STSJ País Vasco 2398/2010, 21 de Septiembre de 2010

PonenteJESUS PABLO SESMA DE LUIS
ECLIES:TSJPV:2010:2975
Número de Recurso1806/2010
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución2398/2010
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1.806/10

N.I.G. 48.04.4-09/009033

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 21 de Septiembre de 2010.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y D. EMILIO PALOMO BALDA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por Tomás contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Vizcaya, de fecha cinco de Mayo de dos mil diez (autos 887/09), dictada en proceso sobre (IAC) -Prestación por Enfermedad Común - I.P.P.-, y entablado por el recurrente frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

1º.-) El demandante DON Tomás, con DNI NUM000, figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM001, siendo su profesión habitual la de ALBAÑIL y su base reguladora mensual a la prestación de invalidez TOTAL que solicita la de 581'76 euros y para la PARCIAL 1787'89.

2º.-) La actora solicitó reconocimiento de prestaciones de Invalidez Permanente, siendo examinada por la U.V.M.I. que emitió dictamen, y la dirección Provincial del INSS, en fecha 25-6-09, dictó resolución en el sentido de declarar al trabajador no afecto a una invalidez permanente en ninguno de sus grados.

3º.-) Contra dicha resolución interpuso la demandante reclamación previa, siendo desestimada dicha solicitud por resolución de 30-7-09.

4º.-) El actor padece las siguientes dolencias: Gastritis crónica. Escoliosis lumbar. Espondiloartrosis lumbar. Discopatía L3-L4 y L4-L5 con leves prominencias discales posteriores parasagitales izquierdas condicionan una disminución del espacio de los recesos siendo más llamativo en el lado izquierdo.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

Que se desestima la demanda de DON Tomás contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA UNIVERSAL, absolviendo a los demandados de las pretensiones de la demanda.

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fue impugnado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es evidente que la redacción del ordinal cuarto del relato de hechos probados, que describe el estado que aqueja al demandante, se basó en el dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades emitido en el curso del expediente administrativo. No hay razón alguna para asignar a esa prueba menos eficacia que a las que invoca el demandante con el fin de ampliar aquel apartado del relato fáctico. Por tanto, tales pruebas no demuestran error u olvido alguno de la juzgadora...

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