SAP Tarragona 337/2009, 21 de Septiembre de 2009

PonenteMARIA DEL PILAR AGUILAR VALLINO
ECLIES:APT:2009:1396
Número de Recurso206/2009
ProcedimientoINCIDENTE
Número de Resolución337/2009
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

ROLLO NUM. 206/2009

OPOSICIÓN RESOLUCION ADMVA. NUM. 1565/2007 TARRAGONA NUM. CINCO

S E N T E N C I A NUM.

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. Antonio Carril Pan

MAGISTRADOS

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

D. Sergio Nasarre Aznar

En Tarragona a veintiuno de septiembre de dos mil nueve. Visto ante la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por Maite representada por la Procuradora Sra. Yxart Montañés y asistida del Letrado Sr. Lanaspa Mainz contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Tarragona en fecha 26 enero 2009 en Expediente de Oposición a la Resolución Administrativa nº 1565/07 constando como parte apelada la Generalitat de Cataluña. Con intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva:"Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Yxart, en nombre y representación de Dª Maite, contra la Resolución de fecha 25 de octubre de 2007, recaída en el Expedinete administrativo tramitado por la Sección Territorial de Atención a la Infancia y adolescencia del Departament d'Acció Social i Ciutadania de la Generalitat de Catalunya, y debo declarar y declaro no haber lugar a su revocación, confirmando el contenido de dicha Resolución Administrativa, por entenderla ajustada a derecho y en interés del menor afectado. Y todo ello sin efectuar especial pronunciamiento en materia de costas".

SEGUNDO

Interpuso recurso de apelación la parte demandante solicitando la revocación de la sentencia para que se estime la impugnación deducida en la demanda.

Admitido en ambos efectos, se dió traslado a la parte apelada para alegaciones, en cuyo trámite solicitó la desestimación del recurso y confirmación de la sentencia. TERCERO.- Remitidas las actuaciones a est Audiencia, se incoó el Rollo correspondiente, habiéndose procedido a deliberación y votación por este Tribunal el día señalado, con el resultado, por unanimidad, que se expresa.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª Pilar Aguilar Vallino.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna la resolución dictada el 25 octubre 2007 que acordó la prórroga del acogimiento simple institucional del menor, alegando la...

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