AAP Madrid 53/2008, 8 de Mayo de 2008

PonenteCARLOS AGUEDA HOLGUERAS
ECLIES:APM:2008:12178A
Número de Recurso572/2007
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución53/2008
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 7ª

ROLLO Nº 572/07-RT

DILIGENCIAS PREVIAS Nº 1348/07

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 5 DE FUENLABRADA

AUTO Nº 53/08

AUDIENCIA PROVINCIAL

Ilmos. Sres. de la Sección 7ª bis

Don Ignacio José Fernández Soto

Don Carlos Águeda Holgueras

Don Antonio Antón y Abajo

En Madrid, a 8 de mayo de 2008.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Letrado Don Emilio Rodríguez Marqueta, asistiendo a Juan Pablo, se interpuso recurso de apelación contra el auto de fecha 9 de mayo de 2007 dictado en las Diligencias Previas arriba indicadas por la Ilma. Sra. Magistrada -Juez del Juzgado de Instrucción nº 5 de Fuenlabrada, por el que se acordaba la continuación de la tramitación del procedimiento de Diligencias Previas por los trámites del Procedimiento Abreviado.

Al dar traslado del recurso al Ministerio Fiscal por el mismo se interesó la desestimación del recurso interpuesto.

SEGUNDO

Recibidos los autos en la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, por diligencia de 25 de julio de 2007 se incoó el correspondiente rollo.

Mediante diligencia de fecha 15 de abril de 2008 se hace constar que, constituida la Sección Séptima Bis de esta Audiencia Provincial, corresponde a dicha sección el conocimiento del recurso de apelación interpuesto. Por providencia de igual fecha quedan las actuaciones a disposición de la Sala Bis de esta Sección.

Por providencia de fecha 29 de abril de 2008 se señaló para deliberación el día 6 de mayo siguiente.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Carlos Águeda Holgueras.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre en apelación por parte de Juan Pablo la decisión de la Instructora del procedimiento a que este rollo se refiere (acordando la continuación de la tramitación del procedimiento de Diligencias Previas por los trámites del Procedimiento Abreviado, por presunto delito de lesiones) y ello por considerar que no existen indicios en la causa que permitan considerarlo autor de delito de lesiones, pues no consta lesión que haya requerido tratamiento médico o quirúrgico posterior a la primera asistencia facultativa respecto del lesionado.

El Ministerio Fiscal interesa la confirmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

De las diligencias de investigación practicadas se advierte que el parte de lesiones emitido por el Hospital de Fuenlabrada el 3 de marzo de 2007, relativo a Jose...

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