que es miembro, quienes asesinaron a uno de sus hermanos y amenazaron de muerte a toda la familia". Tras exponer la legislación aplicable, razona que la inadmisión se ha producido de forma correcta, porque los hechos están alejados en el tiempo y "la situación de Costa de Marfil ha mejorado de forma considerable hacia la estabilidad, lo que descarta una necesidad actual de protección; en particular se remite a los Acuerdos de Paz de Ouagadougou de marzo de 2007 entre los rebeldes y el...

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