ATC 381/2006, 31 de Octubre de 2006

PonenteExcms. Srs. Casas Baamonde, Delgado Barrio y Aragón Reyes
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2006
EmisorTribunal Constitucional - Sección Primera
ECLIES:TC:2006:381A
Número de Recurso7919-2005

AUTO

Antecedentes

  1. Por escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 8 de noviembre de 2005, la entidad mercantil Aspla Plásticos Españoles S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Teresa Rodríguez Pechín, interpuso recurso de amparo contra el Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 27 de septiembre de 2005 dictado en el recurso de casación para unificación de doctrina núm. 3451-2004 interpuesto contra la Sentencia núm. 868/2004 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de 14 de julio de 2004 en el recurso de suplicación número 209-2004, interpuesto contra la Sentencia de 26 de noviembre de 2003 del Juzgado de lo Social número 1 de Santander en procedimiento 890/2003, que fue turnado a la Sección Primera de la Sala Primera de este Tribunal.

  2. La Procuradora doña Teresa Rodríguez Pechín, por escrito presentado en este Tribunal el 3 de julio de 2006, manifiesta su voluntad de desistir de la continuación del recurso.

  3. Por diligencia de ordenación de 11 de julio de 2006 se dio traslado al Ministerio Fiscal para que alegara lo que estimara oportuno en relación con el desistimiento formulado.

  4. El Ministerio Fiscal, por dictamen que tuvo entrada en el Tribunal el 18 de julio de 2006, manifiesta que no se opone a la aprobación del desistimiento.

Fundamentos jurídicos

Único. Entre las formas de terminación del recurso de amparo figura la del desistimiento, prevista en el art. 86.1 LOTC, y a la que es de aplicación supletoria la legislación procesal ordinaria ( art. 80 LOTC), que la recoge en los arts. 19.1 y 20.2 y 3 LEC.

Esta fórmula y decisión de la parte aparece revestida de los requisitos legales, al constar en el poder conferido por el recurrente el otorgamiento con carácter especial de las facultades de desistir, tal y como exige el art. 25.2.1º LEC, además de que no se aprecia perjuicio de parte ni daño para el interés general o público. Es procedente, pues, sancionar afirmativamente esa voluntad de desistir.

Por todo lo expuesto, la Sección

ACUERDA

Tener por desistido del presente recurso de amparo a la entidad mercantil Aspla Plásticos Españoles y archivar las presentes actuaciones.

Madrid, a treinta y uno de octubre de dos mil seis.

6 sentencias
  • STSJ Castilla y León 310/2011, 16 de Junio de 2011
    • España
    • 16 Junio 2011
    ...con lo prevenido en los arts. 20 y 450 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con la doctrina recogida en Auto del Tribunal Constitucional de fecha 31.10.2006, entre otros, tener por efectuado dicho desistimiento, y, asimismo en este caso, por renunciada a la parte recurrida a su im......
  • STSJ Castilla y León 312/2011, 16 de Junio de 2011
    • España
    • 16 Junio 2011
    ...con lo prevenido en los arts. 20 y 450 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con la doctrina recogida en Auto del Tribunal Constitucional de fecha 31.10.2006, entre otros, tener por efectuado dicho desistimiento, y, asimismo en este caso, por renunciada a la parte recurrida a su im......
  • STSJ Castilla y León 315/2011, 16 de Junio de 2011
    • España
    • 16 Junio 2011
    ...con lo prevenido en los arts. 20 y 450 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con la doctrina recogida en Auto del Tribunal Constitucional de fecha 31.10.2006, entre otros, tener por efectuado dicho desistimiento, y, asimismo en este caso, por renunciada a la parte recurrida a su im......
  • STSJ Castilla y León 314/2011, 16 de Junio de 2011
    • España
    • 16 Junio 2011
    ...con lo prevenido en los arts. 20 y 450 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con la doctrina recogida en Auto del Tribunal Constitucional de fecha 31.10.2006, entre otros, tener por efectuado dicho desistimiento, y, asimismo en este caso, por renunciada a la parte recurrida a su im......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR